El 12 de junio de 2026, Cowher Business Group, S.R.L. presentó ante el Comité de Contrataciones Públicas del CONAPE un recurso de reconsideración contra su no habilitación para la apertura del Sobre B de la licitación CONAPE-CCC-LPN-2026-0003. También pidió revisar la habilitación de Odontolove y Corona de Gloria, publicar las ofertas técnicas confidenciales de Calpeq y Diaka, y verificar posibles responsabilidades. Los señalamientos sobre el cumplimiento de las ofertas son alegaciones de la recurrente; este escrito no contiene una decisión del Comité sobre ellas.
Leído a la luz de la Ley 47-25 y su reglamento, que rige el proceso por su fecha de convocatoria.
Lectura con inteligencia artificial propietaria de Notifacto (28 sept de 2026). Puede contener errores: verifica cada dato en el original.
Cowher señala que la certificación de TSS adjunta indica que Odontolove no registra trabajadores asalariados, mientras que los estados financieros de 2024 consignan RD$1,158,546.45 en gastos de personal. El dato requiere conciliación y verificación; por sí solo no permite concluir que exista una irregularidad, pues el gasto podría comprender conceptos distintos de salarios de empleados registrados.
“La certificación de la TSS de ODONTOLOVE evidencia que la empresa no registra trabajadores asalariados activos. Total de Gastos de Personal 1,158,546.45”
Qué dice la ley: Ley 47-25, art. 37 · con ChatLeyes
Ley 47-25, artículo 37 — Calificación para contratar
Artículo 37.- Calificación para contratar. La calificación es el mecanismo mediante el cual se determinará que un oferente ha demostrado su capacidad, aptitud, solvencia e idoneidad para asumir una contratación, de conformidad con lo previsto en la presente ley, sus reglamentos de aplicación y los pliegos de condiciones correspondientes; para que los potenciales oferentes sean calificados deberán cumplir con las condiciones siguientes: 1) Poseer las calificaciones profesionales, técnicas y éticas que aseguren su competencia e integridad, los recursos financieros, la fiabilidad, la experiencia y el personal necesario para ejecutar el contrato; 2) Que los fines sociales sean compatibles con…
Cowher alega que la documentación legal de Odontolove expresa participación en cinco lotes, mientras que su plan de supervisión se limita a tres. La discrepancia merece verificarse para determinar el alcance de la oferta técnica evaluada; el escrito no establece cuál versión fue aceptada por el Comité.
“LOTE 1, LOTE 2, LOTE 3, LOTE 4 Y LOTE 5 … El presente plan aplica para los tres lotes objeto de participación: Distrito Nacional, Santo Domingo Este y Santo Domingo Oeste”
Qué dice la ley: Reglamento 52-26, art. 101 · Ley 47-25, art. 118 · con ChatLeyes
Reglamento 52-26, artículo 101 — Coherencia entre especificaciones técnicas, criterios de evaluación y criterios de adjudicación
Artículo 101.- Coherencia entre especificaciones técnicas, criterios de evaluación y criterios de adjudicación. El pliego de condiciones debe asegurar la coherencia entre las especificaciones técnicas o términos de referencia, los requisitos de calificación, los criterios de evaluación y los criterios de adjudicación previstos para el procedimiento de contratación. Párrafo I. Las especificaciones técnicas y los términos de referencia no pueden contener requisitos que no guarden relación directa con el objeto contractual o con su correcta ejecución, ni establecer condiciones que contradigan los criterios de evaluación o adjudicación. Párrafo II. Los criterios de evaluación y adjudicación…
Artículo 118.- Criterios de evaluación. Los criterios de evaluación constituyen las pautas, parámetros o directrices según las cuales la institución contratante valora y selecciona la propuesta más conveniente para la ejecución del contrato. Párrafo I.- Los criterios, deberán estar definidos de manera precisa y objetiva en los pliegos de condiciones. Párrafo II.- Los criterios de evaluación deberán referirse a aspectos vinculados directamente al objeto del contrato, entendidos como aquellos que vayan a incidir en la mejor ejecución contractual.
La recurrente afirma que los 26 formularios SNCC.D.048 de Corona de Gloria fueron firmados por su representante y no por las personas cuyo perfil se describe. Si se confirma, corresponde comprobar si la documentación permite verificar la experiencia y disponibilidad del personal; el recurso no determina la validez de esos formularios.
“Sin embargo, la totalidad de los 26 formularios SNCC.D.048 presentados por CORONA DE GLORIA están suscritos por la misma persona: el representante legal o gerente de la empresa, y no por cada uno de los profesionales a quienes los formulari”
Qué dice la ley: Ley 47-25, art. 37 · Ley 47-25, art. 114 · con ChatLeyes
Ley 47-25, artículo 37 — Calificación para contratar
Artículo 37.- Calificación para contratar. La calificación es el mecanismo mediante el cual se determinará que un oferente ha demostrado su capacidad, aptitud, solvencia e idoneidad para asumir una contratación, de conformidad con lo previsto en la presente ley, sus reglamentos de aplicación y los pliegos de condiciones correspondientes; para que los potenciales oferentes sean calificados deberán cumplir con las condiciones siguientes: 1) Poseer las calificaciones profesionales, técnicas y éticas que aseguren su competencia e integridad, los recursos financieros, la fiabilidad, la experiencia y el personal necesario para ejecutar el contrato; 2) Que los fines sociales sean compatibles con…
Artículo 114.- Objeto de evaluación. Serán objeto de evaluación de las propuestas los aspectos siguientes: 1) Los requisitos de calificación; 2) La calidad y condiciones técnicas de la oferta; y 3) La economía de la oferta. Párrafo I.- El incumplimiento de los requisitos de calificación que persista, no obstante haberse agotado la fase de subsanación de ofertas, conllevará la exclusión del oferente de manera previa a la apertura de la oferta económica. Párrafo II.- El incumplimiento de los requisitos o del puntaje mínimo establecido con relación a la calidad o condiciones técnicas de la oferta, a fin de ser habilitado para la apertura del sobre económico, conllevará la exclusión del…
Oferentes que registra (6)
2 no habilitado · 2 habilitado · 2 mencionado
Oferente
Resultado en el acta
Lote o grupo
Monto
Cowher Business Group, S.R.L.La recurrente impugna la notificación del 8 de junio de 2026 que la declaró no habilitada para la apertura del Sobre B.
No habilitado
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Odontolove, S.R.L.El escrito indica que fue habilitada y solicita que se revise esa decisión; las alegaciones de incumplimiento no están resueltas en este documento.
Habilitado
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Corona de Gloria, S.R.L.El escrito indica que fue habilitada y solicita que se revise esa decisión; las alegaciones de incumplimiento no están resueltas en este documento.
Habilitado
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Calpeq Comercial, S.R.L.Oferente cuya oferta técnica, según la recurrente, fue cargada como confidencial; Cowher solicita su publicación.
Mencionado
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Diaka Soluciones Integrales, S.R.L.Oferente cuya oferta técnica, según la recurrente, fue cargada como confidencial; Cowher solicita su publicación.
Mencionado
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Consorcio HarmoníaLa recurrente afirma que fue descalificado por presentar 26 perfiles; este escrito no revisa ni decide esa evaluación.
Fuente: Dirección General de Contrataciones Públicas y Portal Transaccional, con copia guardada por Notifacto. Las señales se detectan con inteligencia artificial propietaria de Notifacto: son motivos para mirar, no acusaciones, y pueden contener errores. La ley de cada señal, con ChatLeyes. Cómo funciona