El Acta núm. 0336-2026, de fecha 2026-08-05, aprueba los informes económicos y adjudica 40 asignaciones de raciones escolares en Valverde, por un total consignado de RD$1,329,485,854.32 para los períodos 2026-2027 y 2027-2028, a precio unitario de RD$93.73 con ITBIS. La adjudicación incluye oferentes habilitados por vía extraordinaria y queda condicionada, para quienes estén renovando permisos o certificaciones sanitarias indicados, a presentar los documentos antes de firmar el contrato.
Leído a la luz de la Ley 340-06 y su reglamento, que rige el proceso por su fecha de convocatoria.
Lectura con inteligencia artificial propietaria de Notifacto (12 oct de 2026). Puede contener errores: verifica cada dato en el original.
Señales de este documento (4)
A revisarHallazgo en documentosPendiente de revisiónRD$111.5 millones
El acta dice que quedó pendiente incorporar el acto administrativo que sustentaba la habilitación extraordinaria de María Magdalena Durán, Inversiones Albertesca y Juan José Pérez Zapata; los tres aparecen adjudicados por RD$37,790,887.68, RD$26,824,781.88 y RD$46,863,700.00, respectivamente. La aprobación de informes en esta acta puede formar parte del sustento, pero el propio documento no aclara cómo subsana la incorporación pendiente.
““quedando pendiente de incorporación al expediente administrativo la resolución o acto administrativo que sustenta dicha habilitación extraordinaria.” … “SEGUNDA RESOLUCIÓN: ADJUDICA a los oferentes que cumplieron con las especificaciones…”
Qué dice la ley: Reglamento 416-23, art. 125 · Reglamento 416-23, art. 133 · con ChatLeyes
Reglamento 416-23, artículo 125 — Revisión y aprobación del informe de evaluación de ofertas técnicas
Artículo 125. Revisión y aprobación del informe de evaluación de ofertas técnicas. El Comité de Compras y Contrataciones o la Dirección Administrativa y Financiera, según corresponda, revisará y, si procede, aprobará el informe definitivo de evaluación de ofertas técnicas, mediante un acto administrativo debidamente motivado. El acta indicará los oferentes habilitados y no habilitados para la apertura y evaluación de sus ofertas económicas. Párrafo I. En caso de que el Comité de Compras y Contrataciones o la Dirección Administrativa y Financiera, según corresponda, no apruebe el informe de evaluación técnica por haber identificado que no fueron aplicados los criterios establecidos en el…
Reglamento 416-23, artículo 133 — Acta de aprobación de informe de evaluación de ofertas y adjudicación
Artículo 133. Acta de aprobación de informe de evaluación de ofertas y adjudicación. El Comité de Compras y Contrataciones o la Dirección Administrativa y Financiera, según corresponda aprobará, si procede, el informe de evaluación de ofertas económicas, reporte de lugares ocupados y recomendación de adjudicación presentado por los peritos, tras verificar que la evaluación se haya realizado con base a los criterios y condiciones establecidos en el Pliego de Condiciones. Posteriormente, emitirá el acta de adjudicación correspondiente, en la cual deberán especificarse los criterios de evaluación que, estando previamente definidos en el pliego de condiciones, hayan permitido al adjudicatario…
El acta afirma que Kenny Joel Jiménez Reyes ya estaba habilitado por vía ordinaria, pero lo incluye en la tabla de habilitados extraordinarios y no aparece en la tabla de resultados económicos ordinarios. La contradicción importa porque el acta le adjudica RD$34,979,065.68 y no permite seguir de forma consistente la vía de habilitación aplicada.
“Se hace constar que el oferente KENNY JOEL JIMENEZ REYES ya se encontraba habilitado por la vía ordinaria … alos ocho (8) oferentes habilitados por vía extraordinaria.”
Qué dice la ley: Reglamento 416-23, art. 125 · Reglamento 416-23, art. 133 · con ChatLeyes
Reglamento 416-23, artículo 125 — Revisión y aprobación del informe de evaluación de ofertas técnicas
Artículo 125. Revisión y aprobación del informe de evaluación de ofertas técnicas. El Comité de Compras y Contrataciones o la Dirección Administrativa y Financiera, según corresponda, revisará y, si procede, aprobará el informe definitivo de evaluación de ofertas técnicas, mediante un acto administrativo debidamente motivado. El acta indicará los oferentes habilitados y no habilitados para la apertura y evaluación de sus ofertas económicas. Párrafo I. En caso de que el Comité de Compras y Contrataciones o la Dirección Administrativa y Financiera, según corresponda, no apruebe el informe de evaluación técnica por haber identificado que no fueron aplicados los criterios establecidos en el…
Reglamento 416-23, artículo 133 — Acta de aprobación de informe de evaluación de ofertas y adjudicación
Artículo 133. Acta de aprobación de informe de evaluación de ofertas y adjudicación. El Comité de Compras y Contrataciones o la Dirección Administrativa y Financiera, según corresponda aprobará, si procede, el informe de evaluación de ofertas económicas, reporte de lugares ocupados y recomendación de adjudicación presentado por los peritos, tras verificar que la evaluación se haya realizado con base a los criterios y condiciones establecidos en el Pliego de Condiciones. Posteriormente, emitirá el acta de adjudicación correspondiente, en la cual deberán especificarse los criterios de evaluación que, estando previamente definidos en el pliego de condiciones, hayan permitido al adjudicatario…
A revisarHallazgo en documentosPendiente de revisión
El acta permite admitir garantías de seriedad hasta RD$1,000 por debajo del 1 % de la oferta. Aunque describe el faltante como ínfimo y exige motivación por caso, la tolerancia reduce el monto de la cobertura que el pliego presenta como requisito de la oferta.
““este Comité dispone que las diferencias ínfimas de monto respecto del uno por ciento (1%) del valor total de la oferta económica no serán causal de desestimación” … “se admitirán las pólizas cuya diferencia con relación al referido uno…”
Qué dice la ley: Reglamento 416-23, art. 196 · Ley 340-06, art. 30 · con ChatLeyes
Reglamento 416-23, artículo 196 — Monto de la garantía de mantenimiento y seriedad la oferta
Artículo 196. Monto de la garantía de mantenimiento y seriedad la oferta. El monto de la garantía de mantenimiento y seriedad de la oferta será de un 1 % del monto de la oferta presentada, esta es de cumplimiento obligatorio y vendrá incluida dentro del sobre contentivo de la oferta económica o “Sobre B”.
ART. 30. Para garantizar el fiel cumplimiento de sus obligaciones los oferentes, adjudicatarios y contratistas deberán constituir garantías en las formas y por los montos establecidos en la reglamentación de la presente PÁRRAFO I. El adjudicatario de una licitación deberá contratar seguros que cubran los riesgos a que estén sujetas las obras. Tales seguros permanecerán en vigor hasta que la autoridad correspondiente compruebe que el adjudicatario ha cumplido con las condiciones del contrato, extendiéndoles la constancia para su cancelación. PÁRRAFO II. Las garantías podrán consistir en pólizas de seguro o garantías bancarias, con las condiciones de ser incondicionales, irrevocables y…
El documento modifica el pliego y elimina o debilita requisitos que servían para verificar a los oferentes: Reduce el control financiero de la garantía de seriedad: puede aceptarse una garantía por debajo del porcentaje exigido.; Difiere la verificación contemporánea de la firma y sello del oferente en la oferta económica hasta la firma contractual..
Qué dice la ley: Reglamento 416-23, art. 107 · con ChatLeyes
Reglamento 416-23, artículo 107 — Adendas o enmiendas
Artículo 107. Adendas o enmiendas. La institución contratante podrá realizar adendas o enmiendas a los pliegos de condiciones mediante acto administrativo motivado, cuando sea necesario adicionar, modificar condiciones o especificaciones que no alteren sustancialmente los términos originales y el objeto del contrato se mantenga inalterado. Podrán ser emitidas en un plazo no más allá de la fecha que signifique el setenta y cinco por ciento (75 %) del plazo previsto para la presentación de las ofertas y deberá modificarse el cronograma de actividades para permitir nuevamente la formulación de preguntas y respuestas sobre los aspectos modificados o añadidos. Las adendas o enmiendas deberán ser…
Criterios económicos excepcionales, numeral 3Insuficiencia en el monto de la garantía de seriedad
La garantía debe corresponder al 1 % del valor total de la oferta; el pliego citado prevé descalificación por insuficiencia.
Se admiten diferencias faltantes iguales o menores a RD$1,000 respecto del 1 %, sujetas a evaluación y motivación en cada caso.
RelajaQuita un control: Reduce el control financiero de la garantía de seriedad: puede aceptarse una garantía por debajo del porcentaje exigido.
Criterios económicos excepcionales, numeral 4Vigencia de la garantía de seriedad
El acta refiere la vigencia exigida en el pliego, con cobertura hasta la firma del contrato.
Se admite excepcionalmente una garantía cuya vigencia alcance la firma del contrato.
Aclara
Criterios económicos excepcionales, numeral 5Omisiones de referencia, firma o sello en formularios
El pliego citado exige que la oferta económica esté firmada en todas sus páginas y sellada; la falta de requisitos no subsanables puede descalificarla.
Se acepta la omisión del código del procedimiento y se permite subsanar firma o sello al firmar el contrato, presentando el mismo documento sin cambiar su contenido.
RelajaQuita un control: Difiere la verificación contemporánea de la firma y sello del oferente en la oferta económica hasta la firma contractual.
Numeral 12.1.8 y Tercera Enmienda, según el actaInspección posterior de cocinas sin operaciones
El párrafo final del numeral 12.1.8 preveía una inspección técnica obligatoria posterior a la adjudicación para cocinas instaladas sin operaciones.
La Tercera Enmienda suprimió esa previsión; el acta indica que la cocina no operativa es causal de no habilitación.
Neutral
Grupos referenciales, ajuste técnico-operativoEliminación y reasignación de grupos
El proceso contemplaba los grupos referenciales G-03, G-06 y G-39.
Se eliminaron esos grupos y sus centros se agregaron a G-31 y G-02; el acta afirma que el ajuste no alteró puntajes ni prelación.
Fuente: Dirección General de Contrataciones Públicas y Portal Transaccional, con copia guardada por Notifacto. Las señales se detectan con inteligencia artificial propietaria de Notifacto: son motivos para mirar, no acusaciones, y pueden contener errores. La ley de cada señal, con ChatLeyes. Cómo funciona
Kenny Joel Jiménez ReyesEl acta indica que ya estaba habilitado por vía ordinaria; fue incluido también en la apertura económica extraordinaria. Adjudicación del grupo JEE-27-029.