La Circular núm. (1), fechada el 20 de julio de 2026, responde siete consultas del proceso SNS-DAF-CM-2026-0034. Acepta unificar en cinco años la experiencia mínima, admitir cartas de intención para el personal clave, corregir ciertas referencias técnicas, fijar la garantía de seriedad hasta el 23 de septiembre de 2026 y permitir ofertas físicas o virtuales. Sobre la experiencia de tres proyectos, la respuesta contempla modificar el umbral monetario por proyecto, pero no determina cuál sería el nuevo monto.
Leído a la luz de la Ley 47-25 y su reglamento, que rige el proceso por su fecha de convocatoria.
Lectura con inteligencia artificial propietaria de Notifacto (28 sept de 2026). Puede contener errores: verifica cada dato en el original.
La respuesta mantiene tres proyectos, pero solo contempla modificar el monto mínimo de cada uno y no fija el nuevo umbral. Esa indeterminación deja sin precisar un requisito de calificación relevante para que los oferentes conozcan y acrediten la experiencia exigida.
“Por lo que, podemos observar el modificar el “≥ al monto”, manteniendo la cantidad de proyectos de construcción o remodelación de edificaciones en tres (3)”
Qué dice la ley: Ley 47-25, art. 118 · Reglamento 52-26, art. 116 · con ChatLeyes
Ley 47-25, artículo 118 — Criterios de evaluación
Artículo 118.- Criterios de evaluación. Los criterios de evaluación constituyen las pautas, parámetros o directrices según las cuales la institución contratante valora y selecciona la propuesta más conveniente para la ejecución del contrato. Párrafo I.- Los criterios, deberán estar definidos de manera precisa y objetiva en los pliegos de condiciones. Párrafo II.- Los criterios de evaluación deberán referirse a aspectos vinculados directamente al objeto del contrato, entendidos como aquellos que vayan a incidir en la mejor ejecución contractual.
Reglamento 52-26, artículo 116 — Reglas de valoración o ponderación
Artículo 116.- Reglas de valoración o ponderación. Las instituciones contratantes deben cumplir con las siguientes reglas de valoración o ponderación: 1. El pliego de condiciones debe establecer claramente los aspectos de la propuesta que son valorables bajo el sistema cumple/no cumple. 2. Con relación a los aspectos de la propuesta cuya valoración deba hacerse por puntaje, el pliego de condiciones debe establecer la ponderación porcentual asignada a cada criterio, así como las reglas de valoración o fórmulas matemáticas que deban aplicarse. 3. Ningún criterio puede ser incorporado o modificado durante el proceso de evaluación. 4. Cuando existan criterios de naturaleza con cierto grado de…
El documento modifica el pliego y elimina o debilita requisitos que servían para verificar a los oferentes: Reduce de diez a cinco años el período de experiencia exigido para acreditar la trayectoria del oferente.; Reduce el umbral monetario de experiencia que se acredita con proyectos, aunque la circular no precisa el valor que lo sustituye.; Sustituye la comprobación del vínculo laboral y su antigüedad por cartas de intención, compromiso y disponibilidad.; La fecha fija puede acortar la cobertura frente a la vigencia de 180 días consignada en otras partes del pliego..
Qué dice la ley: Ley 47-25, art. 104 · con ChatLeyes
Ley 47-25, artículo 104 — Adendas o enmiendas a los pliegos de condiciones
Artículo 104.- Adendas o enmiendas a los pliegos de condiciones. La institución contratante podrá realizar adendas al pliego de condiciones, cuando resulte necesario adicionar condiciones o especificaciones; o enmiendas, cuando resulte necesario modificar condiciones o especificaciones previstas. Párrafo I.- Las adendas o enmiendas del pliego de condiciones no podrán alterar sustancialmente los términos originales y el objeto del contrato. Párrafo II.- Si la adición o modificación se realiza de manera posterior al setenta y cinco por ciento (75%) del plazo para la recepción de ofertas, deberá extenderse el plazo para presentarlas de manera proporcional a la complejidad del cambio…
Requisitos de calificación — experiencia mínimaAños de experiencia requeridos
El pliego consignaba tanto cinco como diez años de experiencia mínima.
La circular unifica el requisito en cinco años.
RelajaQuita un control: Reduce de diez a cinco años el período de experiencia exigido para acreditar la trayectoria del oferente.
Requisitos de calificación — experiencia en proyectosMonto de los proyectos de experiencia
Se exigían tres proyectos de construcción o remodelación con monto igual o superior al presupuesto del proceso.
La respuesta contempla modificar el umbral monetario, mantiene tres proyectos, pero no indica el nuevo monto.
RelajaQuita un control: Reduce el umbral monetario de experiencia que se acredita con proyectos, aunque la circular no precisa el valor que lo sustituye.
Documentación del personal profesional responsableAcreditación del vínculo del personal clave
Se exigía personal fijo del oferente con al menos seis meses de antigüedad acreditada mediante la TSS.
Se aceptan cartas de intención, compromiso y disponibilidad del personal clave.
RelajaQuita un control: Sustituye la comprobación del vínculo laboral y su antigüedad por cartas de intención, compromiso y disponibilidad.
Documentos técnicos — enfoque y metodologíaReferencias geográficas y de uso
Se mencionaban condiciones climáticas de Santo Domingo y talleres y laboratorios didácticos.
La circular acepta corregir la referencia climática a Santo Domingo y la observación sobre talleres y laboratorios didácticos, sin detallar el texto sustituto.
Aclara
Oferta económica — garantía de seriedadVigencia de la garantía
El pliego consignaba una vigencia hasta el 23 de septiembre de 2026 y también otra de 180 días desde la apertura.
La circular indica que debe tomarse en cuenta la vigencia hasta el 23 de septiembre de 2026.
RelajaQuita un control: La fecha fija puede acortar la cobertura frente a la vigencia de 180 días consignada en otras partes del pliego.
Presentación de ofertasMedio de presentación
El pliego disponía presentación exclusivamente física y excluía ofertas presentadas solo por el SECP.
La circular permite presentar ofertas en formato físico o virtual.
Fuente: Dirección General de Contrataciones Públicas y Portal Transaccional, con copia guardada por Notifacto. Las señales se detectan con inteligencia artificial propietaria de Notifacto: son motivos para mirar, no acusaciones, y pueden contener errores. La ley de cada señal, con ChatLeyes. Cómo funciona