La Circular núm. 1, de fecha 2026-06-29, responde seis consultas sobre la contratación simplificada de generadores eléctricos. El Comité acuerda enmendar o adendar la ficha técnica para ajustar las capacidades y cálculos a la demanda energética y evaluar la interacción de los generadores con los ATS, paneles y transformadores; también anuncia medidas correctivas de seguridad en áreas energizadas.
Leído a la luz de la Ley 47-25 y su reglamento, que rige el proceso por su fecha de convocatoria.
Lectura con inteligencia artificial propietaria de Notifacto (28 sept de 2026). Puede contener errores: verifica cada dato en el original.
| Sección | Antes | Después | Efecto |
|---|---|---|---|
| Ficha técnicaDemanda energética, cálculos de carga y compatibilidad del sistema eléctrico | La ficha se cuestionó por solicitar un generador de 60 KW frente a un transformador de 225 KVA y por no reflejar la demanda de las áreas. | El Comité acuerda ajustar la ficha a la demanda energética e incorporar cálculos de carga, capacidades y evaluación integral de generadores, ATS, paneles y transformadores; no fija cifras definitivas en esta circular. | Aclara |
| Seguridad de las áreas energizadasProtecciones y procedimientos de mantenimiento | La consulta señaló riesgos en áreas energizadas, especialmente en el sector del Domus. | El Comité anuncia una evaluación técnica, protecciones físicas, señalización de seguridad y procedimientos seguros de mantenimiento. | Endurece |
Fuente: Dirección General de Contrataciones Públicas y Portal Transaccional, con copia guardada por Notifacto. Las señales se detectan con inteligencia artificial propietaria de Notifacto: son motivos para mirar, no acusaciones, y pueden contener errores. La ley de cada señal, con ChatLeyes. Cómo funciona