La Circular núm. 1, emitida el 9 de julio de 2026, responde siete consultas sobre el proceso TSS-CCC-PEEX-2026-0001 y mantiene los requisitos de restaurantes y su puntuación, aclarando la justificación de cobertura y demanda. Precisa que la certificación requerida es BPH de INDOCAL, no BPM, y que la comparación económica usa valores sin ITBIS, con correspondencia entre el detalle de costos y el subtotal del formulario SNCC.F.033. También aclara cómo se tratan las opciones que exceden el monto asignado y que la calidad y los tiempos de entrega se evaluarán por restaurante.
Leído a la luz de la Ley 47-25 y su reglamento, que rige el proceso por su fecha de convocatoria.
Lectura con inteligencia artificial propietaria de Notifacto (28 sept de 2026). Puede contener errores: verifica cada dato en el original.
El Comité indica que cada restaurante será evaluado individualmente y que no hace falta coordinación entre establecimientos cuando el usuario pide a varios. Conviene verificar cómo se controla la entrega completa y oportuna de un almuerzo compuesto por productos de distintos restaurantes, pues la respuesta no describe un mecanismo de coordinación o responsabilidad integral.
“Durante la ejecución contractual serán evaluados los restaurantes de manera individual en la calidad del servicio y el tiempo de entrega, por lo que, no existe la necesidad de una coordinación logística entre restaurantes cuando un usuario ”
Qué dice la ley: Ley 47-25, art. 87 · Ley 47-25, art. 143 · con ChatLeyes
Ley 47-25, artículo 87 — Estudios previos
Artículo 87.- Estudios previos. Todo procedimiento de contratación deberá estar sustentado en estudios previos, de conformidad con lo dispuesto por los reglamentos de aplicación de la presente ley y con las regulaciones especiales aplicables al objeto contractual, los que deben determinar, como mínimo, lo siguiente: 1) La necesidad que atender; 2) El costo estimado del bien, obra o servicio a contratar, de tal forma que se establezca el presupuesto estimado de la contratación y se identifique la partida presupuestaria a afectar; 3) La determinación del tipo de contrato a celebrar, describiendo su objeto y las prestaciones que se espera recibir del proveedor; 4) La estimación, tipificación y…
Ley 47-25, artículo 143 — Responsables del contrato
Artículo 143.- Responsables del contrato. La institución contratante, al momento de la adjudicación, indicará los funcionarios o servidores responsables del contrato, a los cuales corresponderá supervisar su ejecución, adoptar las decisiones y dictar las instrucciones necesarias para asegurar la correcta realización de la prestación pactada, dentro del ámbito de las facultades que le sean atribuidas y estos cumplirán las actividades mínimas siguientes: 1) Revisar y certificar que las garantías exigidas según lo dispuesto en el procedimiento de contratación se encuentren vigentes; 2) Inspeccionar que los bienes, servicios y obras son entregados según lo establecido en el contrato; 3)…
Consulta 4 — Certificación de higieneCertificación exigida a restaurantes afiliados
La consulta se refiere a certificaciones BPM y pide permitir certificados de manipulación de alimentos mientras se completan las certificaciones.
El Comité aclara que el pliego exige certificación BPH de INDOCAL, no BPM, y remite a la Enmienda I para las modificaciones del requisito.
Aclara
Consulta 5 — Oferta económicaBase de comparación y documento de costos
La consulta señala que el pliego combina un detalle de costos sin ITBIS con topes de platos que incluyen impuestos y pregunta si el documento no subsanable es proporcional.
La circular establece que se compararán los valores unitarios sin ITBIS; el total del detalle debe coincidir con el subtotal sin ITBIS del SNCC.F.033. El documento sigue siendo no subsanable, salvo correcciones aritméticas y materiales.
Aclara
Consulta 6 — Funcionalidad multiproveedorPrecio de referencia y opciones que exceden el monto asignado
La consulta plantea una posible discordancia entre permitir combinar productos de distintos proveedores y evaluar con el concepto de plato del día.
El Comité aclara que al menos un establecimiento debe ofrecer un plato del día al precio ofertado para cada grupo y localidad; los usuarios pueden combinar productos y los excedentes se descuentan por nómina.
Aclara
Consulta 7 — Ejecución y logísticaPedidos de varios restaurantes y entrega
La consulta sostiene que combinar componentes de restaurantes distintos puede afectar los costos, la logística y el equilibrio económico-financiero.
El Comité indica que cada restaurante cumplirá su horario y será evaluado individualmente por calidad y tiempo de entrega; afirma que no se requiere coordinación logística entre restaurantes.
Fuente: Dirección General de Contrataciones Públicas y Portal Transaccional, con copia guardada por Notifacto. Las señales se detectan con inteligencia artificial propietaria de Notifacto: son motivos para mirar, no acusaciones, y pueden contener errores. La ley de cada señal, con ChatLeyes. Cómo funciona