Persona Jurídica · Sociedades Comerciales · DISTRITO NACIONAL
Decisiones de la Dirección General de Contrataciones Públicas sobre recursos, medidas cautelares, inhabilitaciones o investigaciones en que figura esta empresa. Lectura automática del documento: verifica cada dato en la resolución original.
Proceso: MISPAS-CCC-LPN-2014-03
Empresas: PARTNER PRO 2P, SRLTP End Group, SRL
PRIMERO: SUSPENDER como al efecto SUSPENDE el proceso de Licitación Pública Nacional No. MISPAS-CCC-LPN-2014-03, llevado a cabo por el Ministerio [firma] 6-8 Dirección General CONTRATACIONES PÚBLICAS www.comprasdominicana.gov.do | www.dgcp.gob.do AÑO DE LA SUPERACIÓN DEL ANALFABETISMO de Salud Pública y Asistencia Social (MISPAS), hasta tanto la entidad de respuesta mediante resolución motivada, al Recurso de Impugnación presentado en fecha dos (02) de mayo del año dos mil catorce (2014) por la empresa TP-END GROUP, S.R.L., y, al Recurso de Impugnación presentado en fecha siete (07) de mayo del año dos mil catorce (2014) por la empresa PARTNER PRO 2P, S.R.L., en relación al proceso de referencia, dentro del plazo de quince (15) días calendario, en virtud de lo dispuesto en la Ley No. 340-06 sobre compras y contrataciones de bienes, servicios, obras y concesiones, modificada por la Ley No. 449-06. SEGUNDO: ORDENAR como al efecto ORDENA la remisión formal de la presente resolución a la empresa TP-END GROUP, S.R.L. TERCERO: ORDENAR como al efecto ORDENA la remisión formal de la presente resolución a la empresa PARTNER PRO 2P, S.R.L. CUARTO: ORDENAR como al efecto ORDENA la remisión formal de la presente resolución al Ministerio de Salud Pública y Asistencia Social (MISPAS). QUINTO: ORDENAR como al efecto ORDENA la remisión formal de la presente resolución a la Contraloría General de la República, para su conocimiento y fines de lugar. SEXTO: ORDENAR como al efecto ORDENA la remisión formal de la presente 7-8 [firma] Dirección General CONTRATACIONES PÚBLICAS www.comprasdominicana.gov.do | www.dgcp.gob.do AÑO DE LA SUPERACIÓN DEL ANALFABETISMO resolución a la Cámara de Cuentas de la República Dominicana, para su conocimiento y fines de lugar.
Resolución 3/2015 que conoce el procedimiento de investigación iniciado de oficio por este Órgano Rector, relativo al procedimiento de Urgencia No. CONANI URGENCIA-UC-001-2014, llevado a cabo por el Consejo Nacional para la Niñez y la Adolescencia (CONANI) para la 'Adquisición de alimentos para los centros de atención a la primera infancia (CIANI)'.
Proceso: URGENCIA-UC-001-2014
Empresas: C.T.S.G.DESECHABLES IRIS, SRLE.K.R., S.R.L.Empresas Integradas, SASGrupo Antilia, SRLImportadora Barbella, S.R.L.y 7 más
PRIMERO: DECLARAR como al efecto DECLARA que en el Procedimiento de Urgencia No. CONANI URGENCIA-UC-001-2014 llevado a cabo por el Consejo Nacional para la Niñez y la Adolescencia (CONANI) para la "Adquisición de Alimentos para los Centros a la Primera Infancia (CIANI)", el CONANI no cumplió con las siguientes disposiciones: a) artículo 36 del Reglamento sobre la composición del comité de contrataciones; b) artículo 26 de la Ley 340-06 y sus modificaciones y los artículos 4.7. g y 4.7.h del Reglamento sobre la evaluación de ofertas conforme a las especificaciones y criterios de evaluación establecidos en los términos de referencia y la adjudicación; c) el artículo 30 de la Ley 340-06 y los artículos 112 y 114 del Reglamento de Aplicación sobre el requerimiento obligatorio de la constitución de las garantías de seriedad de la oferta; y d) el artículo 109 de la Ley 340-06 sobre las adjudicaciones posteriores. SEGUNDO: RECOMENDAR como al efecto RECOMIENDA al Consejo Nacional para la Niñez y la Adolescencia (CONANI), cumplir con los procesos de selección de proveedores establecidos en la Ley No. 340-06; con sus modificaciones, y su Reglamento de aplicación aprobado mediante Decreto No. 543-12, de fecha seis (06) de septiembre del año dos mil doce (2012). [firma] Dirección General CONTRATACIONES PÚBLICAS www.comprasdominicana.gov.do | www.dgcp.gob.do AÑO DE ATENCIÓN INTEGRAL A LA PRIMERA INFANCIA TERCERO: RECOMENDAR como al efecto RECOMIENDA, al Consejo Nacional para la Niñez y la Adolescencia (CONANI), aplicar las disposiciones legales contenidas en el artículo 65 de la Ley No. 340-06, con sus modificaciones, así como también las disposiciones de la Resolución No. 6/2009 dictada por este Órgano Rector, que dispone bajo cuales circunstancias serán aplicadas las sanciones dispuestas en la Ley No. 340-06 y sus modificaciones contenidas en la Ley No. 449-06 a los servidores públicos. CUARTO: RECOMENDAR como al efecto RECOMIENDA al Consejo Nacional para la Niñez y la Adolescencia (CONANI), la capacitación del personal de la unidad de compras y de los departamentos administrativos-financieros sobre las disposiciones legales contenidas en la Ley No. 340-06 y sus modificaciones, y su Reglamento de aplicación aprobado mediante Decreto No. 543-12, de fecha seis (06) de septiembre del año dos mil doce (2012). QUINTO: ORDENAR como al efecto ORDENA la remisión formal de la presente Resolución al Consejo Nacional para la Niñez y la Adolescencia (CONANI), para su conocimiento y fines de lugar SEXTO: ORDENAR como al efecto ORDENA la remisión formal de la presente Resolución a las razones sociales L & R Products, Grupo Antilia S.R.L, y Empresas Integradas S.R.L, para su conocimiento y fines de lugar. SEPTIMO: ORDENAR como al efecto ORDENA la remisión formal de la presente Resolución a la Contraloría General de la República, para su conocimiento y fines de lugar. [firma] Dirección General CONTRATACIONES PÚBLICAS www.comprasdominicana.gov.do | www.dgcp.gob.do AÑO DE ATENCIÓN INTEGRAL A LA PRIMERA INFANCIA OCTAVO: ORDENAR como al efecto ORDENA la remisión formal de la presente Resolución a la Cámara de Cuentas de la República Dominicana, para su conocimiento y fines de lugar.
Fuente: Dirección General de Contrataciones Públicas y Portal Transaccional, con copia guardada por Notifacto. Las señales se detectan con inteligencia artificial propietaria de Notifacto: son motivos para mirar, no acusaciones, y pueden contener errores. La ley de cada señal, con ChatLeyes. Cómo funciona