Publicado el 21 jul de 2026Fechado el 20 jul de 2026131 páginasEn el mensaje «Notificación de Habilitación Apertura de Sobre B e Informe Final de Evaluación»
El informe definitivo de evaluación técnica, fechado el 21 de julio de 2026, registra como habilitados a Kepher, S.R.L. y a Mario José Hurtado Imbert; y como no habilitados a Ingeniería y Construcciones Civiles INCO, Madison Construcciones y Fersen Ingeniería. La evaluación atribuye las exclusiones a incumplimientos documentales, financieros o técnicos y contiene referencias normativas y umbrales financieros que ameritan verificación.
Leído a la luz de la Ley 47-25 y su reglamento, que rige el proceso por su fecha de convocatoria.
Lectura con inteligencia artificial propietaria de Notifacto (28 sept de 2026). Puede contener errores: verifica cada dato en el original.
El informe aplica requisitos acumulativos de experiencia —incluidos trabajos de demolición de hormigón armado de al menos 1,000 m³ y movimiento de tierra de al menos 5,000 m² o 2,000 m³— junto con una lista extensa de equipos. Como solo dos de los cinco participantes quedaron habilitados, procede revisar la proporcionalidad de esos requisitos respecto del objeto y su efecto sobre la concurrencia.
“Demostración de experiencia en trabajo de demolición de estructura de hormigón armado mínimo 1,000.00 m3. | Formulario Experiencia como contratista (SNCC.D.049). (No Subsanable) 1. Copias de contratos incluidos los montos. (Subsanable). 2. ”
Qué dice la ley: Ley 47-25, art. 37 · Ley 47-25, art. 97 · con ChatLeyes
Ley 47-25, artículo 37 — Calificación para contratar
Artículo 37.- Calificación para contratar. La calificación es el mecanismo mediante el cual se determinará que un oferente ha demostrado su capacidad, aptitud, solvencia e idoneidad para asumir una contratación, de conformidad con lo previsto en la presente ley, sus reglamentos de aplicación y los pliegos de condiciones correspondientes; para que los potenciales oferentes sean calificados deberán cumplir con las condiciones siguientes: 1) Poseer las calificaciones profesionales, técnicas y éticas que aseguren su competencia e integridad, los recursos financieros, la fiabilidad, la experiencia y el personal necesario para ejecutar el contrato; 2) Que los fines sociales sean compatibles con…
Ley 47-25, artículo 97 — Contenido mínimo del pliego de condiciones
Artículo 97.- Contenido mínimo del pliego de condiciones. El pliego de condiciones deberá proporcionar, desde el momento de la convocatoria, toda la información necesaria relacionada con el objeto y el procedimiento de contratación para que el interesado pueda preparar su propuesta deberá incluir, como mínimo, entre otros aspectos, los siguientes: 1) Identificación de la institución contratante; 2) Las características generales y particulares del objeto de la contratación; 3) Indicación de la actividad comercial a la que corresponda el objeto de la contratación; 4) Si la contratación está cubierta por tratados internacionales de libre comercio, o cualquier otro que aplique según la presente…
El informe registra como cumplida una declaración jurada referida a prohibiciones de la Ley 340-06, aunque el proceso convocado en 2026 se rige por la Ley 47-25, que contiene el régimen vigente de inhabilidades y prohibiciones. Conviene verificar que la declaración aceptada cubriera efectivamente los supuestos actuales.
“13. Declaración jurada simple (no requiere firma de notario público) del oferente manifestando que no se encuentra dentro de las prohibiciones en el artículo 8 numeral 3 y artículo 14 de la Ley núm. 340-06 y sus modificaciones. Subsanable.”
Qué dice la ley: Ley 47-25, art. 38 · Ley 47-25, art. 39 · con ChatLeyes
Ley 47-25, artículo 38 — Inhabilidades para contratar
Artículo 38.- Inhabilidades para contratar. Se establece, bajo las condiciones y el alcance previsto en este artículo, un régimen de inhabilidades para contratar, el cual puede ser de dos tipos, por un lado absolutas, cuando el impedimento para contratar se extienda a todos los entes, órganos o instituciones, o por otro lado relativas, cuando se limiten a un determinado ente, órgano o institución; en consecuencia, no podrán ser oferentes ni contratar con los entes, los órganos o instituciones referidos en el artículo 2 de la presente ley, ni las personas físicas o jurídicas, en los términos siguientes: 1) Inhabilidades absolutas: a) El presidente y vicepresidente de la República, los…
Artículo 39.- Prohibiciones. Se prohíbe a los exfuncionarios públicos que hayan ocupado los cargos indicados en el numeral 1), literal a) del artículo 38 gestionar o representar intereses privados y particulares ante la institución a la que prestaron sus servicios o ante las instituciones que les sean subordinadas, durante los doce (12) meses siguientes a la fecha de su salida del cargo. Párrafo I.- La prohibición establecida en este artículo es permanente con relación a los asuntos que hayan conocido o decidido en ocasión del ejercicio de sus funciones, en el marco de los procesos de contratación. Párrafo II.- Para el caso de los demás servidores públicos previstos en el artículo 38 de la…
La tabla presenta un límite menor que 1.50, pero también compara con 1.00; luego el informe describe el límite como -1.00. Fersen fue excluida además por solvencia de 1.17 frente a un mínimo de 1.20, por lo que la inconsistencia del endeudamiento no parece por sí sola cambiar el resultado, pero dificulta comprobar la aplicación uniforme del criterio.
“Límite establecido: Menor 1.50 | Menor o igual que > 1.00(Cumple) | Mayor que < 1.00(NoCumple) … Respecto al Índice de Endeudamiento limite requerido por el pliego es -1.00 el resultado obtenido fue de 5.74.”
Qué dice la ley: Ley 47-25, art. 118 · Ley 47-25, art. 37 · con ChatLeyes
Ley 47-25, artículo 118 — Criterios de evaluación
Artículo 118.- Criterios de evaluación. Los criterios de evaluación constituyen las pautas, parámetros o directrices según las cuales la institución contratante valora y selecciona la propuesta más conveniente para la ejecución del contrato. Párrafo I.- Los criterios, deberán estar definidos de manera precisa y objetiva en los pliegos de condiciones. Párrafo II.- Los criterios de evaluación deberán referirse a aspectos vinculados directamente al objeto del contrato, entendidos como aquellos que vayan a incidir en la mejor ejecución contractual.
Ley 47-25, artículo 37 — Calificación para contratar
Artículo 37.- Calificación para contratar. La calificación es el mecanismo mediante el cual se determinará que un oferente ha demostrado su capacidad, aptitud, solvencia e idoneidad para asumir una contratación, de conformidad con lo previsto en la presente ley, sus reglamentos de aplicación y los pliegos de condiciones correspondientes; para que los potenciales oferentes sean calificados deberán cumplir con las condiciones siguientes: 1) Poseer las calificaciones profesionales, técnicas y éticas que aseguren su competencia e integridad, los recursos financieros, la fiabilidad, la experiencia y el personal necesario para ejecutar el contrato; 2) Que los fines sociales sean compatibles con…
Oferentes que registra (5)
3 no habilitado · 2 habilitado
Oferente
Resultado en el acta
Lote o grupo
Monto
Ingeniería y Construcciones Civiles INCO, S.R.L.No subsanó documentación legal, financiera y técnica; entre otros, faltaron estados financieros auditados, documentos de experiencia, pruebas de equipos y credenciales del personal.
No habilitado
—
—
Madison Construcciones, S.R.L.El informe concluye que no acreditó mediante el formulario SNCC.D.049 experiencia de cinco años en el sector construcción.
No habilitado
—
—
Mario José Hurtado ImbertEl informe concluye que cumplió los requerimientos legales, financieros y técnicos.
Habilitado
—
—
Fersen Ingeniería, S.R.L.No cumplió los índices financieros requeridos ni subsanó requisitos de experiencia y documentación técnica.
No habilitado
—
—
Kepher, S.R.L.El informe concluye que cumplió los requerimientos legales, financieros y técnicos.
Fuente: Dirección General de Contrataciones Públicas y Portal Transaccional, con copia guardada por Notifacto. Las señales se detectan con inteligencia artificial propietaria de Notifacto: son motivos para mirar, no acusaciones, y pueden contener errores. La ley de cada señal, con ChatLeyes. Cómo funciona