El informe definitivo de evaluación técnica del proceso INABIE-CCC-LPN-2025-0065, fechado el 9 de junio de 2026, recomienda habilitar a nueve oferentes para la apertura de sus ofertas económicas y no habilitar a cuatro. Entre las personas no habilitadas figura Seneida Morillo Dotel; según los antecedentes aportados, posteriormente fue habilitada de manera extraordinaria y adjudicada en otra acta.
Leído a la luz de la Ley 340-06 y su reglamento, que rige el proceso por su fecha de convocatoria.
Lectura con inteligencia artificial propietaria de Notifacto (28 sept de 2026). Puede contener errores: verifica cada dato en el original.
El documento registra oferentes que no habían sido habilitados en la evaluación ordinaria y lo fueron tras reconsideración o evaluación extraordinaria: Seneida Morillo Dotel.
Qué dice la ley: Ley 340-06, art. 21 · Reglamento 416-23, art. 120 · con ChatLeyes
Ley 340-06, artículo 21
ART. 21. El principio de competencia entre oferentes no deberá ser limitado por medio de recaudos excesivos, severidad en la admisión de ofertas o exclusión de éstas por omisiones formales subsanables, debiéndose requerir a los oferentes incursos en falta las aclaraciones que sean necesarias, dándosele la oportunidad de subsanar dichas deficiencias, en tanto no se alteren los principios de igualdad y transparencia establecidos en el Artículo 3 de esta ley, de acuerdo a lo que establezca la reglamentación.
Reglamento 416-23, artículo 120 — Subsanabilidad de las ofertas
Artículo 120. Subsanabilidad de las ofertas. Con el objeto de brindar a la institución contratante la posibilidad de contar con la mayor cantidad de ofertas válidas posibles y evitar que por cuestiones formales e intrascendentes se vea privada de optar por ofertas serias y convenientes, todo documento relativo a credenciales de los oferentes será subsanable, siempre y cuando cumpla con el requisito al momento de presentación de la oferta o sea inherente a su capacidad, para no afectar el principio de igualdad de trato entre los oferentes. En estos casos, la institución solicitará al oferente, en el plazo establecido en el pliego de condiciones, que suministre la documentación faltante o con…
El informe la habilita y el acta posterior aportada registra su adjudicación. Sin embargo, la consulta DGII aportada, realizada el 27 de septiembre de 2026 —posterior al proceso y a la adjudicación— consigna como actividad la venta al por mayor de ropa; conviene verificar cuál era su actividad y capacidad pertinentes al presentar la oferta, sin inferir que fueran iguales en la fecha del proceso.
“CORTES Y COSTURA LAS COMA SRL”
Qué dice la ley: Ley 340-06, art. 8 · con ChatLeyes
Ley 340-06, artículo 8
ART. 8. La persona natural o jurídica que desee contratar con el Estado deberá demostrar su capacidad satisfaciendo los siguientes requisitos: 1) Poseer las calificaciones profesionales y técnicas que aseguren su competencia, los recursos financieros, el equipo y demás medios físicos, la fiabilidad, la experiencia y el personal necesario para ejecutar el contrato; 2) Que los fines sociales sean compatibles con el objeto contractual; 3) Que sean solventes y no se encuentren en concurso de acreedores, en quiebra o proceso de liquidación, ni que sus actividades comerciales hubieren sido suspendidas; 4) Que hayan cumplido con las obligaciones fiscales y de seguridad social. PÁRRAFO I. Los…
Seneida Morillo DotelEste informe la declaró no habilitada por documentación técnica incompleta; según el acta de adjudicación posterior aportada, fue habilitada tras reconsideración y evaluación técnica extraordinaria.
Habilitado por vía extraordinaria
Provincia Pedernales
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Jose Ramon Pula DiazEl informe lo recomienda para la apertura de la oferta económica.
Habilitado
Provincia Pedernales
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Mauricio Confesor Vólquez PérezObtuvo 53.4 puntos, por debajo del mínimo de 55, y el informe señala documentación técnica insuficiente.
No habilitado
Provincia Pedernales
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Diobel Merquin Rivas GalvánEl informe señala que no cumplió requisitos de vehículos y que los hallazgos de debida diligencia no fueron desvirtuados.
Fuente: Dirección General de Contrataciones Públicas y Portal Transaccional, con copia guardada por Notifacto. Las señales se detectan con inteligencia artificial propietaria de Notifacto: son motivos para mirar, no acusaciones, y pueden contener errores. La ley de cada señal, con ChatLeyes. Cómo funciona