La solicitud de compra núm. 0031 establece la adecuación o habilitación de instalaciones deportivas en centros educativos, con diez ítems y un total estimado de RD$177,000,000. El plan de entrega consignado indica una sola dirección, cantidad 1 y necesidad inmediata, mientras que el portal identifica diez centros educativos distintos.
Leído a la luz de la Ley 47-25 y su reglamento, que rige el proceso por su fecha de convocatoria.
Lectura con inteligencia artificial propietaria de Notifacto (6 oct de 2026). Puede contener errores: verifica cada dato en el original.
La solicitud enumera diez centros y el portal registra que están en distintas localidades, pero el plan de entrega del documento señala una sola dirección, cantidad 1 y fecha inmediata. Conviene verificar si esa dirección corresponde solo a la recepción administrativa o si el plan debía identificar los sitios y plazos de ejecución de las obras.
“Plan de Entrega Estimado Ítem | Dirección de entrega | Cantidad requerida | Fecha necesidad 1 | 1 | INMEDIATA”
El portal registra también el proceso INEFI-CCC-CP-2026-0030, estimado en RD$192,000,000 y convocado el mismo 23/06/2026 para adecuación de instalaciones deportivas en centros educativos. Sumado a los RD$177,000,000 de esta solicitud, el monto asciende a RD$369,000,000, superior al máximo de RD$201,083,538.47 de contratación simplificada para obras vigente desde el 01/04/2026; por la proximidad temporal y el tipo de objeto, conviene verificar si son necesidades independientes o si correspondía considerar su agregación, sin que estos datos por sí solos establezcan fraccionamiento.
“Objeto: ADECUACION Y/O HABILITACION DE INSTALACIONES DEPORTIVAS EN CENTROS EDUCATIVOS A NIVEL NACIONAL ... TOTAL | RD$177,000,000.00”
Qué dice la ley: Ley 47-25, art. 59 · Ley 47-25, art. 81 · con ChatLeyes
Ley 47-25, artículo 59 — Umbrales de contratación
Artículo 59.- Umbrales de contratación. Los umbrales topes para la modalidad de selección a aplicar en un proceso de contratación serán calculados por la Dirección General de Contrataciones Públicas anualmente, multiplicando el Presupuesto de Ingresos Corrientes del Gobierno Central, aprobado por el Congreso Nacional, por los factores siguientes, según corresponda a obras, bienes o servicios: 1) Licitación pública: a) Obras: 0.00060; b) Bienes: 0.000020; c) Servicios: 0.000020. 2) Licitación pública abreviada: a) Obras: 0.00060; b) Bienes: 0.000020; c) Servicios: 0.000020. 3) Sortero de obras: a) Obras: 0.00015. 4) Contratación simplificada: a) Obras: 0.00004; b) Bienes: 0.0000015; c)…
Ley 47-25, artículo 81 — Prohibición de fraccionamiento
Artículo 81.- Prohibición de fraccionamiento. Se prohibirá el fraccionamiento de contrataciones de bienes, servicios u obras cuando este tenga por objeto eludir los procedimientos de contratación aplicables para en cambio optar por otros de menor cuantía. Párrafo I.- Se considerará fraccionamiento la división de contrataciones para la adquisición de bienes, servicios u obras de un mismo rubro, de conformidad con la clasificación adoptada por la Dirección General de Contrataciones Públicas, dentro de un lapso menor a tres (3) meses, contados a partir del primer día de la convocatoria. Párrafo II.- La autoridad administrativa responsable no deberá permitir el fraccionamiento cuando habiendo…
Fuente: Dirección General de Contrataciones Públicas y Portal Transaccional, con copia guardada por Notifacto. Las señales se detectan con inteligencia artificial propietaria de Notifacto: son motivos para mirar, no acusaciones, y pueden contener errores. La ley de cada señal, con ChatLeyes. Cómo funciona