Verificaciones del terreno figuran como pendientes en el estudio previo
· hace 2 meses
El informe indica que todavía es necesario incorporar, según disponibilidad documental, información sobre la situación jurídica y el gravamen del terreno, además de estudios de suelo, topografía y riesgos. Esto amerita verificar que esas evaluaciones y la disponibilidad del sitio estén resueltas antes de ejecutar la obra; el documento no permite determinar si constan en otros documentos del expediente.
“Para completar este apartado del informe será necesario incorporar, según disponibilidad documental, la georreferenciación del inmueble, plano o croquis de ubicación, linderos, situación jurídica del terreno, certificación de no gravamen, e”
Qué dice la ley: Reglamento 52-26, art. 86 · con ChatLeyes
Reglamento 52-26, artículo 86 — Estudios técnicos y de ingeniería en contratos de obra
Artículo 86.- Estudios técnicos y de ingeniería en contratos de obra. En los casos de contratos de obra pública, los estudios previos deben incluir, además de los aspectos establecidos en el artículo 87 de la Ley núm. 47-25: 1. Proyecto de ingeniería de detalle, con planos definitivos, especificaciones técnicas, memorias de cálculo y presupuesto desagregado; 2. Estudios de prefactibilidad y factibilidad, según la magnitud y complejidad de la obra; 3. Estudio de impacto ambiental, conforme a la normativa ambiental vigente, incluyendo medidas de mitigación y compensación; 4. Análisis de suelos, topografía, geotecnia, clima y accesibilidad, según corresponda; 5. Estimación del cronograma…
Esta relación con la ley es posible gracias a ChatLeyes, el asistente legal con IA de República Dominicana. Pregúntale a ChatLeyes sobre esta norma →