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Pliego

INAIPI-CCC-CP-2026-0007 PLIEGO DE CONDICIONES ZONA SUR.pdf

REMOZAMIENTO Y ADECUACIÓN DE LOS CENTROS CAIPI Y CAFI DEL INAIPI EN LA ZONA SUR, DIRIGIDO A MIPYMES · Instituto Nacional de Atención Integral a la Primera Infancia

Publicado el 22 may de 202677 páginas

Original en el Portal Transaccional Ver el proceso INAIPI-CCC-CP-2026-0007

Lo que dice

El pliego establece un procedimiento para remozar y adecuar centros CAIPI y CAFI de la Zona Sur, con valor referencial de RD$200,000,000 distribuidos en diez lotes de RD$20,000,000; los lotes 8, 9 y 10 se reservan a MIPYMES Mujer. Fija un plazo de ejecución de hasta 180 días desde la entrega del anticipo y prevé ofertas del 21 de mayo al 1 de junio de 2026. Define evaluaciones técnicas y económicas por puntaje, pero presenta dos mínimos técnicos distintos para pasar a la evaluación económica.

Leído a la luz de la Ley 47-25 y su reglamento, que rige el proceso por su fecha de convocatoria.

Lectura con inteligencia artificial propietaria de Notifacto (28 sept de 2026). Puede contener errores: verifica cada dato en el original.

Señales de este documento (3)

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La fórmula económica suma precios unitarios sin volúmenes definidos

Documento del 22 may 2026 · hace 4 meses

El pliego indica que no se fijan volúmenes de las partidas, pero calcula el puntaje económico sumando los precios de la lista. Como el pago se liquidará por las cantidades efectivamente ejecutadas, esa suma podría no representar el costo comparativo de las necesidades reales y afectar la clasificación de las ofertas.

“En el presente proceso no se contempla el establecimiento de volúmenes específicos de partidas en la etapa de contratación, sino que el oferente debe basar su propuesta en la presentación de PRECIOS UNITARIOS PARA CADA UNA DE LAS PARTIDAS”
Qué dice la ley: Ley 47-25, art. 118 · Ley 47-25, art. 117 · Ley 47-25, art. 87 · con ChatLeyes

Ley 47-25, artículo 118 — Criterios de evaluación

Artículo 118.- Criterios de evaluación. Los criterios de evaluación constituyen las pautas, parámetros o directrices según las cuales la institución contratante valora y selecciona la propuesta más conveniente para la ejecución del contrato. Párrafo I.- Los criterios, deberán estar definidos de manera precisa y objetiva en los pliegos de condiciones. Párrafo II.- Los criterios de evaluación deberán referirse a aspectos vinculados directamente al objeto del contrato, entendidos como aquellos que vayan a incidir en la mejor ejecución contractual.

Texto oficial completoEsta ley en ChatLeyes

Ley 47-25, artículo 117 — Propuesta más conveniente

Artículo 117.- Propuesta más conveniente. La evaluación de las propuestas procurará que la selección recaiga sobre aquella que resulte más conveniente, entendida como la que constituye una mejor relación calidad-costo, menor costo del ciclo de vida o menor precio, según corresponda de acuerdo con los criterios de evaluación establecidos. Párrafo.- Por su naturaleza, en los procedimientos de sorteo de obras el criterio determinante de la selección será el azar.

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Ley 47-25, artículo 87 — Estudios previos

Artículo 87.- Estudios previos. Todo procedimiento de contratación deberá estar sustentado en estudios previos, de conformidad con lo dispuesto por los reglamentos de aplicación de la presente ley y con las regulaciones especiales aplicables al objeto contractual, los que deben determinar, como mínimo, lo siguiente: 1) La necesidad que atender; 2) El costo estimado del bien, obra o servicio a contratar, de tal forma que se establezca el presupuesto estimado de la contratación y se identifique la partida presupuestaria a afectar; 3) La determinación del tipo de contrato a celebrar, describiendo su objeto y las prestaciones que se espera recibir del proveedor; 4) La estimación, tipificación y…

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A revisarHallazgo en documentos

El pliego establece dos mínimos técnicos para habilitar la oferta económica

Documento del 22 may 2026 · hace 4 meses

Una sección fija 60 puntos como mínimo para pasar a la apertura económica y otra establece 50. La diferencia puede cambiar qué oferentes quedan habilitados y debe aclararse cuál umbral rige antes de aplicar la evaluación.

“Nota 1: Queda establecido que, para pasar a la segunda etapa relativo a la apertura y evaluación de ofertas económicas (SOBRE B), los oferentes/proponentes deberán alcanzar un puntaje mínimo de (60) puntos en la evaluación de su oferta”
Qué dice la ley: Ley 47-25, art. 97 · Reglamento 52-26, art. 116 · Reglamento 52-26, art. 118 · con ChatLeyes

Ley 47-25, artículo 97 — Contenido mínimo del pliego de condiciones

Artículo 97.- Contenido mínimo del pliego de condiciones. El pliego de condiciones deberá proporcionar, desde el momento de la convocatoria, toda la información necesaria relacionada con el objeto y el procedimiento de contratación para que el interesado pueda preparar su propuesta deberá incluir, como mínimo, entre otros aspectos, los siguientes: 1) Identificación de la institución contratante; 2) Las características generales y particulares del objeto de la contratación; 3) Indicación de la actividad comercial a la que corresponda el objeto de la contratación; 4) Si la contratación está cubierta por tratados internacionales de libre comercio, o cualquier otro que aplique según la presente…

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Reglamento 52-26, artículo 116 — Reglas de valoración o ponderación

Artículo 116.- Reglas de valoración o ponderación. Las instituciones contratantes deben cumplir con las siguientes reglas de valoración o ponderación: 1. El pliego de condiciones debe establecer claramente los aspectos de la propuesta que son valorables bajo el sistema cumple/no cumple. 2. Con relación a los aspectos de la propuesta cuya valoración deba hacerse por puntaje, el pliego de condiciones debe establecer la ponderación porcentual asignada a cada criterio, así como las reglas de valoración o fórmulas matemáticas que deban aplicarse. 3. Ningún criterio puede ser incorporado o modificado durante el proceso de evaluación. 4. Cuando existan criterios de naturaleza con cierto grado de…

ContextoHallazgo en documentosRD$20 millones

Equipamiento mínimo amplio para un proceso reservado a MIPYMES

Documento del 22 may 2026 · hace 4 meses

El pliego exige un conjunto extenso de equipos, incluidos camiones, minicargador, retro-pala, rodillo y planta eléctrica, con documentación de propiedad o alquiler. Dado que cada lote tiene un valor referencial de RD$20,000,000, conviene verificar que el conjunto exigido sea proporcional a las prestaciones y a la capacidad esperable de los oferentes MIPYMES.

“Equipos mínimos: 1 und - Camioneta sencilla 1 und - Camión Volteo 3 m³ 1 und - Camión Volteo de ≥14 m³ 1 und - Minicargador 1 und - Retro-pala 1 und - Rodillo de mano de 0.5-1.5 ton … 1 und - Hidrolavadora 4,000 psi (gasolina)”
Qué dice la ley: Ley 47-25, art. 37 · Ley 47-25, art. 4 · con ChatLeyes

Ley 47-25, artículo 37 — Calificación para contratar

Artículo 37.- Calificación para contratar. La calificación es el mecanismo mediante el cual se determinará que un oferente ha demostrado su capacidad, aptitud, solvencia e idoneidad para asumir una contratación, de conformidad con lo previsto en la presente ley, sus reglamentos de aplicación y los pliegos de condiciones correspondientes; para que los potenciales oferentes sean calificados deberán cumplir con las condiciones siguientes: 1) Poseer las calificaciones profesionales, técnicas y éticas que aseguren su competencia e integridad, los recursos financieros, la fiabilidad, la experiencia y el personal necesario para ejecutar el contrato; 2) Que los fines sociales sean compatibles con…

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Ley 47-25, artículo 4 — Principios

Artículo 4.- Principios. Las contrataciones públicas sujetas a la aplicación de la presente ley se regirán por los principios siguientes: 1) Principio de economía y flexibilidad. Las normas establecerán reglas claras y objetivas para asegurar la selección de la propuesta evaluada más conveniente técnica y económicamente; además, se contemplarán regulaciones que contribuyan a una mayor economía en la preparación de las propuestas y de los contratos. 2) Principio de eficiencia: Se seleccionará la oferta que más convenga a la satisfacción del interés general y el cumplimiento de los fines y cometidos de la administración, tomando en cuenta criterios de inclusión y desarrollo sostenible. Las…

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Fuente: Dirección General de Contrataciones Públicas y Portal Transaccional, con copia guardada por Notifacto. Las señales se detectan con inteligencia artificial propietaria de Notifacto: son motivos para mirar, no acusaciones, y pueden contener errores. La ley de cada señal, con ChatLeyes. Cómo funciona

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Reglamento 52-26, artículo 118 — Reglas generales para los informes de evaluación

Artículo 118.- Reglas generales para los informes de evaluación. Los informes elaborados por los peritos evaluadores deben presentarse por escrito, firmados y fechados, y contener al menos los siguientes elementos: 1. Identificación del procedimiento de contratación, número de referencia y objeto del contrato; 2. Nombre y cargo de los peritos participantes; 3. Descripción de la metodología aplicada para la evaluación de las ofertas, asegurando el apego irrestricto a los criterios de evaluación y reglas de valoración establecidos en el pliego de condiciones; 4. Resumen de los aspectos legales, técnicos y económicos analizados; 5. Cuadros comparativos de las puntuaciones asignadas y la…

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