El cronograma fija la firma fuera del plazo máximo previsto
· hace 3 meses
Esta circular fija la notificación de adjudicación para el 24 de julio y la suscripción de contratos para el 17 de agosto de 2026, más de diez días hábiles después. Es una fecha adicional a revisar frente al plazo máximo legal de suscripción.
“17. Notificación de adjudicación (artículo 126 Ley núm. 47-25) | 24 de julio 2026 a las 12:00 p.m. | … | 19. Suscripción del(los) contrato(s) y emisión de órdenes de compra | 17 de agosto 2026 a las 12:00 p.m.”
Qué dice la ley: Ley 47-25, art. 134 · con ChatLeyes
Ley 47-25, artículo 134 — Plazo máximo para suscripción de los contratos y formalización de las órdenes de compras o de servicios
Artículo 134.- Plazo máximo para suscripción de los contratos y formalización de las órdenes de compras o de servicios. Los contratos deberán ser suscritos en un plazo no mayor de diez (10) días hábiles, contados a partir de la notificación del acto de adjudicación. Párrafo I.- Las órdenes de compras o de servicios deberán formalizarse con la notificación al adjudicatario, en un plazo no mayor de cinco (5) días hábiles, contados a partir de la notificación del acto de adjudicación. Párrafo II.- Vencidos los plazos sin que se haya producido la suscripción del contrato o la notificación de la orden de compra o de servicio, la institución contratante o el proveedor, según corresponda, podrá…
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