La Circular núm. 03, fechada el 25 de agosto de 2026, responde una consulta recibida el 15 de julio y modifica los requisitos financieros del pliego. Para cada lote, admite una sola línea de crédito por al menos el 15 % del monto ofertado, bancaria o comercial a elección; también acepta certificados de depósito a plazo fijo o fondos de inversión líquidos pignorados, bloqueados o inmovilizados a favor de CORAAPLATA durante los ocho meses de ejecución. Rechaza como acreditación los balances históricos, estados de cuenta y saldos ordinarios de cuentas corrientes o de ahorros.
Leído a la luz de la Ley 47-25 y su reglamento, que rige el proceso por su fecha de convocatoria.
Lectura con inteligencia artificial propietaria de Notifacto (28 sept de 2026). Puede contener errores: verifica cada dato en el original.
El documento modifica el pliego y elimina o debilita requisitos que servían para verificar a los oferentes: Se elimina la verificación conjunta mediante dos fuentes de crédito distintas; permanece un respaldo mínimo del 15 % mediante una sola línea.; Se sustituye o complementa la comprobación de acceso a crédito por activos financieros inmovilizados; el documento mantiene controles de garantía sobre esos fondos y de vigencia durante la ejecución..
Qué dice la ley: Ley 47-25, art. 104 · con ChatLeyes
Ley 47-25, artículo 104 — Adendas o enmiendas a los pliegos de condiciones
Artículo 104.- Adendas o enmiendas a los pliegos de condiciones. La institución contratante podrá realizar adendas al pliego de condiciones, cuando resulte necesario adicionar condiciones o especificaciones; o enmiendas, cuando resulte necesario modificar condiciones o especificaciones previstas. Párrafo I.- Las adendas o enmiendas del pliego de condiciones no podrán alterar sustancialmente los términos originales y el objeto del contrato. Párrafo II.- Si la adición o modificación se realiza de manera posterior al setenta y cinco por ciento (75%) del plazo para la recepción de ofertas, deberá extenderse el plazo para presentarlas de manera proporcional a la complejidad del cambio…
Numeral 11.1, literal B — Documentación FinancieraPresentación de líneas de crédito
Se exigía presentar conjuntamente una línea de crédito bancaria y una línea de crédito comercial.
Se exige una sola línea de crédito, bancaria regulada o comercial acreditada, a elección del oferente, por al menos el 15 % del monto ofertado para el lote.
RelajaQuita un control: Se elimina la verificación conjunta mediante dos fuentes de crédito distintas; permanece un respaldo mínimo del 15 % mediante una sola línea.
Numeral 11.1, literal B — Documentación FinancieraAlternativas a la línea de crédito
La acreditación se basaba en una línea de crédito del 15 % del monto ofertado para el lote.
Se permiten certificados de depósito a plazo fijo o fondos de inversión líquidos, pignorados, bloqueados o inmovilizados a favor de CORAAPLATA durante los ocho meses de ejecución, como sustitución o complemento parcial o total de la línea.
RelajaQuita un control: Se sustituye o complementa la comprobación de acceso a crédito por activos financieros inmovilizados; el documento mantiene controles de garantía sobre esos fondos y de vigencia durante la ejecución.
Fuente: Dirección General de Contrataciones Públicas y Portal Transaccional, con copia guardada por Notifacto. Las señales se detectan con inteligencia artificial propietaria de Notifacto: son motivos para mirar, no acusaciones, y pueden contener errores. La ley de cada señal, con ChatLeyes. Cómo funciona