La Enmienda No. 3 modifica los requisitos financieros y la acreditación de experiencia, redistribuye la puntuación técnica y revisa varias especificaciones de equipos y servicios del proceso OMSA S.A.-CCC-LPN-2026-0007. Mantiene el umbral técnico de 60 puntos sobre 70, reduce los mínimos de solvencia y liquidez y eleva el límite de endeudamiento, aunque la tabla de este último conserva signos contradictorios. El documento no consigna fecha ni número de acta.
Leído a la luz de la Ley 47-25 y su reglamento, que rige el proceso por su fecha de convocatoria.
Lectura con inteligencia artificial propietaria de Notifacto (28 sept de 2026). Puede contener errores: verifica cada dato en el original.
El documento modifica el pliego y elimina o debilita requisitos que servían para verificar a los oferentes: Se amplía la evidencia admitida y se debilita la exigencia de respaldar la experiencia con contratos notariados.; Se reducen los mínimos de solvencia y liquidez y se eleva el límite de endeudamiento; el filtro de capacidad financiera se hace menos estricto. La comparación de endeudamiento queda ambigua por los signos consignados.; Se elimina como requisito obligatorio la verificación de soporte de capa tres y de los protocolos especificados..
Qué dice la ley: Ley 47-25, art. 104 · con ChatLeyes
Ley 47-25, artículo 104 — Adendas o enmiendas a los pliegos de condiciones
Artículo 104.- Adendas o enmiendas a los pliegos de condiciones. La institución contratante podrá realizar adendas al pliego de condiciones, cuando resulte necesario adicionar condiciones o especificaciones; o enmiendas, cuando resulte necesario modificar condiciones o especificaciones previstas. Párrafo I.- Las adendas o enmiendas del pliego de condiciones no podrán alterar sustancialmente los términos originales y el objeto del contrato. Párrafo II.- Si la adición o modificación se realiza de manera posterior al setenta y cinco por ciento (75%) del plazo para la recepción de ofertas, deberá extenderse el plazo para presentarlas de manera proporcional a la complejidad del cambio…
La enmienda fija una combinación detallada de velocidades por banda y cantidad y tipo de antenas. Conviene contrastar esa combinación con las alternativas disponibles en el mercado para verificar que la especificación permita competencia efectiva; el documento no establece que sea exclusiva de un fabricante.
“El equipo propuesto debe soportar simultáneamente tanto en las bandas de 2,4 GHz, 5 GHz y 6 GHz, velocidades de 1148 Mbps en la banda 2,4 GHz, 8648 Mbps en la banda 5,0 GHz y 11530 Mbps en la banda 6 GHz. El equipo propuesto debe contar con”
Qué dice la ley: Ley 47-25, art. 91 · con ChatLeyes
Ley 47-25, artículo 91 — Determinación de especificaciones técnicas
Artículo 91.- Determinación de especificaciones técnicas. Las especificaciones técnicas que resulten de los estudios previos deberán garantizar que la descripción del objeto contractual sea objetiva, funcional y genérica, indicando sus características técnicas, de calidad y de funcionamiento, para lo cual deberán tomarse en cuenta las descripciones técnicas de normas avaladas nacional o internacionalmente. Párrafo I.- Las instituciones contratantes no podrán preparar, adoptar o aplicar especificaciones técnicas que tengan como propósito o efecto generar obstáculos innecesarios a la participación. Párrafo II.- No deberán exigirse o mencionarse marcas o nombres comerciales, diseños o modelos,…
La escala asigna puntuaciones a rangos que se superponen: una empresa con menos de cinco años cumple literalmente tanto la condición de menos de diez como la de menos de cinco años. Además, no se especifica la puntuación para exactamente diez años, lo que puede dejar incierta la valoración comparativa.
“Cuando la experiencia de la empresa tiene menos de 10 años de experiencia demostrable en la implementación de proyectos tecnológicos. (incluir contratos, cartas de clientes y/o ordenes de servicios … Cuando la experiencia de la empresa”
Qué dice la ley: Ley 47-25, art. 118 · Reglamento 52-26, art. 116 · con ChatLeyes
Ley 47-25, artículo 118 — Criterios de evaluación
Artículo 118.- Criterios de evaluación. Los criterios de evaluación constituyen las pautas, parámetros o directrices según las cuales la institución contratante valora y selecciona la propuesta más conveniente para la ejecución del contrato. Párrafo I.- Los criterios, deberán estar definidos de manera precisa y objetiva en los pliegos de condiciones. Párrafo II.- Los criterios de evaluación deberán referirse a aspectos vinculados directamente al objeto del contrato, entendidos como aquellos que vayan a incidir en la mejor ejecución contractual.
Reglamento 52-26, artículo 116 — Reglas de valoración o ponderación
Artículo 116.- Reglas de valoración o ponderación. Las instituciones contratantes deben cumplir con las siguientes reglas de valoración o ponderación: 1. El pliego de condiciones debe establecer claramente los aspectos de la propuesta que son valorables bajo el sistema cumple/no cumple. 2. Con relación a los aspectos de la propuesta cuya valoración deba hacerse por puntaje, el pliego de condiciones debe establecer la ponderación porcentual asignada a cada criterio, así como las reglas de valoración o fórmulas matemáticas que deban aplicarse. 3. Ningún criterio puede ser incorporado o modificado durante el proceso de evaluación. 4. Cuando existan criterios de naturaleza con cierto grado de…
Cambios que introduce (8)
Sección
Antes
Después
Efecto
13.2 Documentación técnica; 17.4 Evaluación técnicaAcreditación de experiencia como contratista
La versión previa citada requería acreditar la experiencia mediante órdenes de compra con valor fiscal y los contratos correspondientes debidamente notariados.
Permite demostrar la experiencia acumulada en al menos 500 autobuses con órdenes de compra, facturas con valor fiscal y/o contratos correspondientes debidamente notariados.
RelajaQuita un control: Se amplía la evidencia admitida y se debilita la exigencia de respaldar la experiencia con contratos notariados.
17.3 Metodología y criterios de evaluación financieraUmbrales de solvencia, liquidez y endeudamiento
Solvencia mayor que 2.00; liquidez corriente mayor que 2.00; endeudamiento menor que 1.00.
Solvencia mayor o igual que 1.50; liquidez corriente mayor o igual que 1.00; endeudamiento con límite indicado de 2.00, pero la tabla presenta signos contradictorios para cumple/no cumple.
RelajaQuita un control: Se reducen los mínimos de solvencia y liquidez y se eleva el límite de endeudamiento; el filtro de capacidad financiera se hace menos estricto. La comparación de endeudamiento queda ambigua por los signos consignados.
18.1 Criterios de evaluación técnicaPonderación de criterios
Plan de trabajo y cronograma: 10 puntos; experiencia de empresa y fabricante: 20; evaluación del software: 35; mantenimiento y soporte: 5. Total: 70; mínimo: 60.
Plan de trabajo y cronograma: 5 puntos; experiencia de empresa y fabricante: 20; evaluación del software: 35; mantenimiento y soporte: 5; programa de capacitación: 5. Total: 70; mínimo: 60.
Neutral
22.2 Experiencia de la empresa y consultoresPuntuación de experiencia empresarial y del personal
La tabla citada asignaba 20 puntos máximos a experiencia de empresa y consultores, con una condición excluyente de más de 10 años de experiencia empresarial.
Divide la puntuación en 15 puntos para experiencia de la empresa y 5 para experiencia del director de proyecto con certificación PMP; establece bandas según años de experiencia.
Neutral
Anexo 1, numeral 4.3.1Servidor de backup
Incluía dos discos SSD de 480 GB, fuentes redundantes, no virtualizado y garantía de fábrica con soporte técnico y actualización de firmware por 24 meses.
Añade licenciamiento de backup para un mínimo de 20 máquinas virtuales y/o servidores físicos por tres años; conserva la garantía de fábrica por 24 meses.
Fuente: Dirección General de Contrataciones Públicas y Portal Transaccional, con copia guardada por Notifacto. Las señales se detectan con inteligencia artificial propietaria de Notifacto: son motivos para mirar, no acusaciones, y pueden contener errores. La ley de cada señal, con ChatLeyes. Cómo funciona
Anexo 1, numeral 4.5.5, Switch de AccesoProtocolos de capa tres
Exigía soporte de capa tres con un mínimo de OSPF, RIP, VRRP y BGP.
La capacidad de soportar capa tres pasa a ser opcional.
RelajaQuita un control: Se elimina como requisito obligatorio la verificación de soporte de capa tres y de los protocolos especificados.
Anexo 1, numeral 4.5.5, Punto de Acceso InalámbricoCambio de WIFI6 a WIFI7 y actualización de especificaciones
Solicitaba dos puntos de acceso WIFI6, con un puerto 5GE RJ45 y un puerto 1/10 GE SFP+, soporte para bandas de 2,4 y 5 GHz y licencia por dos años.
Solicita dos puntos de acceso WIFI7, con dos puertos 1/2.5/5/10GE RJ45, bandas de 2,4, 5 y 6 GHz, velocidades y configuración específicas de antenas, y licencia por dos años.
Endurece
Anexo 1, numerales 4.5.6 y 4.5.7Adecuación civil y eléctrica, instalación y personal técnico
El documento no cita en estas secciones los nuevos alcances detallados de adecuación civil, eléctrica, instalación, comisionamiento y personal requerido.
Añade adecuación de áreas y alimentación eléctrica, diseño e instalación para 500 autobuses, montaje e integración de equipos, certificación de todos los puntos de red y requisitos de personal técnico.