La Enmienda No. I, fechada el 31 de julio de 2026, modifica mediante doce resoluciones el pliego de la licitación MIREX-CCC-LPN-2026-0002. Entre otros cambios, actualiza especificaciones técnicas y criterios de evaluación, regula garantías y anticipo para MIPYMES, y establece fechas de adjudicación para el 22 de septiembre y de suscripción contractual para el 9 de octubre de 2026; no adjudica el proceso.
Leído a la luz de la Ley 47-25 y su reglamento, que rige el proceso por su fecha de convocatoria.
Lectura con inteligencia artificial propietaria de Notifacto (28 sept de 2026). Puede contener errores: verifica cada dato en el original.
La Resolución 3 clasifica varios documentos técnicos como subsanables, mientras que la Resolución 12 indica que todos los documentos técnicos son habilitantes, obligatorios y deben cumplirse totalmente, sin aclarar cómo se armonizan ambas reglas. La diferencia puede afectar la evaluación de habilitación y requiere comprobar cómo se aplicó a las ofertas.
“Información del personal propuesto (certificaciones y/o currículum) en donde se verifique que cuenta con la experiencia para realizar los servicios solicitados. | Subsanable … En la metodología de Evaluación, todos los documentos referidos ”
Qué dice la ley: Reglamento 52-26, art. 101 · Ley 47-25, art. 112 · con ChatLeyes
Reglamento 52-26, artículo 101 — Coherencia entre especificaciones técnicas, criterios de evaluación y criterios de adjudicación
Artículo 101.- Coherencia entre especificaciones técnicas, criterios de evaluación y criterios de adjudicación. El pliego de condiciones debe asegurar la coherencia entre las especificaciones técnicas o términos de referencia, los requisitos de calificación, los criterios de evaluación y los criterios de adjudicación previstos para el procedimiento de contratación. Párrafo I. Las especificaciones técnicas y los términos de referencia no pueden contener requisitos que no guarden relación directa con el objeto contractual o con su correcta ejecución, ni establecer condiciones que contradigan los criterios de evaluación o adjudicación. Párrafo II. Los criterios de evaluación y adjudicación…
Ley 47-25, artículo 112 — Subsanación y aclaración de las ofertas
Artículo 112.- Subsanación y aclaración de las ofertas. Todo documento relativos a la acreditación de los requisitos de calificación de los oferentes será subsanable, siempre y cuando los oferentes cumpliesen con el requisito al momento de presentación de la oferta. Párrafo I.- También serán subsanables otros documentos de soporte de la oferta, siempre que no conlleven la modificación de las especificaciones que fueron presentadas en esta. Párrafo II.- La institución contratante podrá solicitar en cualquier momento la aclaración de cualquier documento que, a su juicio, contenga información equívoca, confusa o aparentemente contradictoria, de manera que el oferente pueda explicar su sentido…
Numeral 3.1, compatibilidad y sustitución de equiposSustitución de equipos incompatibles
Redacción anterior del numeral 3.1 no reproducida en el documento.
Si un equipo no soporta la renovación o funcionamiento, el adjudicatario deberá actualizarlo y transferir los servicios sin costo adicional; el equipo TradeUp no debe haber alcanzado EOO y su EOS debe superar siete años.
Endurece
Numeral 7, cronogramaFechas de las etapas
Cronograma anterior no reproducido en el documento.
Fija recepción y apertura de ofertas para el 13 de agosto; adjudicación para el 22 de septiembre; notificación para el 25 de septiembre; firma para el 9 de octubre y publicación contractual para el 13 de octubre de 2026.
Aclara
Numeral 10.1, oferta técnica Sobre ADocumentos y subsanabilidad técnica
Clasificación previa de documentos no reproducida en el documento.
Clasifica como subsanables, entre otros, la información del personal, las certificaciones de socio del producto, las credenciales Fortinet del Lote III, la experiencia mínima de un año y las cartas de soporte; la propuesta técnica queda no subsanable.
Relaja
Numeral 10.2, mantenimiento de oferta y garantía de seriedadVigencia y condiciones de la oferta y garantía
Texto anterior del numeral no reproducido en el documento.
La oferta debe mantenerse hasta la firma prevista para el 9 de octubre; se establece garantía del 1% y se describen condiciones de vigencia, devolución y ejecución, con exención de garantía bancaria para MIPYMES.
Aclara
Numeral 10.2.3, documentos de la oferta económicaFormulario económico y declaración libre de colusión
Requisitos y clasificación de subsanabilidad previos no reproducidos en el documento.
Exige formulario económico firmado, oferta por lote y garantía de seriedad según corresponda; clasifica como subsanable la declaración de oferta libre de colusión y reconoce la exención de garantía de seriedad para MIPYMES.
Relaja
Numeral 11.2, evaluación económicaMetodología y criterio económico por lote
Metodología anterior no reproducida en el documento.
Establece evaluación económica Cumple/No Cumple y adjudicación independiente por lote; el texto combina la referencia a menor precio con la expresión «oferta económica más conveniente».
Fuente: Dirección General de Contrataciones Públicas y Portal Transaccional, con copia guardada por Notifacto. Las señales se detectan con inteligencia artificial propietaria de Notifacto: son motivos para mirar, no acusaciones, y pueden contener errores. La ley de cada señal, con ChatLeyes. Cómo funciona
Sección I, numeral 3, Lote IIIEspecificaciones Fortinet
Especificaciones anteriores del Lote III no reproducidas en el documento.
Detalla licencias, soporte, servicios, capacitaciones y equipos Fortinet; incorpora referencias de producto y números de serie para los equipos objeto de renovación.
Endurece
Numeral 11.1.2, evaluación financieraMetodología y solvencia financiera
Metodología financiera anterior no reproducida en el documento.
Dispone evaluación Cumple/No Cumple; requiere, entre otros documentos, evidencia bancaria o crédito de al menos RD$500,000 y estados financieros auditados de dos años, con solvencia y liquidez iguales o superiores a 1.0.
Endurece
Sección III, numeral 1, suscripción del contratoPlazo contractual
Texto anterior del numeral no reproducido en el documento.
Establece que la suscripción seguirá el cronograma y no excederá diez días hábiles desde la notificación de la adjudicación.
Aclara
Sección III, numeral 14, anticipo y garantía de buen usoAnticipo MIPYME
No se reproduce la redacción anterior del numeral.
Prevé anticipo del 30% para la MIPYME adjudicataria si esta lo elige; el desembolso se fija dentro de los treinta días posteriores a la firma y sujeto a garantía de buen uso.
Relaja
Sección III, numeral 4, supervisor del contratoIdentificación del responsable de supervisión
Responsable contractual anterior no indicado en el documento.
Designa a la Dirección de Tecnología de la Información y Comunicaciones y a Alfredo Alexander De la Rosa Matos como supervisor o representante responsable.
Aclara
Numerales 3 y 11.1.3, especificaciones y evaluación técnicaDocumentación técnica y requisitos del personal
Redacción anterior de los numerales no reproducida en el documento.
Define evaluación técnica Cumple/No Cumple y declara habilitantes y obligatorios los documentos técnicos. Incluye dos descripciones del perfil Fortinet del Lote III con listas de certificaciones diferentes.