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Pliego

Solicitud_Aclaraciones_LPN-2026-0007.pdf

Contratación de institución formadora para impartir el Diplomado en Formación para Dinamizadores y Coordinadores TIC para los docentes de las 18 regionales del país. · Instituto Nacional de Formacion y Capacitacion del Magisterio

Publicado el 19 ago de 2026Fechado el 3 ago de 20263 páginasEn el mensaje «RE: Solicitud de aclaraciones al Pliego de Condiciones Específicas — Ref. INAFOCAM-CCC-LPN-2026-0007»

Original en el Portal Transaccional Ver el proceso INAFOCAM-CCC-LPN-2026-0007

Lo que dice

Solicitud fechada el 4 de agosto de 2026, presentada para el proceso INAFOCAM-CCC-LPN-2026-0007, con trece consultas sobre el pliego. Pregunta, entre otros temas, por las horas del diplomado, la cobertura de sedes, la participación por ítems y la evaluación; no contiene respuestas ni decisiones del Comité.

Leído a la luz de la Ley 47-25 y su reglamento, que rige el proceso por su fecha de convocatoria.

Lectura con inteligencia artificial propietaria de Notifacto (28 sept de 2026). Puede contener errores: verifica cada dato en el original.

Señales de este documento (3)

A revisarHallazgo en documentos

La solicitud identifica dos distribuciones incompatibles de las horas

Documento del 19 ago 2026 · hace 2 meses

La solicitante señala que el pliego describiría las 100 horas con distribuciones distintas, una con horas presenciales y otra sin ese componente. La inconsistencia puede afectar la preparación comparable de propuestas y sus costos; documentos posteriores resumen una respuesta que confirma la distribución 20/30/50, por lo que conviene verificar cómo quedó aclarada en el expediente.

“Existe una discrepancia en la distribución de las 100 horas del diplomado: el numeral 3.5.1 establece 20 horas presenciales, 30 sincrónicas y 50 asincrónicas (consistente con los módulos del numeral 3.5), mientras que el numeral 3.8.2 refie” (pág. 3)
Qué dice la ley: Reglamento 52-26, art. 101 · Ley 47-25, art. 97 · con ChatLeyes

Reglamento 52-26, artículo 101 — Coherencia entre especificaciones técnicas, criterios de evaluación y criterios de adjudicación

Artículo 101.- Coherencia entre especificaciones técnicas, criterios de evaluación y criterios de adjudicación. El pliego de condiciones debe asegurar la coherencia entre las especificaciones técnicas o términos de referencia, los requisitos de calificación, los criterios de evaluación y los criterios de adjudicación previstos para el procedimiento de contratación. Párrafo I. Las especificaciones técnicas y los términos de referencia no pueden contener requisitos que no guarden relación directa con el objeto contractual o con su correcta ejecución, ni establecer condiciones que contradigan los criterios de evaluación o adjudicación. Párrafo II. Los criterios de evaluación y adjudicación…

Texto oficial completo

Ley 47-25, artículo 97 — Contenido mínimo del pliego de condiciones

Artículo 97.- Contenido mínimo del pliego de condiciones. El pliego de condiciones deberá proporcionar, desde el momento de la convocatoria, toda la información necesaria relacionada con el objeto y el procedimiento de contratación para que el interesado pueda preparar su propuesta deberá incluir, como mínimo, entre otros aspectos, los siguientes: 1) Identificación de la institución contratante; 2) Las características generales y particulares del objeto de la contratación; 3) Indicación de la actividad comercial a la que corresponda el objeto de la contratación; 4) Si la contratación está cubierta por tratados internacionales de libre comercio, o cualquier otro que aplique según la presente…

Texto oficial completoEsta ley en ChatLeyes

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A revisarHallazgo en documentos

La solicitud cuestiona la alineación curricular con el nivel primario

Documento del 19 ago 2026 · hace 2 meses

La solicitante observa que un criterio de evaluación menciona alineación con el nivel primario, aunque el servicio se dirige a dinamizadores y coordinadores TIC que acompañan docentes de todos los niveles. Si el criterio se aplica literalmente sin aclarar su alcance, puede influir en la puntuación y comparabilidad de las propuestas; aquí consta como consulta, no como decisión institucional.

“La Matriz de Evaluación Técnica incluye el criterio “Calidad del diseño curricular y alineación con el nivel primario” y aspectos a verificar como “ABP, STEAM… y transferencia al aula”. Considerando que el diplomado se dirige a dinamizadore” (pág. 3)
Qué dice la ley: Reglamento 52-26, art. 101 · Ley 47-25, art. 118 · con ChatLeyes

Reglamento 52-26, artículo 101 — Coherencia entre especificaciones técnicas, criterios de evaluación y criterios de adjudicación

Artículo 101.- Coherencia entre especificaciones técnicas, criterios de evaluación y criterios de adjudicación. El pliego de condiciones debe asegurar la coherencia entre las especificaciones técnicas o términos de referencia, los requisitos de calificación, los criterios de evaluación y los criterios de adjudicación previstos para el procedimiento de contratación. Párrafo I. Las especificaciones técnicas y los términos de referencia no pueden contener requisitos que no guarden relación directa con el objeto contractual o con su correcta ejecución, ni establecer condiciones que contradigan los criterios de evaluación o adjudicación. Párrafo II. Los criterios de evaluación y adjudicación…

Texto oficial completo

Ley 47-25, artículo 118 — Criterios de evaluación

Artículo 118.- Criterios de evaluación. Los criterios de evaluación constituyen las pautas, parámetros o directrices según las cuales la institución contratante valora y selecciona la propuesta más conveniente para la ejecución del contrato. Párrafo I.- Los criterios, deberán estar definidos de manera precisa y objetiva en los pliegos de condiciones. Párrafo II.- Los criterios de evaluación deberán referirse a aspectos vinculados directamente al objeto del contrato, entendidos como aquellos que vayan a incidir en la mejor ejecución contractual.

ContextoHallazgo en documentos

Consulta sobre requisito de capacidad o domicilio en cada regional

Documento del 19 ago 2026 · hace 2 meses

La solicitud describe un requisito de capacidad instalada o domicilio físico en la regional y pregunta si pueden acreditarse sedes alquiladas o convenidas. Si la condición exige instalaciones propias en cada zona sin admitir alternativas funcionalmente equivalentes, podría restringir la participación; el documento no establece la respuesta ni la justificación técnica.

“en relación con el numeral 13.2, requisito 6 (capacidad instalada o domicilio físico en la regional, págs. 40–41)” (pág. 1)
Qué dice la ley: Ley 47-25, art. 37 · Ley 47-25, art. 97 · con ChatLeyes

Ley 47-25, artículo 37 — Calificación para contratar

Artículo 37.- Calificación para contratar. La calificación es el mecanismo mediante el cual se determinará que un oferente ha demostrado su capacidad, aptitud, solvencia e idoneidad para asumir una contratación, de conformidad con lo previsto en la presente ley, sus reglamentos de aplicación y los pliegos de condiciones correspondientes; para que los potenciales oferentes sean calificados deberán cumplir con las condiciones siguientes: 1) Poseer las calificaciones profesionales, técnicas y éticas que aseguren su competencia e integridad, los recursos financieros, la fiabilidad, la experiencia y el personal necesario para ejecutar el contrato; 2) Que los fines sociales sean compatibles con…

Texto oficial completoEsta ley en ChatLeyes

Ley 47-25, artículo 97 — Contenido mínimo del pliego de condiciones

Artículo 97.- Contenido mínimo del pliego de condiciones. El pliego de condiciones deberá proporcionar, desde el momento de la convocatoria, toda la información necesaria relacionada con el objeto y el procedimiento de contratación para que el interesado pueda preparar su propuesta deberá incluir, como mínimo, entre otros aspectos, los siguientes: 1) Identificación de la institución contratante; 2) Las características generales y particulares del objeto de la contratación; 3) Indicación de la actividad comercial a la que corresponda el objeto de la contratación; 4) Si la contratación está cubierta por tratados internacionales de libre comercio, o cualquier otro que aplique según la presente…

Otros documentos del proceso (24)

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  • Resoluciones de la DGCPProcesos anulados, suspensiones e inhabilitaciones

Fuente: Dirección General de Contrataciones Públicas y Portal Transaccional, con copia guardada por Notifacto. Las señales se detectan con inteligencia artificial propietaria de Notifacto: son motivos para mirar, no acusaciones, y pueden contener errores. La ley de cada señal, con ChatLeyes. Cómo funciona

Texto oficial completoEsta ley en ChatLeyes

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