El informe definitivo, fechado el 9 de junio de 2026, evalúa las ofertas técnicas del proceso INEFI-CCC-CP-2026-0024 para adquirir 100 tableros de baloncesto en cristal templado. Tras la subsanación, recomienda habilitar a E&G Universal Promotion, S.R.L. y a Saglomeva, S.R.L. para la apertura de las ofertas económicas, al consignar que ambas cumplen los requisitos legales, financieros y técnicos.
Leído a la luz de la Ley 47-25 y su reglamento, que rige el proceso por su fecha de convocatoria.
Lectura con inteligencia artificial propietaria de Notifacto (28 sept de 2026). Puede contener errores: verifica cada dato en el original.
El informe incluye como requisito tres cartas de referencia con antigüedad máxima de dos meses, además de acreditar experiencia mínima de un año en los bienes objeto del proceso. Por el carácter acumulativo y la vigencia breve de las referencias, corresponde verificar que estas exigencias sean proporcionales y estén vinculadas con la capacidad necesaria para suministrar los tableros.
“Tres (3) cartas de referencia, igual o menor a dos meses, donde se evidencia haber dado el bien o servicio ofertado”
Qué dice la ley: Ley 47-25, art. 37 · Ley 47-25, art. 97 · con ChatLeyes
Ley 47-25, artículo 37 — Calificación para contratar
Artículo 37.- Calificación para contratar. La calificación es el mecanismo mediante el cual se determinará que un oferente ha demostrado su capacidad, aptitud, solvencia e idoneidad para asumir una contratación, de conformidad con lo previsto en la presente ley, sus reglamentos de aplicación y los pliegos de condiciones correspondientes; para que los potenciales oferentes sean calificados deberán cumplir con las condiciones siguientes: 1) Poseer las calificaciones profesionales, técnicas y éticas que aseguren su competencia e integridad, los recursos financieros, la fiabilidad, la experiencia y el personal necesario para ejecutar el contrato; 2) Que los fines sociales sean compatibles con…
Ley 47-25, artículo 97 — Contenido mínimo del pliego de condiciones
Artículo 97.- Contenido mínimo del pliego de condiciones. El pliego de condiciones deberá proporcionar, desde el momento de la convocatoria, toda la información necesaria relacionada con el objeto y el procedimiento de contratación para que el interesado pueda preparar su propuesta deberá incluir, como mínimo, entre otros aspectos, los siguientes: 1) Identificación de la institución contratante; 2) Las características generales y particulares del objeto de la contratación; 3) Indicación de la actividad comercial a la que corresponda el objeto de la contratación; 4) Si la contratación está cubierta por tratados internacionales de libre comercio, o cualquier otro que aplique según la presente…
La tabla definitiva habilita a E&G Universal Promotion y a Saglomeva, pero el cierre afirma que fue habilitado el «único oferente». La inconsistencia amerita verificar cuál fue la conclusión que se aprobó y comunicó, aunque las tablas del propio informe identifican a dos habilitados.
“Los peritos coincidimos en que el único oferente fue habilitado ya que cumplió con todos los requerimientos técnicos exigidos en el pliego de condiciones. … E&G UNIVERSAL PROMOTION, S.R.L. … HABILITAR … SAGLOMEVA, S.R.L. … HABILITAR”
Qué dice la ley: Ley 47-25, art. 24 · Reglamento 52-26, art. 118 · con ChatLeyes
Ley 47-25, artículo 24 — Racionalidad y motivación de las actuaciones administrativas
Artículo 24.- Racionalidad y motivación de las actuaciones administrativas. La administración, en los procedimientos de contratación previstos en la presente ley y sus reglamentos de aplicación, siempre fundamentará su actuación en las motivaciones y argumentaciones correspondientes.
Reglamento 52-26, artículo 118 — Reglas generales para los informes de evaluación
Artículo 118.- Reglas generales para los informes de evaluación. Los informes elaborados por los peritos evaluadores deben presentarse por escrito, firmados y fechados, y contener al menos los siguientes elementos: 1. Identificación del procedimiento de contratación, número de referencia y objeto del contrato; 2. Nombre y cargo de los peritos participantes; 3. Descripción de la metodología aplicada para la evaluación de las ofertas, asegurando el apego irrestricto a los criterios de evaluación y reglas de valoración establecidos en el pliego de condiciones; 4. Resumen de los aspectos legales, técnicos y económicos analizados; 5. Cuadros comparativos de las puntuaciones asignadas y la…
E&G Universal Promotion, S.R.L.El informe consigna que cumplió los requisitos legales, financieros y técnicos después de la subsanación.
Habilitado
Ítem 1
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Saglomeva, S.R.L.El informe consigna que cumplió los requisitos legales y financieros tras la subsanación y la incluye entre las ofertas técnicas habilitadas.
Fuente: Dirección General de Contrataciones Públicas y Portal Transaccional, con copia guardada por Notifacto. Las señales se detectan con inteligencia artificial propietaria de Notifacto: son motivos para mirar, no acusaciones, y pueden contener errores. La ley de cada señal, con ChatLeyes. Cómo funciona