El Aviso de Enmienda No. 1, fechado el 25 de septiembre de 2025, sustituye las especificaciones REV-00 por la versión REV-01 y amplía el listado de alimentos de 25 a 40 referencias, elevando el valor referencial de RD$8,607,000 a RD$476,620,000. También modifica las cantidades y condiciones de entrega y cambia la regla de desempate para disponer un sorteo al azar.
Leído a la luz de la Ley 340-06 y su reglamento, que rige el proceso por su fecha de convocatoria.
Lectura con inteligencia artificial propietaria de Notifacto (28 sept de 2026). Puede contener errores: verifica cada dato en el original.
La enmienda dispone el sorteo al azar para todo empate, mientras que el artículo 131 del Reglamento 416-23 prevé criterios de preferencia y reserva el azar para los casos en que no haya ofertas con esos criterios o el pliego no los establezca. La regla puede determinar quién resulta adjudicatario si ocurre un empate.
“En caso de producirse un empate entre dos o más Oferentes/Proponentes, se procederá a seleccionar la oferta ganadora mediante un sorteo al azar, el cual se llevará a cabo de manera pública, con la presencia de los interesados, del Comité de”
Qué dice la ley: Reglamento 416-23, art. 131 · con ChatLeyes
Reglamento 416-23, artículo 131 — Desempate de ofertas
Artículo 131. Desempate de ofertas. En caso de igualdad en la calificación final, ya sea por igualdad de precios o por igualdad de puntaje, el pliego de condiciones deberá determinar cómo se decidirá la adjudicación, aplicando alguno de estos criterios: 1) Se dará preferencia a la oferta que haya incluido la contratación de personas con discapacidad. 2) Presente un plan empresarial de responsabilidad para protección del medioambiente en su cadena de producción. 3) Haya propuesto en su oferta el compromiso de subcontratar a una empresa clasificada como MIPYME, MIPYME mujer, MIPYME industrial u otros sectores priorizados. Párrafo. El pliego de condiciones del procedimiento de contratación…
Numerales 3, 4 y 7 del pliegoEspecificaciones, referencias, presupuesto y entrega
25 referencias; valor referencial de RD$8,607,000 y cantidades y entregas previstas en la versión REV-00.
40 referencias en REV-01; valor referencial de RD$476,620,000, con nuevas cantidades y entregas inmediatas o semanales según el ítem.
Neutral
Sección II, numeral 4 del pliegoPresentación de muestras
El texto establecía evaluación de las muestras solicitadas y devolución de las muestras no conformes.
Se indica que las muestras serán únicamente de productos industrializados, que las muestras físicas serán por unidad y no se devolverán; además, se exige muestra para pasteles en hoja.
Relaja
Sección II, numeral 9 del pliegoDesempate
La redacción preveía criterios de preferencia y recurría al azar si ninguna oferta cumplía los criterios de desempate.
Todo empate entre dos o más oferentes se resolverá mediante sorteo al azar, en acto público con presencia de interesados, del CCC y de notario público.
Fuente: Dirección General de Contrataciones Públicas y Portal Transaccional, con copia guardada por Notifacto. Las señales se detectan con inteligencia artificial propietaria de Notifacto: son motivos para mirar, no acusaciones, y pueden contener errores. La ley de cada señal, con ChatLeyes. Cómo funciona