El Acta núm. 031-2/2026, de 2026-07-08, aprueba por mayoría la Enmienda 2 de la licitación MINERD-CCC-LPN-2026-0015, con monto referencial de RD$632,354,000. Modifica requisitos documentales y metodologías de evaluación, establece vigencia de ofertas hasta el 2026-09-11 y garantía de seriedad de 1% de la oferta, con excepción para MIPYMES; también ordena publicar el acta y la enmienda.
Leído a la luz de la Ley 47-25 y su reglamento, que rige el proceso por su fecha de convocatoria.
Lectura con inteligencia artificial propietaria de Notifacto (28 sept de 2026). Puede contener errores: verifica cada dato en el original.
La enmienda exige disponibilidad económica de 30% del presupuesto de referencia para grandes empresas (RD$189,706,200) y de 15% para MIPYMES (RD$94,853,100). Por su magnitud, merece revisión de proporcionalidad frente al objeto y de su efecto en la concurrencia; el acta no aporta el análisis que sustenta esos porcentajes.
“Presentar documentación que demuestre la disponibilidad económica, ya sea mediante la suma de instrumentos de débito (cuentas corrientes, certificados, cuentas de ahorro) o de crédito (líneas de crédito), por una entidad de intermediación f”
Qué dice la ley: Ley 47-25, art. 37 · Ley 47-25, art. 97 · con ChatLeyes
Ley 47-25, artículo 37 — Calificación para contratar
Artículo 37.- Calificación para contratar. La calificación es el mecanismo mediante el cual se determinará que un oferente ha demostrado su capacidad, aptitud, solvencia e idoneidad para asumir una contratación, de conformidad con lo previsto en la presente ley, sus reglamentos de aplicación y los pliegos de condiciones correspondientes; para que los potenciales oferentes sean calificados deberán cumplir con las condiciones siguientes: 1) Poseer las calificaciones profesionales, técnicas y éticas que aseguren su competencia e integridad, los recursos financieros, la fiabilidad, la experiencia y el personal necesario para ejecutar el contrato; 2) Que los fines sociales sean compatibles con…
Ley 47-25, artículo 97 — Contenido mínimo del pliego de condiciones
Artículo 97.- Contenido mínimo del pliego de condiciones. El pliego de condiciones deberá proporcionar, desde el momento de la convocatoria, toda la información necesaria relacionada con el objeto y el procedimiento de contratación para que el interesado pueda preparar su propuesta deberá incluir, como mínimo, entre otros aspectos, los siguientes: 1) Identificación de la institución contratante; 2) Las características generales y particulares del objeto de la contratación; 3) Indicación de la actividad comercial a la que corresponda el objeto de la contratación; 4) Si la contratación está cubierta por tratados internacionales de libre comercio, o cualquier otro que aplique según la presente…
La enmienda dice que la falta de presentación de cualquiera de los documentos estandarizados no impide evaluar la oferta, aunque en los requisitos del Sobre A varios documentos aparecen como obligatorios o no subsanables. La amplitud de la dispensa puede generar incertidumbre sobre qué documentación se verificará para habilitar a los oferentes.
“Se aclara que, en el evento de que un(a) oferente no presente su oferta en alguno de estos documentos estandarizados, esto no será motivo de rechazo de su oferta, ni será obstáculo para que los peritos la evalúen.”
Qué dice la ley: Reglamento 52-26, art. 101 · Ley 47-25, art. 97 · con ChatLeyes
Reglamento 52-26, artículo 101 — Coherencia entre especificaciones técnicas, criterios de evaluación y criterios de adjudicación
Artículo 101.- Coherencia entre especificaciones técnicas, criterios de evaluación y criterios de adjudicación. El pliego de condiciones debe asegurar la coherencia entre las especificaciones técnicas o términos de referencia, los requisitos de calificación, los criterios de evaluación y los criterios de adjudicación previstos para el procedimiento de contratación. Párrafo I. Las especificaciones técnicas y los términos de referencia no pueden contener requisitos que no guarden relación directa con el objeto contractual o con su correcta ejecución, ni establecer condiciones que contradigan los criterios de evaluación o adjudicación. Párrafo II. Los criterios de evaluación y adjudicación…
Ley 47-25, artículo 97 — Contenido mínimo del pliego de condiciones
Artículo 97.- Contenido mínimo del pliego de condiciones. El pliego de condiciones deberá proporcionar, desde el momento de la convocatoria, toda la información necesaria relacionada con el objeto y el procedimiento de contratación para que el interesado pueda preparar su propuesta deberá incluir, como mínimo, entre otros aspectos, los siguientes: 1) Identificación de la institución contratante; 2) Las características generales y particulares del objeto de la contratación; 3) Indicación de la actividad comercial a la que corresponda el objeto de la contratación; 4) Si la contratación está cubierta por tratados internacionales de libre comercio, o cualquier otro que aplique según la presente…
El documento modifica el pliego y elimina o debilita requisitos que servían para verificar a los oferentes: La dispensa general puede debilitar la verificación documental de identidad, declaraciones de integridad y debida diligencia; además, no delimita su alcance frente a documentos que el propio pliego clasifica como obligatorios o no subsanables..
Qué dice la ley: Ley 47-25, art. 104 · con ChatLeyes
Ley 47-25, artículo 104 — Adendas o enmiendas a los pliegos de condiciones
Artículo 104.- Adendas o enmiendas a los pliegos de condiciones. La institución contratante podrá realizar adendas al pliego de condiciones, cuando resulte necesario adicionar condiciones o especificaciones; o enmiendas, cuando resulte necesario modificar condiciones o especificaciones previstas. Párrafo I.- Las adendas o enmiendas del pliego de condiciones no podrán alterar sustancialmente los términos originales y el objeto del contrato. Párrafo II.- Si la adición o modificación se realiza de manera posterior al setenta y cinco por ciento (75%) del plazo para la recepción de ofertas, deberá extenderse el plazo para presentarlas de manera proporcional a la complejidad del cambio…
Numeral 10.1 del pliegoDocumentación legal, financiera y técnica del Sobre A
El acta identifica los numerales y páginas del pliego modificados, pero no reproduce su contenido anterior.
Reformula la documentación exigida; entre otros requisitos, establece disponibilidad económica de al menos 30% del presupuesto de referencia para grandes empresas y 15% para MIPYMES, además de requisitos legales y técnicos.
Aclara
Numeral 12 del pliegoMetodología de evaluación legal, financiera y técnica
El acta identifica la metodología y criterios anteriores como modificados, pero no reproduce su contenido.
Establece fichas de evaluación y metodología Cumple/No cumple; para la documentación técnica indica que los documentos son habilitantes y deben cumplirse totalmente para habilitar la apertura de las ofertas económicas.
Aclara
Numeral 11, literales c y dVigencia de ofertas y garantía de seriedad
El texto anterior de estos literales no está reproducido en el acta.
Fija la vigencia de las ofertas hasta el 2026-09-11 y una garantía de seriedad de 1% del monto ofertado, vigente hasta la firma del contrato; exime de esta garantía a las MIPYMES.
Aclara
Numeral 18 del pliegoAnexos y documentos estandarizados
El acta identifica el numeral de anexos como modificado, pero no reproduce la regla anterior sobre la falta de presentación de los formularios.
Dispone que no presentar la oferta en alguno de los documentos estandarizados no será motivo de rechazo ni obstáculo para la evaluación.
RelajaQuita un control: La dispensa general puede debilitar la verificación documental de identidad, declaraciones de integridad y debida diligencia; además, no delimita su alcance frente a documentos que el propio pliego clasifica como obligatorios o no subsanables.
Fuente: Dirección General de Contrataciones Públicas y Portal Transaccional, con copia guardada por Notifacto. Las señales se detectan con inteligencia artificial propietaria de Notifacto: son motivos para mirar, no acusaciones, y pueden contener errores. La ley de cada señal, con ChatLeyes. Cómo funciona