El documento presenta la evaluación técnica final de ofertas para los siete lotes del proceso MIMARENA-CCC-LPN-2025-0009 y registra qué oferentes superan el mínimo técnico de 55 puntos para pasar a la evaluación económica. En varias matrices se asigna cero al cronograma cuando el plazo ofertado se describe como inferior al mínimo, aunque el puntaje técnico total supera 55 y el oferente queda habilitado para la etapa económica. También se consigna, para el Lote 5, experiencia asociada a un proyecto que estaba ejecutado al 90%.
Leído a la luz de la Ley 340-06 y su reglamento, que rige el proceso por su fecha de convocatoria.
Lectura con inteligencia artificial propietaria de Notifacto (28 sept de 2026). Puede contener errores: verifica cada dato en el original.
En los lotes 5 y 6, las matrices describen plazos inferiores al mínimo establecido y asignan cero al cronograma, pero los puntajes totales respectivos son 60 y las observaciones habilitan a los oferentes para evaluación económica. Conviene verificar si el pliego trataba ese plazo mínimo como requisito excluyente o como criterio puntuable; el documento lo denomina mínimo, pero aplica una deducción de puntos.
“El Oferente presenta un plazo de ejecución de 131.5 días, lo cual está por debajo del tiempo minimo establecido en el documento de Especificaciones Técnicas para este proceso. Presenta ademas flujo de caja porcentual.”
Qué dice la ley: Reglamento 416-23, art. 79 · Reglamento 416-23, art. 81 · con ChatLeyes
Reglamento 416-23, artículo 79 — Criterios de evaluación
Artículo 79. Criterios de evaluación. Los criterios de evaluación constituyen las pautas, parámetros o directrices según las cuales la institución contratante valora e identifica la propuesta más conveniente para la ejecución del contrato, a los fines de resultar adjudicada. Párrafo. Los criterios de evaluación deben estar descritos expresamente en el pliego de condiciones y deberán ser objetivos, claros, concisos, medibles y estar vinculados directamente al objetivo del contrato, en el entendido de que con ellos se evalúan los aspectos del oferente y su propuesta que inciden en la mejor ejecución contractual.
Reglamento 416-23, artículo 81 — Metodología de evaluación
Artículo 81. Metodología de evaluación. Las ofertas podrán ser evaluadas bajo las siguientes metodologías: 1. Metodología cumple/no cumple, en la que se establecen criterios mínimos que deben ser acreditados por las ofertas técnicas o económicas presentadas. 2. Metodología de puntaje, en la que se establecen criterios mínimos y máximos a los que se les asigna una puntuación considerada como proporcional de acuerdo con el nivel alcanzado. En este tipo de metodología será necesario desglosar todas las puntuaciones que pueden ser asignadas a cada requisito exigido. 3. Metodología combinada, que consiste en la aplicación tanto del método cumple/no cumple como el puntaje para la evaluación de…
En el Lote 5, la matriz registra que un oferente presenta contrato de un proyecto ejecutado al 90% y le asigna puntuación en experiencia. Esto merece cotejarse con el criterio del propio formulario, que se refiere a trabajos terminados y sus cartas de recepción o aceptación; es una aplicación concreta del tratamiento de experiencia de obras inconclusas.
“El Oferente presenta el contrato de dicho proyecto, no presenta certificacion pues el proyecto se encuentra a un 90%.”
Qué dice la ley: Reglamento 416-23, art. 79 · Reglamento 416-23, art. 82 · con ChatLeyes
Reglamento 416-23, artículo 79 — Criterios de evaluación
Artículo 79. Criterios de evaluación. Los criterios de evaluación constituyen las pautas, parámetros o directrices según las cuales la institución contratante valora e identifica la propuesta más conveniente para la ejecución del contrato, a los fines de resultar adjudicada. Párrafo. Los criterios de evaluación deben estar descritos expresamente en el pliego de condiciones y deberán ser objetivos, claros, concisos, medibles y estar vinculados directamente al objetivo del contrato, en el entendido de que con ellos se evalúan los aspectos del oferente y su propuesta que inciden en la mejor ejecución contractual.
Reglamento 416-23, artículo 82 — Evaluación de credenciales
Artículo 82. Evaluación de credenciales. Las credenciales son los documentos que demuestran los requisitos exigidos al oferente en relación con su capacidad técnica, profesional, experiencia, su solvencia financiera y su idoneidad para ejecutar el contrato, los cuales deberán ser proporcionales al valor y complejidad del objeto a contratar. Párrafo. Como regla general, los requisitos de capacidad, de solvencia e idoneidad serán evaluados bajo la metodología de cumple/no cumple, y no podrán ser objeto de puntuación. A excepción de cuando se trate de un servicio de consultoría o de otros servicios u obras, cuya complejidad de las prestaciones contractuales requeridas lo justifique, dejando…
SERVINGMI, SRLCumple el puntaje mínimo técnico para evaluación económica; aparece habilitado en los lotes 1 a 7.
Habilitado
Lotes 1, 2, 3, 4, 5, 6 y 7
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CONSULCON, SRLCumple el puntaje mínimo técnico para evaluación económica; aparece en las matrices de los siete lotes.
Habilitado
Lotes 1, 2, 3, 4, 5, 6 y 7
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Henry Veloz Civil Group, SRLCumple el puntaje mínimo técnico para evaluación económica; en el Lote 5 obtiene 60 puntos pese a recibir cero en cronograma por plazo inferior al mínimo indicado.
Habilitado
Lotes 1, 5 y 6
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Mivier Investments, SRLCumple los requisitos y el puntaje mínimo técnico para evaluación económica en los lotes indicados.
Habilitado
Lotes 1, 2, 5 y 6
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Mario José Hurtado ImbertCumple el puntaje mínimo técnico para evaluación económica en las participaciones indicadas.
Habilitado
Lotes 1, 2, 4 y 7
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Manteniplus, SRLCumple el puntaje mínimo técnico para evaluación económica; en el Lote 6 la matriz le atribuye 60 puntos y cero en cronograma por plazo inferior al mínimo indicado.
Habilitado
Lotes 1, 5 y 6
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Zoec Civil, SRLCumple el puntaje mínimo técnico para evaluación económica en las participaciones indicadas.
Fuente: Dirección General de Contrataciones Públicas y Portal Transaccional, con copia guardada por Notifacto. Las señales se detectan con inteligencia artificial propietaria de Notifacto: son motivos para mirar, no acusaciones, y pueden contener errores. La ley de cada señal, con ChatLeyes. Cómo funciona