Instrucción remite a manual de modalidad distinta
· hace 1 mes
El acta aprueba una licitación pública, pero ordena continuar conforme al Manual General de Procedimientos de Contratación Simplificada. La referencia podría ser un error de plantilla; conviene verificar que la tramitación siga las reglas de la modalidad aprobada.
“ORDENAR a la Unidad Operativa de Contrataciones Públicas del FIDEICOMISO RD VIAL continuar con la instrucción del procedimiento de Licitación Pública, conforme a la normativa aplicable y al Manual General de Procedimientos de Contratación S”
Qué dice la ley: Ley 47-25, art. 95 · Reglamento 52-26, art. 103 · con ChatLeyes
Ley 47-25, artículo 95 — Aprobación del procedimiento de selección y de los pliegos de condiciones
Artículo 95.- Aprobación del procedimiento de selección y de los pliegos de condiciones. Previo a la publicación de la convocatoria, la institución contratante deberá aprobar, mediante acto administrativo, el procedimiento de selección y los pliegos de condiciones que hayan sido elaborados; el cual dará inicio al procedimiento de selección.
Reglamento 52-26, artículo 103 — Aprobación interna del pliego de condiciones
Artículo 103.- Aprobación interna del pliego de condiciones. Previo a la convocatoria del procedimiento de selección de proveedores, el pliego de condiciones debe ser aprobado por el Comité de Contrataciones Públicas debidamente conformado o por el responsable del procedimiento, mediante acto administrativo de la institución contratante, de conformidad con el artículo 95 de la Ley núm. 47-25 y las reglas internas de delegación de competencia que se hayan establecido. Párrafo I. El acto de aprobación debe indicar, como mínimo, el procedimiento de selección de proveedores aprobado, el objeto contractual, el valor referencial y la identificación del pliego de condiciones definitivo que regirá…
Esta relación con la ley es posible gracias a ChatLeyes, el asistente legal con IA de República Dominicana. Pregúntale a ChatLeyes sobre esta norma →