El Acta CCC-277-2024, de fecha 2024-11-06, acogió el informe final de evaluación económica y adjudicó a Construcciones Palomino, SRL la adecuación del segundo y tercer piso por RD$11,556,477.22, ITBIS incluido. Registró como suplentes a Solad, Procitrom e Ingeniería Rinez, en ese orden, y dejó instruida la preparación del contrato y la solicitud de las garantías correspondientes.
Leído a la luz de la Ley 340-06 y su reglamento, que rige el proceso por su fecha de convocatoria.
Lectura con inteligencia artificial propietaria de Notifacto (28 sept de 2026). Puede contener errores: verifica cada dato en el original.
El cuadro de lugares ocupados identifica el criterio como “Menor Precio por Ítem”, mientras que el texto del pliego citado en el propio informe dispone adjudicar a un único proveedor por el menor precio total. La adjudicación registrada coincide con la oferta de menor total entre las habilitadas, pero conviene aclarar la discrepancia para que el fundamento aplicado quede inequívoco.
“Criterio de Adjudicación Menor Precio por Ítem … La adjudicación se hará a un único proveedor, en base al menor precio total ofertado, entre todas aquellas que hayan cumplido con todos los requisitos legales, financieros y técnicos”
Qué dice la ley: Reglamento 416-23, art. 79 · Reglamento 416-23, art. 133 · con ChatLeyes
Reglamento 416-23, artículo 79 — Criterios de evaluación
Artículo 79. Criterios de evaluación. Los criterios de evaluación constituyen las pautas, parámetros o directrices según las cuales la institución contratante valora e identifica la propuesta más conveniente para la ejecución del contrato, a los fines de resultar adjudicada. Párrafo. Los criterios de evaluación deben estar descritos expresamente en el pliego de condiciones y deberán ser objetivos, claros, concisos, medibles y estar vinculados directamente al objetivo del contrato, en el entendido de que con ellos se evalúan los aspectos del oferente y su propuesta que inciden en la mejor ejecución contractual.
Reglamento 416-23, artículo 133 — Acta de aprobación de informe de evaluación de ofertas y adjudicación
Artículo 133. Acta de aprobación de informe de evaluación de ofertas y adjudicación. El Comité de Compras y Contrataciones o la Dirección Administrativa y Financiera, según corresponda aprobará, si procede, el informe de evaluación de ofertas económicas, reporte de lugares ocupados y recomendación de adjudicación presentado por los peritos, tras verificar que la evaluación se haya realizado con base a los criterios y condiciones establecidos en el Pliego de Condiciones. Posteriormente, emitirá el acta de adjudicación correspondiente, en la cual deberán especificarse los criterios de evaluación que, estando previamente definidos en el pliego de condiciones, hayan permitido al adjudicatario…
El acta adjudica a Construcciones Palomino por RD$11,556,477.22. Según el historial aportado, la empresa tuvo cinco contratos con esta institución por RD$6,964,501 durante los 24 meses previos; es un dato de concentración que puede considerarse al revisar la continuidad y distribución de adjudicaciones, sin que por sí solo indique irregularidad.
““SE ADJUDICA el referido proceso a Construcciones Palomino SRL, por un monto de Once Millones Quinientos Cincuenta y Seis Mil Cuatrocientos Setenta y Siete Pesos Dominicanos con 22/100 (DOP$11,556,477.22), Itbis incluidos””
Fuente: Dirección General de Contrataciones Públicas y Portal Transaccional, con copia guardada por Notifacto. Las señales se detectan con inteligencia artificial propietaria de Notifacto: son motivos para mirar, no acusaciones, y pueden contener errores. La ley de cada señal, con ChatLeyes. Cómo funciona