El informe preliminar de evaluación económica, fechado el 14 de noviembre de 2024, enumera ofertas por los lotes 1 a 11; no adjudica el procedimiento. Registra como «DESIERTO» el lote 9 y precios para los demás lotes, entre ellos RD$27,128,650.00 como menor precio de los lotes 1 y 2 y RD$4,458,750.00 como menor precio de los lotes 5 y 6. El proceso fue cancelado posteriormente, según el resumen de otros documentos del expediente.
Leído a la luz de la Ley 340-06 y su reglamento, que rige el proceso por su fecha de convocatoria.
Lectura con inteligencia artificial propietaria de Notifacto (28 sept de 2026). Puede contener errores: verifica cada dato en el original.
Señales de este documento (3)
A revisarHabilitados por vía extraordinariaRD$4.5 millones
El documento registra oferentes que no habían sido habilitados en la evaluación ordinaria y lo fueron tras reconsideración o evaluación extraordinaria: Albepmed, SRL.
Qué dice la ley: Ley 340-06, art. 21 · Reglamento 416-23, art. 120 · con ChatLeyes
Ley 340-06, artículo 21
ART. 21. El principio de competencia entre oferentes no deberá ser limitado por medio de recaudos excesivos, severidad en la admisión de ofertas o exclusión de éstas por omisiones formales subsanables, debiéndose requerir a los oferentes incursos en falta las aclaraciones que sean necesarias, dándosele la oportunidad de subsanar dichas deficiencias, en tanto no se alteren los principios de igualdad y transparencia establecidos en el Artículo 3 de esta ley, de acuerdo a lo que establezca la reglamentación.
Reglamento 416-23, artículo 120 — Subsanabilidad de las ofertas
Artículo 120. Subsanabilidad de las ofertas. Con el objeto de brindar a la institución contratante la posibilidad de contar con la mayor cantidad de ofertas válidas posibles y evitar que por cuestiones formales e intrascendentes se vea privada de optar por ofertas serias y convenientes, todo documento relativo a credenciales de los oferentes será subsanable, siempre y cuando cumpla con el requisito al momento de presentación de la oferta o sea inherente a su capacidad, para no afectar el principio de igualdad de trato entre los oferentes. En estos casos, la institución solicitará al oferente, en el plazo establecido en el pliego de condiciones, que suministre la documentación faltante o con…
El informe registra ofertas iniciales exactamente iguales de empresas distintas en el lote 3 y en los lotes 7 y 8. Las coincidencias pueden responder a precios de referencia o a la estructura de costos, pero, al tratarse de una subasta inversa, conviene contrastarlas con los registros de puja; el informe no presenta aquí el resultado de la puja.
Qué dice la ley: Reglamento 416-23, art. 43 · Reglamento 416-23, art. 145 · con ChatLeyes
Reglamento 416-23, artículo 43 — De la subasta inversa
Artículo 43. De la subasta inversa. Este procedimiento podrá utilizarse para la contratación de bienes comunes y estandarizados, en el cual los oferentes realizan propuestas en el plazo establecido en el pliego de condiciones, reduciendo el precio inicialmente ofertado en valores o porcentajes mínimos mediante puja electrónica a través del SECP.
Reglamento 416-23, artículo 145 — Puja electrónica y adjudicación
Artículo 145. Puja electrónica y adjudicación. Solo pueden participar en la puja electrónica aquellos oferentes que su propuesta técnica y económica inicial haya sido habilitada por cumplir con todo lo establecido en el pliego de condiciones. Para la puja se requiere que al menos dos oferentes hayan sido habilitados y estén conectados en el Sistema Electrónico de Contrataciones Públicas (SECP), conforme con el día y hora previstos en el cronograma. Se adjudicará al oferente que haya presentado el menor precio dentro del tiempo de la puja. Párrafo I. Si solo existiese un oferente conectado con una oferta inicial presentada, la institución podrá adjudicarlo directamente sin realizar la puja.…
El informe sitúa la reunión a las 11:00 del 14 de noviembre y contiene precios de ofertas económicas; el acta notarial de apertura reseñada en el expediente ubica esa diligencia a las 4:00 p. m. Si la hora del informe es correcta, la secuencia merece verificarse frente a la confidencialidad de las ofertas hasta su apertura; podría tratarse de un error en la hora consignada.
“Siendo la 11:00 m. del día catorce (14) del mes de noviembre del año dos mil veinticuatro (2024), se reunieron en el salón de reuniones... Ofertas Económicas depositadas a través del Sistema Electrónico de Contrataciones Públicas (SECP):”
Qué dice la ley: Reglamento 416-23, art. 34 · Reglamento 416-23, art. 114 · con ChatLeyes
Reglamento 416-23, artículo 34 — Seguridad de la información
Artículo 34. Seguridad de la información. Las medidas de seguridad que posee el Sistema Electrónico de Contrataciones Públicas (SECP) mantendrán encriptada y protegida la información de las ofertas entregadas vía electrónica, garantizando su confidencialidad e integridad. El contenido de las ofertas no podrá ser conocido por terceros y tampoco por la institución contratante, hasta tanto se cumpla el plazo establecido en el cronograma del procedimiento de selección para su apertura.
Reglamento 416-23, artículo 114 — División de etapas
Artículo 114. División de etapas. Como principio general, todos los procedimientos de selección respetarán en su etapa de evaluación, la división de los siguientes aspectos: a) Las credenciales u oferta técnica, y, por otro lado, b) La oferta económica. En consecuencia, deberá separarse en dos etapas: 1. Primera etapa. Para la presentación y recepción de las ofertas técnicas y las ofertas económicas y la apertura y evaluación de las ofertas técnicas. 2. Segunda etapa. La apertura y evaluación de las ofertas económicas. Párrafo I. Solo se procederá a la apertura de las ofertas económicas una vez concluida la evaluación de credenciales, ofertas técnicas, subsanación y muestras, si aplican, y…
Comerdom, SRLIncluida en la evaluación económica preliminar.
Habilitado
Lotes 1 y 2
RD$27,398,775
Comerdom, SRLIncluida en la evaluación económica preliminar.
Habilitado
Lotes 3 y 4
RD$25,419,750
Comerdom, SRLIncluida en la evaluación económica preliminar.
Habilitado
Lotes 5 y 6
RD$4,618,743
Comerdom, SRLIncluida en la evaluación económica preliminar.
Habilitado
Lotes 7 y 8
RD$16,184,000
Comerdom, SRLIncluida en la evaluación económica preliminar.
Habilitado
Lotes 10 y 11
RD$11,250,000
Interseas Dominicana, SRLIncluida en la evaluación económica preliminar. El RNC consignado aquí difiere del dato registral aportado en el contexto del proceso.
Fuente: Dirección General de Contrataciones Públicas y Portal Transaccional, con copia guardada por Notifacto. Las señales se detectan con inteligencia artificial propietaria de Notifacto: son motivos para mirar, no acusaciones, y pueden contener errores. La ley de cada señal, con ChatLeyes. Cómo funciona