El acta del 6 de agosto de 2025 aprueba la Enmienda núm. I al pliego de la licitación CONANI-CCC-LPN-2025-0005. Fija para las cartas de referencia tres procesos de la misma naturaleza, con órdenes o contratos por al menos el 50 % del valor del proceso, y las clasifica como subsanables; ordena notificar y publicar la enmienda y mantiene los demás términos del pliego.
Leído a la luz de la Ley 340-06 y su reglamento, que rige el proceso por su fecha de convocatoria.
Lectura con inteligencia artificial propietaria de Notifacto (28 sept de 2026). Puede contener errores: verifica cada dato en el original.
El documento modifica el pliego y elimina o debilita requisitos que servían para verificar a los oferentes: Se flexibiliza el momento de presentación de documentos que acreditan experiencia mediante referencias y contratos, aunque se mantiene el requisito sustantivo de experiencia..
Qué dice la ley: Reglamento 416-23, art. 107 · con ChatLeyes
Reglamento 416-23, artículo 107 — Adendas o enmiendas
Artículo 107. Adendas o enmiendas. La institución contratante podrá realizar adendas o enmiendas a los pliegos de condiciones mediante acto administrativo motivado, cuando sea necesario adicionar, modificar condiciones o especificaciones que no alteren sustancialmente los términos originales y el objeto del contrato se mantenga inalterado. Podrán ser emitidas en un plazo no más allá de la fecha que signifique el setenta y cinco por ciento (75 %) del plazo previsto para la presentación de las ofertas y deberá modificarse el cronograma de actividades para permitir nuevamente la formulación de preguntas y respuestas sobre los aspectos modificados o añadidos. Las adendas o enmiendas deberán ser…
10.1.2 Documentación técnica, numeral 2Cartas de referencia y evidencia de experiencia
El acta identifica que se enmienda el requisito relativo al porcentaje de las cartas de referencia, pero no reproduce aquí los términos anteriores.
Exige tres cartas de referencia de procesos de la misma naturaleza, con evidencia de órdenes o contratos firmados y sellados por un monto no menor al 50 % del valor del proceso.
Aclara
10.1.2 Documentación técnica, numeral 2Subsanabilidad de las cartas de referencia
El acta no reproduce expresamente la clasificación previa del requisito.
Clasifica como subsanables las cartas de referencia y la evidencia de órdenes o contratos.
RelajaQuita un control: Se flexibiliza el momento de presentación de documentos que acreditan experiencia mediante referencias y contratos, aunque se mantiene el requisito sustantivo de experiencia.
Fuente: Dirección General de Contrataciones Públicas y Portal Transaccional, con copia guardada por Notifacto. Las señales se detectan con inteligencia artificial propietaria de Notifacto: son motivos para mirar, no acusaciones, y pueden contener errores. La ley de cada señal, con ChatLeyes. Cómo funciona