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El Estado bajo la lupa

Abriendo la ficha…

Proveedor del Estado · RPE 3767

Grupo Madison, SRL

Persona Jurídica · Sociedades Comerciales · DISTRITO NACIONAL

Ver su red de relaciones →
RD$6.4 millonesadjudicado · 2 contratos vigentes
4ofertas presentadas · ganó el 50 %
11 ene de 2007inscrita como proveedora
Contratos2InstitucionesResoluciones3Ofertas4Registro

Contratos (2)

ProcesoInstituciónMontoFechaEstado
Servicio de Incineración de Bultos de Medicamentos e Insumos Sanitarios y Cajas de Documentaciones AntiguasPrograma de Medicamentos EsencialesRD$4 millones23 abr de 2019Cerrado
SOLICITUD OMPRA DE SABLES DE MANDOInstituto Policial de Educación SuperiorRD$2.4 millones4 dic de 2017Activo

Instituciones que le han contratado

  1. Programa de Medicamentos EsencialesRD$4 millones · 1 contratos
  2. Instituto Policial de Educación SuperiorRD$2.4 millones · 1 contratos

Resoluciones de la DGCP (3)

Decisiones de la Dirección General de Contrataciones Públicas sobre recursos, medidas cautelares, inhabilitaciones o investigaciones en que figura esta empresa. Lectura automática del documento: verifica cada dato en la resolución original.

  • Resolución núm. 69-2013Recurso de reconsideraciónEsta empresa: adjudicataria del proceso

    Año 2013

    Confirma una decisión anterior

    ACOGER en cuanto a la forma la solicitud de reconsideración interpuesto por la Razón social Avelock Dominicana S.R.L. Mediante la Dirección General de Contrataciones Publica respondió el recurso jerárquico incoado por la recurrente Razón social Avelock Dominicana S.R.L. por haber sido interpuesto de conformidad con la ley. CONFIRMAR en todas sus partes la resolución No. 44/2014, ORDENAR a la policía nacional que al…

    Proceso: PN-CL-LPN-001-2013

    Empresas: Avelock Dominicana, SRL (presentó la acción)Grupo Madison, SRL (adjudicataria del proceso)Dominicana S.R.L.

    Resolución original (PDF)
    Lo que resolvió la DGCP

    PRIMERO: ACOGER, como al efecto ACOGE, en cuanto a la forma la solicitud de Reconsideración interpuesto por la razón social Avelock dominicana S.R.L., contra la Resolución No. 44-2013 de fecha trece (13) de agosto del dos mil trece (2013) mediante la cual este Órgano Rector respondió el Recurso Jerárquico incoado por la recurrente razón social Avelock Dominicana por haber sido interpuesto de conformidad con lo dispuesto en la Ley No. 1494 de fecha 2 de agosto del 1947, que instituye la Jurisdicción Contencioso Administrativa. SEGUNDO: CONFIRMAR en todas sus partes la Resolución No. 44/2013 de fecha trece (13) de agosto del año dos mil trece (2013), emitida por esta Dirección General de Contrataciones Públicas, por haber sido dictada en consideración de las disposiciones de la Ley No. 340-06 sobre Compras y Contrataciones Públicas de Bienes, Servicios, Obras y Concesiones, sus modificaciones contenidas en la Ley No. 449-06 y su Reglamento de aplicación / aprobado mediante Decreto No. 543-12. 31-33 (1.' ciimiiic10N JPOBUCAS C.1.lk Púir,, \ Llul,c..n..-... l· .... ¡ R, 1 ... tri..::t:l"/ t...J! .. 1111 C.l! .. tll ""111r(l l),,:,:1·1 ... ,1, Rc..¡,,1!<1,, .. 1 l),,mmi.. .. in.\ Tt·l 1,l)\)) (,S~ -:-..i,1:--F,t:\ i'U'"} t,Ss-1::;s--1, " ,, ,,.con1pr,hdo1ninic.u1.,.~o, .tio I ww\\,d~..:p.~oh.do Ministerio de Hacienda DIRECCIÓN GENERAl DE CONTRATACIONES PÚBllCAS AÑO DEL BICENTENARIO DEL NATALICIO DE JUAN PABLO DUARTE TERCERO: ORDENAR como al efecto ORDENA a la Policía Nacional que al momento de proceder con la recepción de los bienes ofertados por la adjudicataria razón social Grupo Madison S.R.L., lo realice en presencia de un abogado notario público y de un representante de la Dirección General de Contrataciones Públicas, quien de ser necesario se hará acompañar de un (a) perito (a), a los fines de asegurar que los mismos se correspondan con lo establecido en el Pliego de Condiciones Específicas, incluida calidad y cantidad, de la Licitación Pública Nacional No. PN-CL-LPN-001-2013. En caso de que los mismos no estén acorde con el referido pliego, la Dirección General de Contrataciones Públicas se reserva el derecho de promover las acciones que corresponda. CUARTO: ORDENAR como al efecto ORDENA, la remisión formal de la presente Resolución a las partes envueltas en el presente proceso, es decir, a las razones sociales Avelock Dominicana S.R.L., a su abogado el Lic. Warhawk G. García Adames y al Grupo Madison S.R.L., para su conocimiento y fines de lugar. QUINTO: ORDENAR como al efecto ORDENA, la remisión formal de la presente Resolución a la Policía Nacional, para su conocimiento y fines de lugar. SEXTO: ORDENAR como al efecto ORDENA, la remisión formal de la presente Resolución a la Contraloría General de la República y la Cámara de Cuentas de la República Dominicana, para su conocimiento y fines de lugar. 32-33 Cj~ CüiimcloNES l 1" l\,~· \ ,. ~,·, .. l-.-; R ,:· - 't)'~, '(11 'll "'11• (),.' _,.Rli' <htl),,:1•1hlll.l lll 'l)q t)...;~ :"-4tl7" r,l\ 1:--1)') 1,Ss-1~s ➔ """·'-·01npr.,,don11nu:.111.t ~o,.do I W\\\\.d~l·p.g:nh.tlo Ministerio de Hacienda DIRECCIÓN GENERAL DE CONTRATACIONES PÚBLICAS AÑO DEL BICENTENARIO DEL NATALICIO DE JUAN PABLO DUARTE SEPTIMO: De acuerdo a lo que establece la Ley No. 13-07 de fecha cinco (5) de febrero de dos mil siete (2007), la presente Resolución podrá ser apelada ante el Tribunal Superior Administrativo, en un plazo de treinta (30) días.

Marcas y nombres comerciales

Registros de la Oficina Nacional de la Propiedad Industrial (ONAPI) a nombre de esta empresa, según sus boletines oficiales.

  • GRUPO MADISON, CXA.Nombre comercial · solicitud publicada · registro 58978 · 15 jul de 2014 · IMPORTACION Y EXPORTACION DE MATERIAS PRIMAS PARA LA INDUSTRIA, INSUMOS, QUIMICOS.Publicación 15 de Julio 2014
  • MADISON MEDICALNombre comercial · solicitud publicada · expediente 04-101562 · 21 dic de 2004 · IMPORTACION, VENTA, DISTRIBUCION Y COMERCIALIZACIÓN DE PRODUCTOS FARMACEUTICOS EN TODO EL TERRITORIO NACIONAL.Publicación 31 de Enero 2005

Ofertas presentadas (4)

  • Contratación para servicio de incineración los medicamentos, cosméticos y material gastables, que resultan de los…Ministerio de Salud Pública y Asistencia Social · 11 oct de 2019 · RD$3.8 millones
  • Servicio de Incineración de Bultos de Medicamentos e Insumos Sanitarios y Cajas de Documentaciones AntiguasPrograma de Medicamentos Esenciales · 27 mar de 2019 · RD$4 millones · adjudicado
  • SOLICITUD OMPRA DE SABLES DE MANDOInstituto Policial de Educación Superior · 4 dic de 2017 · RD$2.4 millones · adjudicado
  • Adquisicion de sables de mando y chambronesFuerza Aérea Dominicana · 21 nov de 2017 · RD$2 millones

Registro de proveedor

Estado en el Registro de Proveedores
Desactualizado
Empresa creada
22 dic de 2000
Registro mercantil
Inscrita el 12 mar de 2020
Clasificación
No clasificada
Provee
Servicios
Última actualización del registro
6 mar de 2023

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  • MarcasMarcas y nombres comerciales, y a nombre de quién están
  • Red de relacionesQuién está conectado con quién: socios, cargos y contratos

Fuente: Dirección General de Contrataciones Públicas y Portal Transaccional, con copia guardada por Notifacto. Las señales se detectan con inteligencia artificial propietaria de Notifacto: son motivos para mirar, no acusaciones, y pueden contener errores. La ley de cada señal, con ChatLeyes. Cómo funciona

  • Resolución RIC-8-2018Investigación de oficioEsta empresa: mencionada

    Emitida el 16 jul de 2018 · Servicio Nacional de Salud

    AnulaDa la razón al reclamanteHace recomendaciones

    Resolución Ref. RIC-08-2018, mediante la cual: Se recomendó anular la Licitación Pública Nacional No. SNS-CCC-LPN-02-2017 debido a las graves irregularidades en el pliego de condiciones, tales como la falta de información en los requisitos de la oferta técnica. Además, la institución no demostró que haya realizado la evaluación técnica y económica conforme a lo establecido en el pliego de condiciones.

    Proceso: SNS-CCC-LPN-02-2017

    Empresas: Madison Import, SRL (presentó la acción)BP Medical, SACEM Caribbean Equipment Medical, SRLClinimed, SRLConsorcio Vectra Consulting, S.R.LElectromedica, SAy 14 más

    Resolución original (PDF)
    Lo que resolvió la DGCP

    Sobre la excepción de incompetencia ÚNICO: RECHAZAR la excepción de incompetencia propuesta por Tecnimédica, S.R.L. tendente a declarar la incompetencia de la Dirección General de Contrataciones Públicas contra los incumplimientos a la Ley No. 340-06 y su modificación por ser el SNS una entidad estatal autónoma, toda vez que el SNS es una dependencia del Ministerio de Salud Pública y Asistencia Social, el cual forma parte del gobierno central y por tanto está dentro de los organismos del sector público que pueden ser fiscalizados por la Dirección General de Contrataciones Públicas. Sobre el medio de inadmisión por falta de objeto incoado por Tecnimédica, S.R.L. ÚNICO: RECHAZAR el medio de inadmisión por falta de objeto propuesto por Tecnimédica, S.R.L. puesto que la parte solicitante no mostró ninguna evidencia de que los bienes adjudicados a su empresa fueron entregados al SNS, tal y como se refirió en los párrafos 68, 69 y 70 de esta Resolución. Sobre el medio de inadmisión por extemporáneo incoado por BP Medical, S.A. ÚNICO: RECHAZAR el medio de inadmisión por extemporáneo propuesto por BP Medical, S.A. puesto que el recurso jerárquico presentado por Madison Import, S.R.L. fue incoado dentro del plazo establecido en el párrafo I del artículo 67 de la Ley No. 340-06 y su modificación, como se detalló en los párrafos 71 a 78 de esta Resolución. Sobre el fondo de la investigación iniciada de oficio por la Dirección General de Contrataciones Públicas ÚNICO: Declarar que la Licitación Pública Nacional No. SNS-CCC-LPN-02-2017, realizada por dicho órgano para la “Adquisición de Equipos Médicos y de Laboratorio para ser utilizados en el equipamiento general de dieciséis (16) hospitales priorizados a nivel nacional y cuarenta (40) Centros de Primer Nivel de Atención”estuvo afectada por las irregularidades graves descritas en el cuerpo de la presente resolución y de forma sintetizada en el párrafo 202 y lleva como consecuencia declarar la NULIDAD del procedimiento de Licitación Pública Nacional No. SNS- CCC-LPN-02-2017 con los alcances y efectos descritos en el párrafo 215. Sobre el fondo del Recurso Jerárquico presentado por Madison Import, S.R.L. PRIMERO: ACOGER en cuanto a la forma, el recurso jerárquico presentado por la razón social MADISON IMPORT, S.R.L. contra el acto sin número emitido por el Comité de Compras y Contrataciones del Servicio Nacional de Salud, en fecha 24 de agosto de 2017, mediante el cual el Servicio Nacional de Salud conoció el recurso de impugnación contra la Enmienda No. 4, relativa a la Licitación Pública Nacional No. SNS-CCC-LPN-02-2017 llevado a cabo para la “Adquisición de Equipos Médicos y de Laboratorio para ser utilizados en el equipamiento general de dieciséis (16) hospitales priorizados a nivel nacional y cuarenta (40) Centros de Primer Nivel de Atención”, por haber sido interpuesta con las formalidades y en el plazo del artículo 67 de la Ley No. 340-06 y su modificación. SEGUNDO: En cuanto al fondo, ACOGER el recurso jerárquico presentado por la razón social MADISON IMPORT, S.R.L. en lo relativo a cancelar la Licitación Pública Nacional No. SNS-CCC- LPN-02-2017 llevada a cabo para la “Adquisición de Equipos Médicos y de Laboratorio para ser utilizados en el equipamiento general de dieciséis (16) hospitales priorizados a nivel nacional y cuarenta (40) Centros de Primer Nivel de Atención”, debido a las consideraciones expuestas en los párrafos 178 a 201 de la presente resolución. Y en consecuencia ANULAR la Licitación Pública Nacional No. SNS-CCC-LPN-02-2017 que surtiría efectos para aquellos ítems pendientes que no han sido recibidos conforme al protocolo de entrega establecido en cada uno de los contratos, tal y como ha sido descrito en el párrafo 215 de la presente Resolución. Sobre la investigación de oficio y el recurso jerárquico: Decisión común PRIMERO: RECOMENDAR a la máxima autoridad ejecutiva del Servicio Nacional de Salud que instruya a la Unidad de Compras y Contrataciones, posibles peritos de la institución y al Comité de Compras y Contrataciones de dicha institución a participar en talleres de capacitación sobre el Sistema Nacional de Compras y Contrataciones Públicas de la República Dominicana impartidos por la Dirección General de Contrataciones Públicas, en atención a las atribuciones otorgadas por el numeral 7) del artículo 36 de la Ley No. 340-06 y su modificación; así como también ordene participar en talleres sobre la Ley Orgánica de Administración Pública No. 247-12 y la Ley No. 107-13 sobre Derechos de las personas en sus relaciones con la Administración y de Procedimiento Administrativo. SEGUNDO: RECOMENDAR a la máxima autoridad ejecutiva del Servicio Nacional de Salud que, debido a que la adquisición de equipos médicos tiene un impacto trascendental para el sistema de salud y a la vez en las finanzas públicas, previo a convocar procedimientos de contratación para su adquisición, se apoye de los especialistas del área de la salud para elaborar los pliegos de condiciones, fichas técnicas y criterios de evaluación ajustados a la normativa, a las necesidades del país y a las mejores prácticas internacionales, ponderando en su dimensión las razones por las cuales seleccionan un tipo de equipo, sus características, el precio, talleres, repuestos y técnicos calificados. TERCERO: ORDENAR la remisión formal de la presente resolución a las partes, Servicio Nacional de Salud y las razones sociales Grupo Madison, S.R.L, García Tejera y Asociados, S.R.L., Clinimed, S.R.L., Electromédica, S.A., LM Líneas Médicas, S.R.L; Productos Médicos y Quirúrgicos, S.A; CEM Caribbean Equipment Medical, S.R.L; Consorcio Vectra Consulting, S.R.L; Global Médica Dominicana, S.R.L.; Group Z Health Care Products Dominicana, S.R.L.; Inversiones Koraila, S.R.L.; Medi-equipos, S.R.L.; Medimarket, S.A.; Osiris & CO, S.A.; Productos Medicinales, S.R.L.; Tecnimédica, S.R.L.; Tools y Resources Enterpises Toreen, S.R.L., Unique Representaciones, S.R.L. y BP Medical, S.A. para su conocimiento y fines de lugar. CUARTO: ORDENAR la remisión formal de la presente resolución a la Contraloría General de la República y a la Cámara de Cuentas de la República Dominicana, para su conocimiento y fines de lugar. QUINTO: ORDENAR que esta Resolución sea publicada en los portales electrónicos administrados por este Órgano Rector.

  • Resolución núm. 44-2013Recurso jerárquicoEsta empresa: mencionada

    Publicada el 27 nov de 2013 · Policia Nacional

    AnulaDa la razón en parteHace recomendacionesRechaza el reclamo

    Resolución No. 44 d/f de fecha 13/05/2013, Que Anula parcialmente el Proceso de Licitación Pública Nacional No. PN-CL-LPN-001-2013, realizada por la Policía Nacional para la 'Adquisición de Textiles, Equipos de Comunicación y Transporte'.

    Proceso: PN-CL-LPN-001-2013

    Empresas: Oficina Universal, S.A. (presentó la acción)Avelock Dominicana, SRLGrupo Madison, SRLGRUPO VIAMARGrupo Viamar) y Avelock Dominicana S.R.L.Macrotcch, S.R.L.y 4 más

    Resolución original (PDF)
    Lo que resolvió la DGCP

    PRIMERO: RECHAZAR como al efecto RECHAZA los medios de inadmisión planteados por la Policía Nacional sobre cosa juzgada y extemporaneidad del Recurso Jerárquico de la razón social Avelock Domi.túcana, SRL., por los motivos planteados en esta Resolución. SEGUNDO: RECHAZAR como al efecto RECHAZA el medio de inadmisión de cosa juzgada planteado por la Policía Nacional contra el Recurso Jerárquico incoado por razón social Oficina Universal S.A., por los motivos planteados en esta Resolución. TERCERO: RECHAZAR como al efecto RECHAZA el pedimento solicitado por la razón social Macrotech, SRL., en calidad de tercero involucrado, de inhabilitar a la razón social Oficina Universal S.A., por los motivos planteados en esta Resolución. CUARTO: DECLARAR como al efecto DECLARA regular y válido, en cuanto a la forma los Recursos Jerárquicos interpuestos por las razones sociales Oficina Universal S.A., Viamar S.A. (Grupo Viamar) y Avelock Dominicana S.R.L. contra 74-76 (1•' coiñüiicloNES .,,JPúBUCAS Calle 1\xlru A Uuhcres, l~sq Rodnilu .... ,: Obj10 (i:1z,·uc. S:1010 Dmmngo, Repuh-licil 1>,uninka.n,1 Td.: (RO')) 682 -7-107 F;a,"X. (l\09) 688 15S-I WW\\.compm,;dom1mcsna.,-o\.Jo I WWVI.Jgi;:p.~ob,do Rt:pútlli1,.·.1 Doininu:.1..n.1 Ministerio de Hacienda DIRECCIÓN GENERAL DE CONTRATACIONES POBLICAS AÑO DEL BICENTENARIO DEL NATALICIO DE JUAN PABLO DUARTE el Proceso de Licitación Pública Nacional No. PN-CL-LPN-001-2013, realizada por la Polida Nacional para la "Adq11isició11 de Textiles, Eq11ipos de Co1111111icnció11 y Trn11s¡1orte", por haber sido interpuestos de conformidad con las disposiciones de la Ley No. 340-06 sus modificaciones contenidas en la Ley No. 4-19-06 y su Reglamento de aplicación aprobado mediante Decreto No. 543-12. QUINTO: En cuanto al fondo, RECHAZAR como al efecto RECHAZA, los Recursos Jerárquicos interpuestos por las razones sociales Oficina Universal S.A., y Avelock Dominicana S.R.L., contra el proceso de Licitación Pública Nacional No. PN-CL-LPN-001-2013 por los motivos anteriormente expuestos. SEXTO: En cuanto al fondo, ACOGER parcialmente como al efecto ACOGE, el Recurso Jerárquico interpuesto por la razón social Viamar S.A. (Grupo Viamar), contra la Resolución No. 0002 emitida por el Comité de Compras y Contrataciones de la Policía Nacional en fecha veintiuno (21) de junio de dos mil trece (2013) en respuesta a su impugnación referente al proceso de Licitación Pública Nacional No. PN-CL-LPN-001-2013, en lo que respecta al renglón 30 camionetas, en consecuencia: ANULAR como al efecto ANULA la adjudicación correspondiente al lote de equipo d~ transporte, renglón 30 camionetas, en virh1d de que la misma no fue evaluada en base a los criterios de evaluación establecidos en el Pliego de Condiciones Específicas del Proceso de Licitación Publica Nacional del referencia. SEPTIMO: RECOMENDAR como al efecto RECOMIENDA a la Policía Nacional avocarse dar cumplimiento a las disposiciones legales contenidas en el artículo 65 75-76 <1.) caiW.iiViclo PUBUCAS Calle- Pedro,\ Uuhcre-. f .. ~. l{oc:lri~ut:,' OhJ,l>. (:,1;1,4.-Uc. S;,1.ntu l>(111ungo, Republ~a Domrn11 .. ouut Te! : {~09) 6S2 -7-107 F.i.:c ([teléfono] W\IIW.C:Olllpni.~forrunkom•.~ov.llo f W\V\V,d)(cp.gob.Jo Rcr11l;,!1,.-.1 Domi1uc.tn,1 Ministerio de Hacienda DIRECCION GENERAL DE CONTRATACIONES POBUCAS AÑO DEL BICENTENARIO DEL NATALICIO DE JUAN PABLO DUARTE de la Ley No. 340-06, con sus modificaciones, así como también las disposiciones de la Resolución No. 6/2009. OCTAVO: ORDENAR como al efecto ORDENA la remisión formal de la presente Resolución a la Policia Nacional, Oficina Universal S.A., Avelock Dominicana S.R.L., Viamar S.A. (Grupo Viamar}, Grupo Madison, S.R.L., Santo Domingo Motors S.A., Macrotcch, S.R.L., Saicorp Dominicana, S.R.L., para su conocimiento y fines de lugar. NOVENO: ORDENAR como al efecto ORDENA la remisión formal de la presente Resolución a la Contralorta General de la República y Cámara de Cuentas de la República Dominicana, para los fines correspondientes. DECIMO: De acuerdo a lo que establece la Ley No. 13-07 de fecha cinco (5) de febrero de dos mil siete (2007), la presente Resolución podrá ser apelada ante el Tribunal Superior Administrahvo, en un plazo de treinta (30) días.

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