Publicado el 12 nov de 2025Fechado el 12 oct de 20252 páginasEn el mensaje «DESCALIFICACION PROAGRO DOMINICANA SRL COMEDORES ECONOMICOS-CCC-LPN-2025-010»
La certificación de Pro-Agro Dominicana, SRL, fechada el 13 de octubre de 2025, declara disponibilidad de entrega inmediata para los ítems 09 (avena en hojuelas, 5,000 fardos) y 24 (leche en polvo entera, 200,000 unidades) del proceso COMEDORES ECONOMICOS-CCC-LPN-2025-0010. El documento aparece en dos copias y no consigna número de acta ni montos.
Leído a la luz de la Ley 340-06 y su reglamento, que rige el proceso por su fecha de convocatoria.
Lectura con inteligencia artificial propietaria de Notifacto (6 oct de 2026). Puede contener errores: verifica cada dato en el original.
Este documento, fechado el 13 de octubre de 2025, certifica disponibilidad de entrega inmediata para los ítems 09 y 24. El antecedente de evaluación indica que Pro-Agro fue descalificado, y la reconsideración confirmó la decisión, por no presentar también la certificación de entrega inmediata; conviene verificar en el expediente la recepción y vinculación de este documento con su oferta antes del cierre del 16 de octubre.
“Cortésmente, nos dirigimos a ustedes, para informarles que disponemos de entrega inmediata de los bienes no perecederos requeridos y citados debajo. Contamos con todo lo requerido, para poder entregarles en el plazo otorgado en el pliego de”
Qué dice la ley: Ley 340-06, art. 25 · con ChatLeyes
Ley 340-06, artículo 25
ART. 25. Los funcionarios responsables del análisis y evaluación de las ofertas presentadas, ya en la etapa de calificación o de comparación económica, dejarán constancia en informes, con todos los justificativos de su actuación, así como las recomendaciones para que la autoridad competente pueda tomar decisión sobre la adjudicación. Para facilitar el examen, únicamente dichos funcionarios podrán solicitar que cualquier oferente aclare su propuesta. No se solicitará, ofrecerá, ni autorizará modificación alguna en cuanto a lo sustancial de la propuesta entregada. Los reglamentos precisarán los detalles que se deberán cumplir en esta parte del proceso.
La certificación de apropiación presupuestaria publicada para este proceso tiene fecha del 13/10/2025, posterior a la convocatoria (02/09/2025). La ley exige disponer de ella antes de convocar y publicarla con la convocatoria; si hubo una anterior, no está entre los documentos publicados. Las cifras y la fecha del certificado se leyeron del documento publicado; el monto, solo cuando dice lo mismo en letras y en números.
Qué dice la ley: Reglamento 416-23, art. 69 · con ChatLeyes
Reglamento 416-23, artículo 69 — Certificación de apropiación presupuestaria
Artículo 69. Certificación de apropiación presupuestaria. En el marco del proceso de preparación de los procedimientos de compras y contrataciones, los entes y órganos contratantes tienen la responsabilidad de verificar el presupuesto estimado para la obra, bien o servicio que desean adquirir. Posteriormente, deberán generar el Certificado de Apropiación Presupuestaria (CAP) a través del Sistema Integrado de Gestión Financiera (SIGEF) desde el Sistema Electrónico de Contrataciones Públicas (SECP). La unidad administrativa o financiera encargada deberá gestionar este certificado en la partida presupuestaria relacionada con el objeto a contratar, asegurándose de que exista el saldo suficiente…
Pro-Agro Dominicana, SRLSegún el antecedente de evaluación del proceso, fue descalificado por no presentar certificaciones de existencia en almacén y de entrega inmediata; la reconsideración confirmó la descalificación.
Fuente: Dirección General de Contrataciones Públicas y Portal Transaccional, con copia guardada por Notifacto. Las señales se detectan con inteligencia artificial propietaria de Notifacto: son motivos para mirar, no acusaciones, y pueden contener errores. La ley de cada señal, con ChatLeyes. Cómo funciona