El Comité de Contrataciones Públicas del INEFI aprobó el informe de evaluación económica y adjudicó el ítem único —100 tableros de baloncesto en cristal templado— a E & G Universal Promotion, S.R.L. por RD$5,225,000.00, equivalente a RD$52,250.00 por unidad con ITBIS incluido. El acta núm. 0024-26 fue emitida el 22 de junio de 2026 y ordenó notificarla a los oferentes dentro de cinco días hábiles.
Leído a la luz de la Ley 47-25 y su reglamento, que rige el proceso por su fecha de convocatoria.
Lectura con inteligencia artificial propietaria de Notifacto (28 sept de 2026). Puede contener errores: verifica cada dato en el original.
La adjudicataria recibió un contrato para tableros de baloncesto; según la consulta DGII del 2026-09-27, su actividad figura como pintura y trabajos de decoración. Ese dato posterior a la adjudicación y los rubros RPE de bienes y servicios no prueban falta de capacidad, pero justifican verificar la actividad y calificación pertinentes en la fecha de la oferta.
“E & G UNIVERSAL PROMOTION, S.R.L., RNC, RPE: 10367, para el Item 1, por un monto de CINCO MILLONES DOSCIENTOS VEINTICINCO MIL PESOS DOMINICANOS CON 00/100 (RD$5,225,000.00)”
Qué dice la ley: Ley 47-25, art. 37 · con ChatLeyes
Ley 47-25, artículo 37 — Calificación para contratar
Artículo 37.- Calificación para contratar. La calificación es el mecanismo mediante el cual se determinará que un oferente ha demostrado su capacidad, aptitud, solvencia e idoneidad para asumir una contratación, de conformidad con lo previsto en la presente ley, sus reglamentos de aplicación y los pliegos de condiciones correspondientes; para que los potenciales oferentes sean calificados deberán cumplir con las condiciones siguientes: 1) Poseer las calificaciones profesionales, técnicas y éticas que aseguren su competencia e integridad, los recursos financieros, la fiabilidad, la experiencia y el personal necesario para ejecutar el contrato; 2) Que los fines sociales sean compatibles con…
El acta registra dos ofertas recibidas, mientras que el portal indica 503 proveedores notificados. La participación reducida frente al universo notificado merece revisión, aunque el dato no establece por sí solo una irregularidad ni que todos los notificados fueran elegibles para este proceso reservado a MIPYMES mujer.
“donde participaron dos (02) ofertas ofertas de manera física en el Instituto Nacional de Educación Física (INEFI), las cuales ascienden a un total de dos (02) ofertas.”
Qué dice la ley: Ley 47-25, art. 4 · con ChatLeyes
Ley 47-25, artículo 4 — Principios
Artículo 4.- Principios. Las contrataciones públicas sujetas a la aplicación de la presente ley se regirán por los principios siguientes: 1) Principio de economía y flexibilidad. Las normas establecerán reglas claras y objetivas para asegurar la selección de la propuesta evaluada más conveniente técnica y económicamente; además, se contemplarán regulaciones que contribuyan a una mayor economía en la preparación de las propuestas y de los contratos. 2) Principio de eficiencia: Se seleccionará la oferta que más convenga a la satisfacción del interés general y el cumplimiento de los fines y cometidos de la administración, tomando en cuenta criterios de inclusión y desarrollo sostenible. Las…
SAGLOMEVA, S.R.L.El acta la registra habilitada en la evaluación técnica; no figura como adjudicataria. El informe económico citado en el expediente registra una oferta de RD$5,310,000.00.
Fuente: Dirección General de Contrataciones Públicas y Portal Transaccional, con copia guardada por Notifacto. Las señales se detectan con inteligencia artificial propietaria de Notifacto: son motivos para mirar, no acusaciones, y pueden contener errores. La ley de cada señal, con ChatLeyes. Cómo funciona