La solicitud 0024 del INEFI requiere 100 tableros de baloncesto de cristal templado, con un precio unitario estimado de RD$55,460 y un monto total estimado de RD$5,546,000, exclusivamente para MIPYMES mujer. El formulario no consigna una fecha de emisión y su plan de entrega indica cantidad 1 e inmediata, frente a las 100 unidades solicitadas.
Leído a la luz de la Ley 47-25 y su reglamento, que rige el proceso por su fecha de convocatoria.
Lectura con inteligencia artificial propietaria de Notifacto (6 oct de 2026). Puede contener errores: verifica cada dato en el original.
La solicitud corresponde a tableros y el contexto del portal registra otro proceso del INEFI para compra de tableros convocado el 21/04/2026 por RD$5,475,200; este proceso se convocó el 21/05/2026 por un estimado de RD$5,546,000. Juntos suman RD$11,021,200, por encima del máximo de RD$6,436,757.50 para contratación simplificada de bienes en 2026; la coincidencia temporal y de objeto merece revisión, aunque las diferencias de necesidad o la reserva para MIPYMES podrían explicar procesos separados.
“Objeto: SOLICITUD COMPRA DE TABLEROS EN CRISTAL TEMPLADO (ORDEN ABIERTA), EXCLUSIVAMENTE PARA MIPYMES. MUJER … Total: | RD$ 5,546,000.00”
Qué dice la ley: Ley 47-25, art. 81 · Ley 47-25, art. 57 · con ChatLeyes
Ley 47-25, artículo 81 — Prohibición de fraccionamiento
Artículo 81.- Prohibición de fraccionamiento. Se prohibirá el fraccionamiento de contrataciones de bienes, servicios u obras cuando este tenga por objeto eludir los procedimientos de contratación aplicables para en cambio optar por otros de menor cuantía. Párrafo I.- Se considerará fraccionamiento la división de contrataciones para la adquisición de bienes, servicios u obras de un mismo rubro, de conformidad con la clasificación adoptada por la Dirección General de Contrataciones Públicas, dentro de un lapso menor a tres (3) meses, contados a partir del primer día de la convocatoria. Párrafo II.- La autoridad administrativa responsable no deberá permitir el fraccionamiento cuando habiendo…
Artículo 57.- Selección por cuantía. La selección por cuantía aplicará en: 1) La licitación pública cuando el valor estimado sea igual o superior al umbral mínimo determinado en aplicación del tratado internacional de libre comercio vigente, el cual deberá ser fijado por la presente ley y calculado por la Dirección General de Contrataciones Públicas; 2) La contratación simplificada cuando el valor estimado sea inferior al umbral fijado por la presente ley y calculado por la Dirección General de Contrataciones Públicas; 3) La contratación menor cuando el valor estimado sea inferior al umbral de contratación simplificada fijado por la presente ley y calculado por la Dirección General de…
El detalle solicita 100 tableros, pero el plan de entrega estima una cantidad requerida de 1. Aunque podría tratarse de un dato parcial o de un error de llenado, la diferencia deja sin precisar en este documento la cantidad prevista para esa entrega y dificulta verificar la recepción frente a lo solicitado.
“Cantidad Solicitada | Precio Unitario Estimado | Monto 1 | | 2.3.9.4.01 | TABLERO DE BALONCESTO EN CRISTAL TEMPLADO 72X48 CON AROS Y MALLAS INCLUIDOS DE ALTA CALIDAD | UD | 100 | RD$ 55,460.00 | RD$ 5,546,000.00 … Ítem | Dirección de entreg”
Posible explicación normal: el documento no muestra efecto en quién gana ni en cuánto se paga.
Qué dice la ley: Ley 47-25, art. 87 · Reglamento 52-26, art. 82 · con ChatLeyes
Ley 47-25, artículo 87 — Estudios previos
Artículo 87.- Estudios previos. Todo procedimiento de contratación deberá estar sustentado en estudios previos, de conformidad con lo dispuesto por los reglamentos de aplicación de la presente ley y con las regulaciones especiales aplicables al objeto contractual, los que deben determinar, como mínimo, lo siguiente: 1) La necesidad que atender; 2) El costo estimado del bien, obra o servicio a contratar, de tal forma que se establezca el presupuesto estimado de la contratación y se identifique la partida presupuestaria a afectar; 3) La determinación del tipo de contrato a celebrar, describiendo su objeto y las prestaciones que se espera recibir del proveedor; 4) La estimación, tipificación y…
Artículo 82.- Expediente administrativo. Todo procedimiento de contratación debe generar un expediente administrativo único, físico o electrónico, que integre de manera cronológica los actos, documentos, informes, comunicaciones, decisiones, notificaciones y demás piezas vinculadas al proceso de contratación, desde la planificación hasta la ejecución y el cierre del contrato. El expediente debe contener, como mínimo: 1. Estudios previos; 2. Acta de inicio o registro del procedimiento; 3. Pliego de condiciones y sus enmiendas; 4. Circulares de preguntas y respuestas; 5. Publicaciones de convocatorias y avisos; 6. Ofertas presentadas y documentación de los oferentes; 7. Actas de apertura,…
Fuente: Dirección General de Contrataciones Públicas y Portal Transaccional, con copia guardada por Notifacto. Las señales se detectan con inteligencia artificial propietaria de Notifacto: son motivos para mirar, no acusaciones, y pueden contener errores. La ley de cada señal, con ChatLeyes. Cómo funciona