Recepción electrónica exclusiva con alternativa física muy limitada
· hace 9 meses
El pliego exige presentar las ofertas exclusivamente por el SECP y admite la recepción física en USB solo si se demuestra una falla técnica validada por la DGCP. El artículo 109 del Reglamento 416-23 contempla ofertas electrónicas o en soporte papel con igual validez; la limitación del pliego merece revisión por su posible efecto sobre la participación.
“Las propuestas de los “Sobre A” y “Sobre B” SE RECIBIRÁN EXCLUSIVAMENTE A TRAVÉS DEL SISTEMA ELECTRÓNICO DE CONTRATACIONES PÚBLICAS (SECP),”
Qué dice la ley: Reglamento 416-23, art. 109 · con ChatLeyes
Reglamento 416-23, artículo 109 — Formato de presentación de propuestas
Artículo 109. Formato de presentación de propuestas. Los oferentes presentarán su propuesta en ofertas técnicas y económicas de forma electrónica a través del Sistema Electrónico de Contrataciones Públicas (SECP) o en soporte papel. Ambos formatos tendrán la misma validez. Párrafo. La presentación de la oferta significará de parte del oferente el pleno conocimiento y aceptación del pliego de condiciones y sus enmiendas o adendas, normas y cláusulas que rijan el procedimiento de selección al que se presente, por lo que no será necesaria la presentación de los pliegos firmados junto con la propuesta.
Esta relación con la ley es posible gracias a ChatLeyes, el asistente legal con IA de República Dominicana. Pregúntale a ChatLeyes sobre esta norma →