Publicado el 15 jul de 2026Fechado el 7 jul de 202668 páginasEn el mensaje «NOTIFICACION DE ACTA DE ADJUDICACION CP-2026-0007, ACTA DE APROBACION DE INFORME Y INFORRME DEFINITIVO»
El informe definitivo de evaluación económica, fechado el 8 de julio de 2026, presenta seis ofertas y recomienda adjudicar los diez lotes por RD$20,000,000 cada uno, para un total de RD$200,000,000. Registra tres ofertas con precios al menos 10% inferiores al presupuesto base; indica que se aportó documentación de sustentabilidad y las considera conformes. Es una recomendación pericial, no el acto administrativo de adjudicación.
Leído a la luz de la Ley 47-25 y su reglamento, que rige el proceso por su fecha de convocatoria.
Lectura con inteligencia artificial propietaria de Notifacto (28 sept de 2026). Puede contener errores: verifica cada dato en el original.
La tabla de puntuación muestra RD$293,821.28 para Brendy y Laimer y RD$223,643.56 como la oferta más baja, mientras la relación económica del mismo informe registra RD$5,293,821.28 y RD$5,223,643.56, respectivamente; el presupuesto base también aparece como RD$850,699.73 frente a RD$5,850,699.73. Aunque los puntajes y porcentajes parecen corresponder a los montos completos, la tabla no explica la diferencia de RD$5,000,000 y dificulta reproducir la evaluación.
“OFERTA BASE | RD$850,699.73 OFERTA MAS BAJA | RD$223,643.56 ... RD$5,850,699.73 | RD$5,223,643.56”
Qué dice la ley: Reglamento 52-26, art. 118 · Ley 47-25, art. 124 · con ChatLeyes
Reglamento 52-26, artículo 118 — Reglas generales para los informes de evaluación
Artículo 118.- Reglas generales para los informes de evaluación. Los informes elaborados por los peritos evaluadores deben presentarse por escrito, firmados y fechados, y contener al menos los siguientes elementos: 1. Identificación del procedimiento de contratación, número de referencia y objeto del contrato; 2. Nombre y cargo de los peritos participantes; 3. Descripción de la metodología aplicada para la evaluación de las ofertas, asegurando el apego irrestricto a los criterios de evaluación y reglas de valoración establecidos en el pliego de condiciones; 4. Resumen de los aspectos legales, técnicos y económicos analizados; 5. Cuadros comparativos de las puntuaciones asignadas y la…
Ley 47-25, artículo 124 — Informes de los peritos evaluadores
Artículo 124.- Informes de los peritos evaluadores. Los peritos responsables del análisis y evaluación de las ofertas presentadas, tanto en la primera como en la segunda etapa de evaluación, deberán presentar informes motivados en donde se justifiquen los resultados a los que arriben. Párrafo I.- Los informes de los peritos evaluadores deberán contar con una evaluación de los aspectos legales, técnicos y económicos de las propuestas y, en adición, deberán presentarse las recomendaciones para que la autoridad competente, según lo establecido en el artículo 68 de la presente ley, tome una decisión sobre la habilitación, adjudicación, declaratoria de desierto o cancelación del procedimiento de…
En el cuadro del lote 7, Incoprosa y Meregildo aparecen ambos con posición 1, aunque solo Meregildo figura con recomendación de adjudicación. La inconsistencia en la clasificación merece cotejo con la evaluación por lote y el reporte utilizado para sustentar la recomendación.
“6 | Inmobiliaria y Constructora de Proyectos Sánchez & Asoc. Incoprosa, SRL | 91.88 | 6,7,8,9 y 10 | CUMPLE | 1 … 1 | Meregildo De Jesús Martínez Vargas | 100 | 1,2,3,4,5,6 y 7 | CUMPLE | 1 | RECOMENDAMOS A ADJUDICACIÓN”
Qué dice la ley: Reglamento 52-26, art. 118 · con ChatLeyes
Reglamento 52-26, artículo 118 — Reglas generales para los informes de evaluación
Artículo 118.- Reglas generales para los informes de evaluación. Los informes elaborados por los peritos evaluadores deben presentarse por escrito, firmados y fechados, y contener al menos los siguientes elementos: 1. Identificación del procedimiento de contratación, número de referencia y objeto del contrato; 2. Nombre y cargo de los peritos participantes; 3. Descripción de la metodología aplicada para la evaluación de las ofertas, asegurando el apego irrestricto a los criterios de evaluación y reglas de valoración establecidos en el pliego de condiciones; 4. Resumen de los aspectos legales, técnicos y económicos analizados; 5. Cuadros comparativos de las puntuaciones asignadas y la…
Meregildo De Jesús Martínez VargasIncluido entre los habilitados para evaluación económica; recomendado para los lotes 1 y 7. El informe consigna un monto evaluado de RD$5,223,643.56 y documentación de sustentabilidad de precios.
Yart Projects & Design, SRLIncluida entre los habilitados para evaluación económica; recomendada para los lotes 4 y 9. El informe consigna documentación de sustentabilidad de precios.
Habilitado
Lotes 4 y 9 (recomendación)
RD$5,261,950
Miguel López CuevasIncluido entre los habilitados para evaluación económica; recomendado para el lote 3.
Habilitado
Lote 3 (recomendación)
RD$5,268,910
Luis Alberto Matos MedinaIncluido entre los habilitados para evaluación económica; recomendado para el lote 5.
Fuente: Dirección General de Contrataciones Públicas y Portal Transaccional, con copia guardada por Notifacto. Las señales se detectan con inteligencia artificial propietaria de Notifacto: son motivos para mirar, no acusaciones, y pueden contener errores. La ley de cada señal, con ChatLeyes. Cómo funciona
ACTO ADMINISTRATIVO NÚM. CC-2026-0139 DE DESIGNACIÓN DE PERITO.pdf