Publicado el 12 nov de 2025Fechado el 11 nov de 202536 páginasEn el mensaje «NOTIFICACION DE INFORME TECNICO Y ACTA DE APROBACION DE INFORME LPN-2025-0010»
El informe, fechado el 12 de noviembre de 2025, recomienda habilitar total o parcialmente oferentes para abrir sus ofertas económicas y descalificar a otros; no adjudica contratos. Consigna que el plazo extendido para subsanar vencía el 27 de noviembre de 2025, fecha posterior a la del propio informe.
Leído a la luz de la Ley 340-06 y su reglamento, que rige el proceso por su fecha de convocatoria.
Lectura con inteligencia artificial propietaria de Notifacto (28 sept de 2026). Puede contener errores: verifica cada dato en el original.
El documento registra oferentes que no habían sido habilitados en la evaluación ordinaria y lo fueron tras reconsideración o evaluación extraordinaria: Ingredientes del Cibao, SRL.
Qué dice la ley: Ley 340-06, art. 21 · Reglamento 416-23, art. 120 · con ChatLeyes
Ley 340-06, artículo 21
ART. 21. El principio de competencia entre oferentes no deberá ser limitado por medio de recaudos excesivos, severidad en la admisión de ofertas o exclusión de éstas por omisiones formales subsanables, debiéndose requerir a los oferentes incursos en falta las aclaraciones que sean necesarias, dándosele la oportunidad de subsanar dichas deficiencias, en tanto no se alteren los principios de igualdad y transparencia establecidos en el Artículo 3 de esta ley, de acuerdo a lo que establezca la reglamentación.
Reglamento 416-23, artículo 120 — Subsanabilidad de las ofertas
Artículo 120. Subsanabilidad de las ofertas. Con el objeto de brindar a la institución contratante la posibilidad de contar con la mayor cantidad de ofertas válidas posibles y evitar que por cuestiones formales e intrascendentes se vea privada de optar por ofertas serias y convenientes, todo documento relativo a credenciales de los oferentes será subsanable, siempre y cuando cumpla con el requisito al momento de presentación de la oferta o sea inherente a su capacidad, para no afectar el principio de igualdad de trato entre los oferentes. En estos casos, la institución solicitará al oferente, en el plazo establecido en el pliego de condiciones, que suministre la documentación faltante o con…
El informe y sus anexos justifican algunos rechazos mediante apreciaciones de palatabilidad o calidad sin expresar en esos pasajes una escala verificable. Conviene contrastar esas apreciaciones con los criterios técnicos publicados y comprobar su aplicación uniforme; podrían existir parámetros adicionales en otras piezas del expediente.
“NO CUMPLE con nuestras exigencias debido a que tiene un exceso de plátano maduro en la masa y esto no lo hace agradable al paladar.”
Qué dice la ley: Reglamento 416-23, art. 79 · con ChatLeyes
Reglamento 416-23, artículo 79 — Criterios de evaluación
Artículo 79. Criterios de evaluación. Los criterios de evaluación constituyen las pautas, parámetros o directrices según las cuales la institución contratante valora e identifica la propuesta más conveniente para la ejecución del contrato, a los fines de resultar adjudicada. Párrafo. Los criterios de evaluación deben estar descritos expresamente en el pliego de condiciones y deberán ser objetivos, claros, concisos, medibles y estar vinculados directamente al objetivo del contrato, en el entendido de que con ellos se evalúan los aspectos del oferente y su propuesta que inciden en la mejor ejecución contractual.
Adela Mateo EncarnaciónNo presentó las subsanaciones requeridas; el informe también indica que la muestra de pasteles en hoja no cumplió las condiciones de calidad.
Descalificado
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Afrezo, SRLHabilitado parcialmente; deshabilitados espaguetis de 350 g y harina de maíz por presentar registros vencidos.
Amancio R. Multiservices, SRLHabilitado parcialmente; ají morrón y auyama no cumplieron especificaciones y los pasteles en hoja no cumplieron las condiciones de calidad.
Fuente: Dirección General de Contrataciones Públicas y Portal Transaccional, con copia guardada por Notifacto. Las señales se detectan con inteligencia artificial propietaria de Notifacto: son motivos para mirar, no acusaciones, y pueden contener errores. La ley de cada señal, con ChatLeyes. Cómo funciona
Habilitado
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Casa Martina Ventura, SRLHabilitado parcialmente; pasteles en hoja no cumplieron condiciones de calidad y para café y arroz no presentó registros sanitario e industrial.
HYS Servicios Diversos, SRLHabilitado parcialmente; espaguetis de 350 g y harina de maíz deshabilitados por registros sanitarios vencidos.
Habilitado
Todos los demás productos habilitados
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Importadora COAV, SRLHabilitado parcialmente; gomitas de frutas deshabilitadas por no cumplir condiciones de calidad.
Habilitado
Todos los demás productos habilitados
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Industrias Saldiaz, SRLHabilitado parcialmente; café y arroz de 125 lb deshabilitados por falta de registros sanitario e industrial.
Habilitado
Todos los demás productos habilitados
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Ingredientes del Cibao, SRLEl informe la habilita parcialmente y deshabilita guandules y aceite por falta de registros sanitario e industrial; según el antecedente posterior del proceso, fue habilitada extraordinariamente para esos ítems tras reconsideración.
Habilitado por vía extraordinaria
Habilitación extraordinaria posterior para guandules y aceite
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Interseas Dominicana, SRLHabilitado parcialmente; arroz de 5 lb deshabilitado por incumplir la presentación técnica.
Inversiones DLP, SRLHabilitado parcialmente; auyama, azúcar crema, coditos y espaguetis deshabilitados por los incumplimientos descritos en el informe.
Inversiones Yang, SRLHabilitado parcialmente; coditos no cumplieron condiciones de calidad y marshmallows no cumplieron especificaciones de presentación.
Marketing World Solutions, SRLEl informe indica que sus productos no cumplieron las condiciones de calidad; el anexo informa rechazo de la muestra de uvas pasas.
Maxar Intercaribe, SRLHabilitado parcialmente; papas no incluyeron el porcentaje de defectuosas, otros productos carecían de registro industrial y el caldo de pollo no cumplió calidad.
Proagro Dominicana, SRLNo presentó la certificación de existencia en almacén ni la certificación de entrega inmediata, señaladas como documentos no subsanables.
Descalificado
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Roment, SRLHabilitado parcialmente; coditos, gomitas de frutas y marshmallows deshabilitados por calidad o presentación.
Habilitado
Todos los demás productos habilitados
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Severpin Comercial & Ferretería, SRLNo presentó oferta técnica de los productos ofertados ni certificación de entrega inmediata, indicadas como no subsanables.
Suplidora R&S, SRLNo presentó las subsanaciones requeridas; el informe también indica que las muestras de uvas y gomitas no cumplieron condiciones de calidad.