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Pliego

PLIEGO PLATAFORMA TECNOLOGICA AUTOBUSES.pdf

SUMINISTRO E IMPLEMENTACION DE PLATAFORMA PARA GESTION DE AUTOBUSES DE TRANSPORTE URBANO DE LA OPERADORA METROPOLITANA DE SERVICIOS DE AUTOBUSES OMSA. · Operadora Metropolitana de Servicios de Autobuses S.A.

Publicado el 28 jul de 202659 páginas

Original en el Portal Transaccional Ver el proceso OMSA S.A.-CCC-LPN-2026-0007

Lo que dice

El pliego de la licitación pública nacional OMSA S.A.-CCC-LPN-2026-0007, fechado en julio de 2026, establece un valor referencial de RD$602,500,000.00 para suministrar e implementar una plataforma de gestión de autobuses. Fija un plazo de implementación de hasta doce meses y un cronograma que prevé la presentación de ofertas el 10 de septiembre de 2026 y la adjudicación el 16 de octubre de 2026. También establece requisitos de habilitación, evaluación técnica y económica, garantías y condiciones de pago.

Leído a la luz de la Ley 47-25 y su reglamento, que rige el proceso por su fecha de convocatoria.

Lectura con inteligencia artificial propietaria de Notifacto (28 sept de 2026). Puede contener errores: verifica cada dato en el original.

Señales de este documento (7)

A revisarHallazgo en documentos

Plazo de defensa de tres días en la debida diligencia

Documento del 28 jul 2026 · hace 2 meses

Para ciertos indicios detectados en la debida diligencia, el pliego otorga tres días hábiles para responder y contempla la descalificación si el oferente no logra desvirtuarlos. El Reglamento fija cinco días hábiles para presentar alegatos en el procedimiento de exclusión por prácticas prohibidas; conviene verificar cómo se aplicaría el plazo menor y si se preserva la audiencia correspondiente.

“Además, le otorgará un plazo de tres (3) días hábiles para que el oferente presente, también por escrito, sus argumentos y evidencias que demuestren que no existe lo alegado. … Si el oferente no presenta sus argumentos dentro del plazo esti”
Qué dice la ley: Ley 47-25, art. 116 · Reglamento 52-26, art. 110 · con ChatLeyes

Ley 47-25, artículo 116 — Exclusión de oferentes por prácticas prohibidas

Artículo 116.- Exclusión de oferentes por prácticas prohibidas. Los oferentes, en cualquier fase del procedimiento de selección, podrán ser excluidos cuando se compruebe que han incurrido en algunas de las prácticas prohibidas siguientes: 1) Cuando el o los oferentes se encuentre en el régimen de inhabilidades previsto en la presente ley o haya intentado eludirlo a través de maniobras; 2) Cuando el o los oferentes haya desarrollado prácticas o actuaciones tendentes a influenciar a las autoridades de la institución contratante, a fin de ser beneficiado directa o indirectamente; 3) Cuando el o los oferentes hayan ejercido actos o acuerdos nominados y sancionados por la ley sobre defensa de la…

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Reglamento 52-26, artículo 110 — Exclusión de oferentes por prácticas prohibidas

Artículo 110.- Exclusión de oferentes por prácticas prohibidas. La exclusión de oferentes por haber incurrido en alguna de las prácticas prohibidas establecidas en el artículo 116 de la Ley núm. 47-25 debe cumplir con el siguiente procedimiento: 1. El procedimiento puede iniciar de oficio o a requerimiento de cualquier parte interesada o ciudadano; 2. El inicio del procedimiento debe formalizarse mediante acto administrativo motivado y notificado al oferente correspondiente, en el que se detallen las prácticas prohibidas en las que habría incurrido y las pruebas que las sustenten; 3. A partir de la notificación del acto administrativo indicado en el numeral anterior, el oferente tiene un…

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El plazo de pago puede llegar a 60 días hábiles

Documento del 28 jul 2026 · hace 2 meses

El pliego fija pagos entre 30 y 60 días hábiles desde la presentación de las facturas. La Ley establece un máximo de 30 días desde que se genera la condición de pago y se presenta el requerimiento, por lo que el plazo contractual consignado podría extender el tiempo de pago más allá de ese máximo.

“Los pagos se harán vía libramiento en un período entre treinta (30) y sesenta (60) días hábiles contados a partir de que el proveedor remita las facturas del servicio ofrecido.”
Qué dice la ley: Ley 47-25, art. 148 · con ChatLeyes

Ley 47-25, artículo 148 — Pago del precio

Artículo 148.- Pago del precio. El proveedor tendrá derecho al pago del precio convenido por la prestación realizada en los términos previstos por la presente ley, sus reglamentos de aplicación, los pliegos de condiciones y el contrato. Párrafo I.- El pago del precio podrá hacerse de manera total o parcial, con abonos a cuenta, o mediante el pago en cada uno de los vencimientos estipulados cuando se trate de contratos de tracto sucesivo. Párrafo II.- Cuando se haya establecido un anticipo de pago como condición para el inicio de la ejecución del contrato, el proveedor tendrá derecho a no iniciar dicha ejecución hasta que dicho pago sea satisfecho, en todo caso, si no se produce el pago del…

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El criterio de adjudicación se expresa de formas incompatibles

Documento del 28 jul 2026 · hace 2 meses

El pliego afirma que se adjudicará al menor precio y a quien obtenga la mayor calificación total, pero luego define la adjudicación por la mayor puntuación combinada técnica y económica. No queda inequívoco si el menor precio es una condición determinante o si prevalece únicamente el puntaje combinado, lo que puede cambiar el resultado.

“La adjudicación será en favor de aquel oferente que: 1) Haya sido habilitado para la apertura de su oferta económica, 2) Que presente el menor precio, del servicio ofertado 3) Su garantía de seriedad de la oferta cumpla con los requerimient”
Qué dice la ley: Ley 47-25, art. 118 · Ley 47-25, art. 125 · Reglamento 52-26, art. 114 · con ChatLeyes

Ley 47-25, artículo 118 — Criterios de evaluación

Artículo 118.- Criterios de evaluación. Los criterios de evaluación constituyen las pautas, parámetros o directrices según las cuales la institución contratante valora y selecciona la propuesta más conveniente para la ejecución del contrato. Párrafo I.- Los criterios, deberán estar definidos de manera precisa y objetiva en los pliegos de condiciones. Párrafo II.- Los criterios de evaluación deberán referirse a aspectos vinculados directamente al objeto del contrato, entendidos como aquellos que vayan a incidir en la mejor ejecución contractual.

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Ley 47-25, artículo 125 — Adjudicación del contrato

Artículo 125.- Adjudicación del contrato. La adjudicación deberá hacerse en favor del oferente calificado cuya propuesta cumpla con los requisitos establecidos en el pliego de condiciones y sea considerada como la más conveniente, de conformidad con los criterios de adjudicación aplicados.

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Plazo de implementación contradictorio entre secciones

Documento del 28 jul 2026 · hace 2 meses

El pliego establece una ejecución de hasta doce meses, pero en la tabla de evaluación técnica exige que el cronograma permita verificar una implementación en un plazo menor o igual a «noventa (200) días calendario». La discrepancia entre el plazo general y esa exigencia, además de la discordancia entre el número escrito y el numeral, puede afectar la habilitación y la evaluación de las ofertas.

“Todos los bienes incluidos en este proceso deberán ser entregados instalados y puesto en operación en un plazo no mayor de doce (12) meses, contados a partir de la fecha de la certificación del contrato por parte de la Contraloría General d”
Qué dice la ley: Ley 47-25, art. 97 · Reglamento 52-26, art. 101 · con ChatLeyes

Ley 47-25, artículo 97 — Contenido mínimo del pliego de condiciones

Artículo 97.- Contenido mínimo del pliego de condiciones. El pliego de condiciones deberá proporcionar, desde el momento de la convocatoria, toda la información necesaria relacionada con el objeto y el procedimiento de contratación para que el interesado pueda preparar su propuesta deberá incluir, como mínimo, entre otros aspectos, los siguientes: 1) Identificación de la institución contratante; 2) Las características generales y particulares del objeto de la contratación; 3) Indicación de la actividad comercial a la que corresponda el objeto de la contratación; 4) Si la contratación está cubierta por tratados internacionales de libre comercio, o cualquier otro que aplique según la presente…

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Reglamento 52-26, artículo 101 — Coherencia entre especificaciones técnicas, criterios de evaluación y criterios de adjudicación

Artículo 101.- Coherencia entre especificaciones técnicas, criterios de evaluación y criterios de adjudicación. El pliego de condiciones debe asegurar la coherencia entre las especificaciones técnicas o términos de referencia, los requisitos de calificación, los criterios de evaluación y los criterios de adjudicación previstos para el procedimiento de contratación. Párrafo I. Las especificaciones técnicas y los términos de referencia no pueden contener requisitos que no guarden relación directa con el objeto contractual o con su correcta ejecución, ni establecer condiciones que contradigan los criterios de evaluación o adjudicación. Párrafo II. Los criterios de evaluación y adjudicación…

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Contradicciones en la asignación de puntajes técnicos

Documento del 28 jul 2026 · hace 2 meses

El resumen de puntuación asigna 70 puntos a cuatro criterios, pero otra sección agrega un programa de capacitación de hasta 5 puntos sin incluirlo en ese total. Además, el plan de trabajo aparece con un máximo de 10 puntos en el resumen y de 5 en su matriz. Estas diferencias dejan incierta la puntuación aplicable a las ofertas.

“01.- Plan de Trabajo y Cronograma de Ejecución 10 puntos. 02.- Experiencia de la Empresa y Fabricante 20 puntos. 03.- Evaluación presentacion del Software (demostración) 35 puntos. 04.- Plan de Mantenimiento y soporte Técnico 05 puntos. Tot”
Qué dice la ley: Ley 47-25, art. 118 · Reglamento 52-26, art. 116 · con ChatLeyes

Ley 47-25, artículo 118 — Criterios de evaluación

Artículo 118.- Criterios de evaluación. Los criterios de evaluación constituyen las pautas, parámetros o directrices según las cuales la institución contratante valora y selecciona la propuesta más conveniente para la ejecución del contrato. Párrafo I.- Los criterios, deberán estar definidos de manera precisa y objetiva en los pliegos de condiciones. Párrafo II.- Los criterios de evaluación deberán referirse a aspectos vinculados directamente al objeto del contrato, entendidos como aquellos que vayan a incidir en la mejor ejecución contractual.

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Reglamento 52-26, artículo 116 — Reglas de valoración o ponderación

Artículo 116.- Reglas de valoración o ponderación. Las instituciones contratantes deben cumplir con las siguientes reglas de valoración o ponderación: 1. El pliego de condiciones debe establecer claramente los aspectos de la propuesta que son valorables bajo el sistema cumple/no cumple. 2. Con relación a los aspectos de la propuesta cuya valoración deba hacerse por puntaje, el pliego de condiciones debe establecer la ponderación porcentual asignada a cada criterio, así como las reglas de valoración o fórmulas matemáticas que deban aplicarse. 3. Ningún criterio puede ser incorporado o modificado durante el proceso de evaluación. 4. Cuando existan criterios de naturaleza con cierto grado de…

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Reglas incompatibles para presentar ofertas en papel

Documento del 28 jul 2026 · hace 2 meses

Una sección dispone que las ofertas deben presentarse obligatoriamente por vía electrónica y limita el soporte físico a fuerza mayor o imposibilidad técnica validadas por el órgano rector; otra afirma que las ofertas pueden presentarse en papel. La diferencia crea incertidumbre sobre qué oferentes pueden usar esa vía. La Ley contempla presentación electrónica o en soporte físico.

“los(as) oferentes deberán presentar sus propuestas obligatoriamente por vía electrónica a través del Sistema Electrónico de Contrataciones Públicas (SECP). Solo en casos de fuerza mayor o imposibilidad técnica del sistema, debidamente valid”
Qué dice la ley: Ley 47-25, art. 105 · con ChatLeyes

Ley 47-25, artículo 105 — Presentación de propuestas

Artículo 105.- Presentación de propuestas. Los oferentes deberán presentar sus propuestas por vía electrónica, a través del Sistema Electrónico de Contrataciones Públicas, o en soporte físico. Párrafo I.- Deberá garantizarse la confidencialidad de las propuestas hasta el momento de su apertura, en la fecha y hora fijado por el pliego de condiciones. Párrafo II.- Las propuestas presentadas fuera del plazo fijado para su recepción se considerarán irrecibibles. Párrafo III.- Al momento de preparar los documentos que conforman sus propuestas técnicas y económicas, los oferentes deberán hacer constar en sus propuestas cuáles informaciones deben ser consideradas como confidenciales, con la…

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Anticipo y distribución de pagos no quedan conciliados

Documento del 28 jul 2026 · hace 2 meses

El pliego describe un anticipo del 30% para MIPYMES, pero también indica que se destinará el 20% del monto total al anticipo; luego prevé pagos del 75% contra entregas y un 5% final. No aclara cómo se aplican conjuntamente esos porcentajes ni cómo se concilian con la amortización del anticipo, lo que puede generar incertidumbre económica para los oferentes.

“El anticipo que le será otorgado al adjudicatario como parte de las condiciones de pago, previstas en el numeral 11 Sección III, que asciende a un treinta por ciento (30%) del valor total adjudicado si se trata de un oferente certificado co”
Qué dice la ley: Ley 47-25, art. 97 · Ley 47-25, art. 174 · con ChatLeyes

Ley 47-25, artículo 97 — Contenido mínimo del pliego de condiciones

Artículo 97.- Contenido mínimo del pliego de condiciones. El pliego de condiciones deberá proporcionar, desde el momento de la convocatoria, toda la información necesaria relacionada con el objeto y el procedimiento de contratación para que el interesado pueda preparar su propuesta deberá incluir, como mínimo, entre otros aspectos, los siguientes: 1) Identificación de la institución contratante; 2) Las características generales y particulares del objeto de la contratación; 3) Indicación de la actividad comercial a la que corresponda el objeto de la contratación; 4) Si la contratación está cubierta por tratados internacionales de libre comercio, o cualquier otro que aplique según la presente…

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Ley 47-25, artículo 174 — Anticipo de pago a MIPYMES

Artículo 174.- Anticipo de pago a MIPYMES. Las instituciones contratantes deberán otorgar un treinta por ciento (30%) de anticipo con la suscripción del contrato, orden de compra o de servicio correspondiente, en todas las contrataciones con Micro, Pequeñas y Medianas Empresas (MIPYMES), sin necesidad de que sea presentada factura alguna.

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Fuente: Dirección General de Contrataciones Públicas y Portal Transaccional, con copia guardada por Notifacto. Las señales se detectan con inteligencia artificial propietaria de Notifacto: son motivos para mirar, no acusaciones, y pueden contener errores. La ley de cada señal, con ChatLeyes. Cómo funciona

Reglamento 52-26, artículo 114 — Criterios de adjudicación

Artículo 114.- Criterios de adjudicación. Los criterios de adjudicación constituyen las reglas generales a partir de las cuales se entiende una propuesta como la más conveniente. Deben ser establecidos de manera inequívoca en el pliego de condiciones. De conformidad con el contenido de la Ley núm. 47-25, pueden ser los siguientes: 1. Adjudicación basada en menor precio: Según este criterio debe resultar adjudicada la oferta de menor precio económico, de entre aquellas ofertas técnicas que hayan cumplido previamente con todo lo solicitado en el pliego de condiciones. 2. Adjudicación basada en menor costo: Según este criterio debe resultar adjudicada la oferta de menor costo atendiendo al…

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