El Comité de Contrataciones Públicas del MINERD aprobó por mayoría, mediante Acta núm. 031-2/2026 del 8 de julio de 2026, la Enmienda 2 de la licitación para adquirir licencias de aprendizaje de inglés y soporte, con monto referencial de RD$632,354,000. La enmienda sustituye disposiciones sobre documentos de oferta, metodologías de evaluación, vigencia de las ofertas y garantía de seriedad, y permite evaluar ofertas aunque falte algún documento estandarizado anexo.
Leído a la luz de la Ley 47-25 y su reglamento, que rige el proceso por su fecha de convocatoria.
Lectura con inteligencia artificial propietaria de Notifacto (28 sept de 2026). Puede contener errores: verifica cada dato en el original.
El documento modifica el pliego y elimina o debilita requisitos que servían para verificar a los oferentes: Debilita la exigencia de presentar formularios estandarizados que pueden servir para verificar datos, declaraciones y compromisos de los oferentes..
Qué dice la ley: Ley 47-25, art. 104 · con ChatLeyes
Ley 47-25, artículo 104 — Adendas o enmiendas a los pliegos de condiciones
Artículo 104.- Adendas o enmiendas a los pliegos de condiciones. La institución contratante podrá realizar adendas al pliego de condiciones, cuando resulte necesario adicionar condiciones o especificaciones; o enmiendas, cuando resulte necesario modificar condiciones o especificaciones previstas. Párrafo I.- Las adendas o enmiendas del pliego de condiciones no podrán alterar sustancialmente los términos originales y el objeto del contrato. Párrafo II.- Si la adición o modificación se realiza de manera posterior al setenta y cinco por ciento (75%) del plazo para la recepción de ofertas, deberá extenderse el plazo para presentarlas de manera proporcional a la complejidad del cambio…
La enmienda requiere aportar un contrato u orden de compra con el mismo objeto, junto con certificación de recepción satisfactoria y factura con comprobante fiscal. La exigencia de coincidencia del objeto puede restringir la acreditación de experiencia a antecedentes muy específicos; conviene verificar su proporcionalidad con el servicio contratado y su efecto sobre la concurrencia.
“Presentar una (1) copia de contrato u Orden de compra, con el mismo objeto de contratación acompañado de su certificación de recepción satisfactoria y Factura con Comprobante Fiscal.”
Qué dice la ley: Ley 47-25, art. 37 · Ley 47-25, art. 97 · con ChatLeyes
Ley 47-25, artículo 37 — Calificación para contratar
Artículo 37.- Calificación para contratar. La calificación es el mecanismo mediante el cual se determinará que un oferente ha demostrado su capacidad, aptitud, solvencia e idoneidad para asumir una contratación, de conformidad con lo previsto en la presente ley, sus reglamentos de aplicación y los pliegos de condiciones correspondientes; para que los potenciales oferentes sean calificados deberán cumplir con las condiciones siguientes: 1) Poseer las calificaciones profesionales, técnicas y éticas que aseguren su competencia e integridad, los recursos financieros, la fiabilidad, la experiencia y el personal necesario para ejecutar el contrato; 2) Que los fines sociales sean compatibles con…
Ley 47-25, artículo 97 — Contenido mínimo del pliego de condiciones
Artículo 97.- Contenido mínimo del pliego de condiciones. El pliego de condiciones deberá proporcionar, desde el momento de la convocatoria, toda la información necesaria relacionada con el objeto y el procedimiento de contratación para que el interesado pueda preparar su propuesta deberá incluir, como mínimo, entre otros aspectos, los siguientes: 1) Identificación de la institución contratante; 2) Las características generales y particulares del objeto de la contratación; 3) Indicación de la actividad comercial a la que corresponda el objeto de la contratación; 4) Si la contratación está cubierta por tratados internacionales de libre comercio, o cualquier otro que aplique según la presente…
Cambios que introduce (4)
Sección
Antes
Después
Efecto
Numeral 10.1 — Documentación de la oferta técnica, Sobre ADocumentos legales, financieros y técnicos y sus condiciones de subsanación
El texto anterior del numeral 10.1 no se reproduce en esta acta.
La versión aprobada enumera documentos legales y financieros subsanables, varios requisitos técnicos no subsanables y exige, entre otros, un contrato u orden de compra con el mismo objeto, certificación de recepción satisfactoria y factura con comprobante fiscal.
Aclara
Numeral 12 — Metodología y criterios de evaluación del Sobre AMetodología de evaluación legal, financiera y técnica
El texto anterior de la metodología no se reproduce en esta acta.
Establece evaluación legal y técnica mediante cumple/no cumple; la evaluación financiera incluye indicadores con límites mínimos y documentación de disponibilidad económica.
Aclara
Numeral 11, literales c y d — Mantenimiento de oferta y garantía de seriedadVigencia de oferta y garantía de seriedad
El texto anterior de los literales no se reproduce en esta acta.
Fija la vigencia de las ofertas hasta el 11 de septiembre de 2026 y una garantía de seriedad del 1% del monto ofertado, vigente hasta la fecha prevista para suscribir el contrato; exceptúa de exigirla a las MIPYMES.
Aclara
Numeral 18 — Anexos de documentos estandarizadosConsecuencia de no presentar un formulario o documento estándar anexo
El texto anterior del numeral 18 no se reproduce en esta acta.
La omisión de un documento estandarizado anexo no será motivo para rechazar la oferta ni impedirá su evaluación por los peritos.
RelajaQuita un control: Debilita la exigencia de presentar formularios estandarizados que pueden servir para verificar datos, declaraciones y compromisos de los oferentes.
Fuente: Dirección General de Contrataciones Públicas y Portal Transaccional, con copia guardada por Notifacto. Las señales se detectan con inteligencia artificial propietaria de Notifacto: son motivos para mirar, no acusaciones, y pueden contener errores. La ley de cada señal, con ChatLeyes. Cómo funciona