La Circular núm. 01, fechada el 31 de julio de 2026, responde consultas sobre la licitación MIREX-CCC-LPN-2026-0002. Aclara que la renovación y el licenciamiento cubrirán doce meses, que para FortiManager se requieren cuatro unidades de upgrade y que los equipos propuestos para trade-up deben cumplir condiciones de fin de pedido y soporte. También confirma requisitos de partnership y vinculación laboral, y consigna que el comité estaba en transición de integración, aunque afirma haber decidido con el quórum requerido.
Leído a la luz de la Ley 47-25 y su reglamento, que rige el proceso por su fecha de convocatoria.
Lectura con inteligencia artificial propietaria de Notifacto (28 sept de 2026). Puede contener errores: verifica cada dato en el original.
Además de contestar las consultas, la circular remite a una relación de números de serie individualizados de equipos Fortinet del MIREX. Esta circular añade la divulgación de identificadores de equipos; conviene verificar si su publicación era necesaria y si correspondía limitar su exposición por razones de seguridad de la información.
“Los seriales de los equipos se encuentran contenidos en el Acápite 3: Descripción de los servicios requeridos, del Lote III: Renovación de licencias de equipos Fortinet, específicamente en las páginas cinco (5) a la nueve (9) del Pliego de ”
Ante la consulta sobre abrir los precios de las licencias Kaspersky a todos los oferentes, la respuesta indica que depende de las políticas comerciales del fabricante, pero no precisa si todos acceden a condiciones y precios comparables. Conviene verificar si esa dependencia produjo diferencias de acceso relevantes para formular las ofertas.
“Una vez verificada su solicitud, hacemos de su conocimiento que esa apertura de precios está sujeta a las políticas comerciales del fabricante, no de este ministerio.”
Qué dice la ley: Ley 47-25, art. 4 · con ChatLeyes
Ley 47-25, artículo 4 — Principios
Artículo 4.- Principios. Las contrataciones públicas sujetas a la aplicación de la presente ley se regirán por los principios siguientes: 1) Principio de economía y flexibilidad. Las normas establecerán reglas claras y objetivas para asegurar la selección de la propuesta evaluada más conveniente técnica y económicamente; además, se contemplarán regulaciones que contribuyan a una mayor economía en la preparación de las propuestas y de los contratos. 2) Principio de eficiencia: Se seleccionará la oferta que más convenga a la satisfacción del interés general y el cumplimiento de los fines y cometidos de la administración, tomando en cuenta criterios de inclusión y desarrollo sostenible. Las…
Fuente: Dirección General de Contrataciones Públicas y Portal Transaccional, con copia guardada por Notifacto. Las señales se detectan con inteligencia artificial propietaria de Notifacto: son motivos para mirar, no acusaciones, y pueden contener errores. La ley de cada señal, con ChatLeyes. Cómo funciona