El Acta CCC/138/2025 adjudica por ítems la licitación de alimentos y registra un presupuesto apropiado de RD$476,620,000. El Acta CCC/143/2025 modifica varios importes de esa adjudicación y dispone adjudicaciones manuales a ALINCA y Cata Multiservices; está fechada al cierre el 2025-12-03.
Leído a la luz de la Ley 340-06 y su reglamento, que rige el proceso por su fecha de convocatoria.
Lectura con inteligencia artificial propietaria de Notifacto (28 sept de 2026). Puede contener errores: verifica cada dato en el original.
El correo incorporado al acta afirma que los precios de Cata registrados en el portal difieren de su oferta económica; aun así, el Comité dispone adjudicar manualmente RD$12,355,005.60. Conviene cotejar la oferta original, los precios adjudicados y la trazabilidad de la adjudicación manual en el SECP.
“Presenta precios registrados en el Portal distintos a su oferta económica. Requiere adjudicación manual.”
ART. 25. Los funcionarios responsables del análisis y evaluación de las ofertas presentadas, ya en la etapa de calificación o de comparación económica, dejarán constancia en informes, con todos los justificativos de su actuación, así como las recomendaciones para que la autoridad competente pueda tomar decisión sobre la adjudicación. Para facilitar el examen, únicamente dichos funcionarios podrán solicitar que cualquier oferente aclare su propuesta. No se solicitará, ofrecerá, ni autorizará modificación alguna en cuanto a lo sustancial de la propuesta entregada. Los reglamentos precisarán los detalles que se deberán cumplir en esta parte del proceso.
ART. 26. La adjudicación se hará en favor del oferente cuya propuesta cumpla con los requisitos y sea calificada como la más conveniente para los intereses institucionales y del país, teniendo en cuenta el precio, la calidad, la idoneidad del oferente y demás condiciones que se establezcan en la reglamentación, de acuerdo con las ponderaciones puestas a conocimiento de los oferentes a través de los pliegos de condiciones respectivos. PÁRRAFO I. Cuando se trate de la compra de un bien o de un servicio de uso común incorporado al catálogo respectivo, se entenderá en principio, como oferta más conveniente la de menor precio. PÁRRAFO II. Se notificará la adjudicación, a todos los oferentes,…
Reglamento 416-23, artículo 133 — Acta de aprobación de informe de evaluación de ofertas y adjudicación
Artículo 133. Acta de aprobación de informe de evaluación de ofertas y adjudicación. El Comité de Compras y Contrataciones o la Dirección Administrativa y Financiera, según corresponda aprobará, si procede, el informe de evaluación de ofertas económicas, reporte de lugares ocupados y recomendación de adjudicación presentado por los peritos, tras verificar que la evaluación se haya realizado con base a los criterios y condiciones establecidos en el Pliego de Condiciones. Posteriormente, emitirá el acta de adjudicación correspondiente, en la cual deberán especificarse los criterios de evaluación que, estando previamente definidos en el pliego de condiciones, hayan permitido al adjudicatario…
El documento modifica el pliego y elimina o debilita requisitos que servían para verificar a los oferentes: La adjudicación manual prescinde de la adjudicación automatizada en el SECP; conviene verificar la correspondencia de los importes y productos con las ofertas originales y la trazabilidad de la operación..
Qué dice la ley: Reglamento 416-23, art. 107 · con ChatLeyes
Reglamento 416-23, artículo 107 — Adendas o enmiendas
Artículo 107. Adendas o enmiendas. La institución contratante podrá realizar adendas o enmiendas a los pliegos de condiciones mediante acto administrativo motivado, cuando sea necesario adicionar, modificar condiciones o especificaciones que no alteren sustancialmente los términos originales y el objeto del contrato se mantenga inalterado. Podrán ser emitidas en un plazo no más allá de la fecha que signifique el setenta y cinco por ciento (75 %) del plazo previsto para la presentación de las ofertas y deberá modificarse el cronograma de actividades para permitir nuevamente la formulación de preguntas y respuestas sobre los aspectos modificados o añadidos. Las adendas o enmiendas deberán ser…
El acta identifica al adjudicatario como “Casa Paco, SRL”, mientras que los datos del portal y del registro aportados lo identifican como Casa Paco, SA; el monto del contrato del portal coincide con el adjudicado. Verificar la identidad jurídica y el RNC vinculados al contrato, sin que esta diferencia por sí sola pruebe que sean entidades distintas.
“CASA PACO, SRL”
Posible explicación normal: el documento no muestra efecto en quién gana ni en cuánto se paga.
Almacenista Internacional del Caribe ALINCA, SRLAdjudicado manualmente; el acta atribuye la modalidad a un error de digitación que impedía adjudicar el ítem de gomitas mediante el portal.
Adjudicado
Ítems 20, 25 y 37
RD$14,696,990
Aspadom, SRLAdjudicado; el acta rectificativa actualiza el importe del detalle.
Adjudicado
Ítems 10, 18, 23, 26, 27, 28, 31 y 36
RD$58,090,970
Beltré & Martinez Lunch, SRLAdjudicado; el acta rectificativa modifica importes, incluido el precio unitario del ítem papa, que indica que corresponde a la oferta económica.
Adjudicación de los ítems 20, 25 y 37 y de los ítems 1, 31 y 39Adjudicación manual a ALINCA y Cata Multiservices
El acta previa contenía el detalle de adjudicación; el portal registraba un error de digitación para las gomitas de ALINCA y precios distintos a la oferta económica de Cata, según el correo citado.
El Acta CCC/143/2025 dispone adjudicar manualmente a ALINCA por RD$14,696,989.68 y a Cata Multiservices por RD$12,355,005.60.
RelajaQuita un control: La adjudicación manual prescinde de la adjudicación automatizada en el SECP; conviene verificar la correspondencia de los importes y productos con las ofertas originales y la trazabilidad de la operación.
Fuente: Dirección General de Contrataciones Públicas y Portal Transaccional, con copia guardada por Notifacto. Las señales se detectan con inteligencia artificial propietaria de Notifacto: son motivos para mirar, no acusaciones, y pueden contener errores. La ley de cada señal, con ChatLeyes. Cómo funciona