Certificación presupuestaria por solo el 2% del estimado
· hace 2 meses
La resolución consigna una certificación de RD$1,186,514.88, equivalente al 2% del costo estimado de RD$59,325,743.91, y prevé completar reservas en años subsiguientes. El artículo 93 establece que la certificación previa debe hacer constar el monto total del egreso previsto; el documento no identifica una excepción por emergencia o seguridad nacional.
“VISTO: El certificado de apropiación presupuestaria Núm. EG1783953068923xM5YM, de fecha trece (13) del mes de julio del año dos mil veintiséis (2026), por un monto de Un millón Ciento Ochenta y Seis Mil Quinientos Catorce Pesos Dominicanos ”
Qué dice la ley: Ley 47-25, art. 93 · con ChatLeyes
Ley 47-25, artículo 93 — Disponibilidad de apropiación presupuestaria
Artículo 93.- Disponibilidad de apropiación presupuestaria. Las instituciones contratantes, previo al inicio de un procedimiento de contratación de obras, bienes o servicios, se proveerán de una certificación de apropiación presupuestaria en la que se haga constar el monto total del egreso previsto para la contratación de que se trate. Párrafo I.- La certificación será publicada junto a la convocatoria en el Sistema Electrónico de las Contrataciones Pública. Párrafo II.- La violación a lo dispuesto en este artículo conllevará la nulidad de pleno derecho del procedimiento de contratación, salvo para los casos en que la presente ley y sus reglamentos de aplicación prevean excepciones. Párrafo…
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