Clasificación contradictoria de la garantía de seriedad
· hace 2 meses
El informe identifica la garantía como subsanable al describir los documentos exigidos, pero la tabla individual de evaluación la califica como «No Subsanable» y luego recoge que ciertos errores de monto o forma sí pueden subsanarse. Ambas ofertas fueron aceptadas, por lo que el documento no muestra un efecto concreto en el resultado, pero la contradicción merece revisión por la incidencia de la garantía en la evaluación.
“4) Garantía de mantenimiento y seriedad de la oferta. con los requisitos y condiciones establecidos en el numeral 16.2, inciso d) del presente pliego de condiciones (Subsanable). … Garantía de la Seriedad de la Oferta. Correspondiente a Pól”
Qué dice la ley: Ley 47-25, art. 112 · Reglamento 52-26, art. 204 · con ChatLeyes
Ley 47-25, artículo 112 — Subsanación y aclaración de las ofertas
Artículo 112.- Subsanación y aclaración de las ofertas. Todo documento relativos a la acreditación de los requisitos de calificación de los oferentes será subsanable, siempre y cuando los oferentes cumpliesen con el requisito al momento de presentación de la oferta. Párrafo I.- También serán subsanables otros documentos de soporte de la oferta, siempre que no conlleven la modificación de las especificaciones que fueron presentadas en esta. Párrafo II.- La institución contratante podrá solicitar en cualquier momento la aclaración de cualquier documento que, a su juicio, contenga información equívoca, confusa o aparentemente contradictoria, de manera que el oferente pueda explicar su sentido…
Reglamento 52-26, artículo 204 — Subsanación de la garantía de mantenimiento y seriedad de la oferta
Artículo 204.- Subsanación de la garantía de mantenimiento y seriedad de la oferta. Si la garantía de mantenimiento y seriedad de la oferta contiene errores materiales o se encuentra emitida en una moneda distinta a la solicitada, puede requerirse al oferente que realice las correcciones necesarias, siguiendo el procedimiento especificado en el pliego de condiciones, sin que el plazo pueda ser inferior a un (1) día hábil ni superior a cinco (5) días hábiles. Párrafo. La oferta del proponente que no subsane la garantía dentro del plazo establecido podrá ser desestimada sin más trámite.
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