El Acta núm. 143-2026, de 2026-08-19, aprueba por unanimidad la Enmienda núm. 1 del proceso ARS SENASA-CCC-PEPS-2026-0001, tras observaciones de monitoreo preventivo de la DGCP. La enmienda hace subsanable la declaración de oferta libre de colusión y ajusta la vigencia de la garantía de fiel cumplimiento; el portal registra el cierre de ofertas el 2026-08-21.
Leído a la luz de la Ley 47-25 y su reglamento, que rige el proceso por su fecha de convocatoria.
Lectura con inteligencia artificial propietaria de Notifacto (28 sept de 2026). Puede contener errores: verifica cada dato en el original.
El documento modifica el pliego y elimina o debilita requisitos que servían para verificar a los oferentes: Garantía de fiel cumplimiento: la vigencia fijada en seis meses podría no cubrir la liquidación del contrato si esta ocurre después y la ejecución no se extiende..
Qué dice la ley: Ley 47-25, art. 104 · con ChatLeyes
Ley 47-25, artículo 104 — Adendas o enmiendas a los pliegos de condiciones
Artículo 104.- Adendas o enmiendas a los pliegos de condiciones. La institución contratante podrá realizar adendas al pliego de condiciones, cuando resulte necesario adicionar condiciones o especificaciones; o enmiendas, cuando resulte necesario modificar condiciones o especificaciones previstas. Párrafo I.- Las adendas o enmiendas del pliego de condiciones no podrán alterar sustancialmente los términos originales y el objeto del contrato. Párrafo II.- Si la adición o modificación se realiza de manera posterior al setenta y cinco por ciento (75%) del plazo para la recepción de ofertas, deberá extenderse el plazo para presentarlas de manera proporcional a la complejidad del cambio…
El portal registra la última enmienda el 2026-08-21, el mismo día del cierre de ofertas; el acta indica que fue aprobada el 2026-08-19, después de cerrarse las consultas el 2026-08-18. Si la modificación se publicó después del 75 % del plazo de recepción, la Ley prevé extenderlo proporcionalmente y permitir nuevas preguntas sobre lo modificado; conviene verificar la fecha efectiva de publicación y si se amplió el plazo.
“Que, en fecha dieciocho (18) de agosto del año dos mil veintiséis (2026), se cerró el periodo establecido en el cronograma de actividades del pliego de condiciones para realizar consultas y aclaraciones por parte de los interesados en el pr”
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Ley 47-25, artículo 104 — Adendas o enmiendas a los pliegos de condiciones
Artículo 104.- Adendas o enmiendas a los pliegos de condiciones. La institución contratante podrá realizar adendas al pliego de condiciones, cuando resulte necesario adicionar condiciones o especificaciones; o enmiendas, cuando resulte necesario modificar condiciones o especificaciones previstas. Párrafo I.- Las adendas o enmiendas del pliego de condiciones no podrán alterar sustancialmente los términos originales y el objeto del contrato. Párrafo II.- Si la adición o modificación se realiza de manera posterior al setenta y cinco por ciento (75%) del plazo para la recepción de ofertas, deberá extenderse el plazo para presentarlas de manera proporcional a la complejidad del cambio…
Requisitos de la oferta económicaDeclaración o certificación de oferta libre de colusión
El requisito estaba establecido como no subsanable.
Se establece expresamente como subsanable.
Relaja
GarantíasVigencia de la garantía de fiel cumplimiento
El acta no especifica el plazo de vigencia previo.
Según el resumen de la Enmienda núm. 1, se fija en seis meses y debe prorrogarse si la ejecución excede el plazo previsto.
RelajaQuita un control: Garantía de fiel cumplimiento: la vigencia fijada en seis meses podría no cubrir la liquidación del contrato si esta ocurre después y la ejecución no se extiende.
Fuente: Dirección General de Contrataciones Públicas y Portal Transaccional, con copia guardada por Notifacto. Las señales se detectan con inteligencia artificial propietaria de Notifacto: son motivos para mirar, no acusaciones, y pueden contener errores. La ley de cada señal, con ChatLeyes. Cómo funciona