El informe definitivo, fechado el 7 de agosto de 2026, recomienda habilitar a Viasan, Vigando, Byotransfalto Hac y Constructora Olivop para la apertura de sus ofertas económicas, y no habilitar a otros oferentes por incumplimientos o falta de subsanación. No adjudica ni evalúa las ofertas económicas. La clasificación final de Olivop es contradictoria: aparece como «No Habilitado» en la tabla y como recomendado para habilitación en la decisión.
Leído a la luz de la Ley 47-25 y su reglamento, que rige el proceso por su fecha de convocatoria.
Lectura con inteligencia artificial propietaria de Notifacto (28 sept de 2026). Puede contener errores: verifica cada dato en el original.
La tabla definitiva registra a Olivop como «No Habilitado», aunque indica que supera la evaluación técnica y la recomendación final propone habilitarla. La discrepancia deja incierto si debe pasar a la apertura económica.
“No habilitado … superaron la evaluación técnica … Habilitar a los oferentes Constructora Viasan €: Asociados, SRL, Constructora Vigando, SRL, Byotransfalto Hac, SRL, Constructora Olivop, SRL para la apertura de su”
Qué dice la ley: Reglamento 52-26, art. 120 · Ley 47-25, art. 24 · con ChatLeyes
Reglamento 52-26, artículo 120 — Revisión y aprobación del informe de evaluación de ofertas técnicas
Artículo 120.- Revisión y aprobación del informe de evaluación de ofertas técnicas. El Comité de Contrataciones Públicas o el responsable del procedimiento, según corresponda, debe revisar y, si procede, aprobar el informe definitivo de evaluación de ofertas técnicas mediante un acto administrativo debidamente motivado. Párrafo. El acto debe indicar los oferentes habilitados y los oferentes no habilitados a la fase de evaluación de la oferta económica o apertura del sobre B.
Ley 47-25, artículo 24 — Racionalidad y motivación de las actuaciones administrativas
Artículo 24.- Racionalidad y motivación de las actuaciones administrativas. La administración, en los procedimientos de contratación previstos en la presente ley y sus reglamentos de aplicación, siempre fundamentará su actuación en las motivaciones y argumentaciones correspondientes.
La tabla de participantes asigna el RPE 48704 tanto a Refamar como a Construcleaner, aunque consigna RNC distintos. Puede ser un error de transcripción u OCR, pero conviene verificar la identificación y el registro de cada oferente antes de mantener esos resultados.
Qué dice la ley: Ley 47-25, art. 41 · con ChatLeyes
Ley 47-25, artículo 41 — Deberes de los interesados en participar como oferentes
Artículo 41.- Deberes de los interesados en participar como oferentes. Las personas físicas o jurídicas interesadas en participar como oferentes en los procedimientos de contratación previstos en la presente ley deberán estar inscritas en el Registro de Proveedor del Estado, administrado y operado por la Dirección General de Contrataciones Públicas. Párrafo I.- Los reglamentos de aplicación de la presente ley determinarán los requisitos y el procedimiento de inscripción como proveedor del Estado, indicando la documentación requerida para acreditar la capacidad jurídica, la actividad económica del interesado, el cumplimiento de las obligaciones fiscales, laborales y de la seguridad social,…
El informe identifica a Gianna Michelle Pimentel entre las personas sustituidas por Jeffrie Abel Espinal Duran, pero también la incluye como perito técnico y firmante. La discrepancia requiere verificar quién participó y bajo qué designación en la evaluación.
“Jeffrie Abel Espinal Duran, Encargado del Departamento de Diseño Sanitario e Hidráulico del Viceministerio de Construcción, Dirección Técnica en sustitución de Julissa de la Rosa y Gianna Michelle Pimentel … Gianna Michelle Pimentel … Perit”
Qué dice la ley: Ley 47-25, art. 90 · Reglamento 52-26, art. 91 · con ChatLeyes
Ley 47-25, artículo 90 — Designación de peritos
Artículo 90.- Designación de peritos. Para cada procedimiento de contratación, la institución contratante deberá designar los peritos que participarán en la elaboración de las especificaciones técnicas y la evaluación de las propuestas. Párrafo I.- Con excepción del procedimiento de contratación menor, deberán designarse un mínimo de tres (3) peritos: uno (1} legal, uno (1) financiero y uno (1) técnico, procurando siempre que el número total de peritos sea impar. Párrafo II.- Los reglamentos de aplicación a de la presente ley, las normas, instructivos y políticas adoptadas por la Dirección General de Contrataciones Públicas, regulará los mecanismos de designación de peritos asegurando la…
Reglamento 52-26, artículo 91 — Formalización de designación y duración de funciones
Artículo 91.- Formalización de designación y duración de funciones. La designación de los peritos debe constar mediante acto administrativo motivado emitido por el Comité de Contrataciones Públicas. Dicho acto debe indicar: 1. Nombres, cargos y perfiles de los peritos designados; 2. Funciones específicas asignadas a cada uno; 3. Declaración de ausencia de conflictos de interés. Párrafo I. En los procedimientos de contratación directa sujeta a umbral y de contratación menor, los peritos son designados por la Dirección Administrativa y Financiera. La designación debe hacerse constar en un acta simple de inicio de procedimiento. Párrafo II. La designación de peritos tiene validez únicamente…
Según el portal, Viasan y Vigando ofertaron RD$42,525,273 cada una; el informe recomienda habilitar a ambas para abrir el Sobre B. El empate potencial hace pertinente verificar la aplicación del mecanismo de desempate previsto en el pliego; otros dos oferentes con ese monto no fueron habilitados.
Qué dice la ley: Reglamento 52-26, art. 117 · con ChatLeyes
Reglamento 52-26, artículo 117 — Desempate de ofertas
Artículo 117.- Desempate de ofertas. El pliego de condiciones debe determinar cómo se decide la adjudicación en caso de igualdad en la calificación final, ya sea por igualdad de precios, por igualdad de costo o por igualdad de puntaje, aplicando alguno de estos criterios: 1. Preferencia a la oferta que haya incluido la contratación de personas con discapacidad. 2. Preferencia a la oferta que presente un plan empresarial de responsabilidad para la protección del medioambiente en su cadena de producción. 3. Preferencia de oferta en la cual se proponga el compromiso de subcontratar a una empresa clasificada como MIPYME, MIPYME mujer, MIPYME industrial u otros sectores priorizados. Párrafo. El…
Constructora Viasan & Asociados, SRLEl informe recomienda habilitarla para la apertura del Sobre B; obtuvo 60 puntos y figura como cumplidora en elegibilidad, capacidad financiera y técnica.
Habilitado
Único
RD$42,525,273
Constructora Vigando, SRLEl informe recomienda habilitarla para la apertura del Sobre B; obtuvo 60 puntos y figura como cumplidora en elegibilidad, capacidad financiera y técnica.
Habilitado
Único
RD$42,525,273
Constructora Segura Vicente (CONSEVISA), SRLEl informe la clasifica como no habilitada desde la evaluación preliminar; consigna incumplimientos de elegibilidad, capacidad financiera y documentación técnica, con 26 puntos.
No habilitado
Único
RD$42,525,273
Constructora Satler, SRLNo subsanó los documentos requeridos mediante la Circular núm. 03; el informe consigna incumplimientos legales y financieros, aunque registra 68 puntos técnicos.
No habilitado
Único
RD$42,525,305
Refamar Ingeniería y Construcciones, SRLNo subsanó los documentos requeridos mediante la Circular núm. 04; obtuvo 45 puntos y no cumplió los requisitos legales, financieros y técnicos indicados.
No habilitado
Único
RD$42,481,158
Construcleaner, SRLNo subsanó los documentos requeridos mediante la Circular núm. 05; obtuvo 55 puntos, por debajo del mínimo de 56.
No habilitado
Único
RD$42,525,273
Cuevas Nin Constructora, SRLEl informe la clasifica como no habilitada desde la evaluación preliminar; obtuvo 41 puntos y sus certificaciones de experiencia no alcanzaron la magnitud requerida.
Fuente: Dirección General de Contrataciones Públicas y Portal Transaccional, con copia guardada por Notifacto. Las señales se detectan con inteligencia artificial propietaria de Notifacto: son motivos para mirar, no acusaciones, y pueden contener errores. La ley de cada señal, con ChatLeyes. Cómo funciona
Luamci Company, SRLEl informe la clasifica como no habilitada desde la evaluación preliminar por incumplimientos legales, financieros y técnicos; obtuvo 38 puntos.
No habilitado
Único
—
Ingeniería Rinez ING-Rinez, SRLEl informe la clasifica como no habilitada desde la evaluación preliminar; obtuvo 31 puntos y sus certificaciones de experiencia no alcanzaron la magnitud requerida.
No habilitado
Único
—
PS Constructora, SRLEl informe la clasifica como no habilitada desde la evaluación preliminar por un índice de endeudamiento de 7.09 frente al máximo indicado de 1.50, pese a registrar 62.5 puntos.
No habilitado
Único
—
Premium Business Service, SRLNo subsanó los documentos requeridos mediante la Circular núm. 07; obtuvo 59 puntos, pero el informe registra incumplimientos financieros.
Byotransfalto Hac, SRLEl informe recomienda habilitarla para la apertura del Sobre B; obtuvo 60 puntos y figura como cumplidora en elegibilidad, capacidad financiera y técnica.
Habilitado
Único
—
Constructora Olivop, SRLLa recomendación final la incluye entre los habilitados y obtuvo 59 puntos; sin embargo, la tabla consolidada la marca «No Habilitado».