Publicado el 3 jun de 2026Fechado el 1 jun de 20263 páginasEn el mensaje «Notificación de circular y enmienda procedimiento núm. SUPBANCO-CCC-LPN-2026-0005»
La Circular núm. 001-2026, de 2 de junio de 2026, responde consultas sobre la participación de proveedores extranjeros y las garantías de oferta y de fiel cumplimiento en la licitación SUPBANCO-CCC-LPN-2026-0005. Aclara que la garantía de seriedad es de 1% y puede constituirse mediante póliza de fianza o garantía bancaria; para el fiel cumplimiento fija 1% para MIPYMES y 4% para las demás empresas, dentro de los cinco días hábiles siguientes a la notificación de adjudicación.
Leído a la luz de la Ley 47-25 y su reglamento, que rige el proceso por su fecha de convocatoria.
Lectura con inteligencia artificial propietaria de Notifacto (28 sept de 2026). Puede contener errores: verifica cada dato en el original.
El documento modifica el pliego y elimina o debilita requisitos que servían para verificar a los oferentes: Reduce del 4% al 1% la cobertura de la garantía de fiel cumplimiento exigida a MIPYMES; se mantiene una garantía como control financiero..
Qué dice la ley: Ley 47-25, art. 104 · con ChatLeyes
Ley 47-25, artículo 104 — Adendas o enmiendas a los pliegos de condiciones
Artículo 104.- Adendas o enmiendas a los pliegos de condiciones. La institución contratante podrá realizar adendas al pliego de condiciones, cuando resulte necesario adicionar condiciones o especificaciones; o enmiendas, cuando resulte necesario modificar condiciones o especificaciones previstas. Párrafo I.- Las adendas o enmiendas del pliego de condiciones no podrán alterar sustancialmente los términos originales y el objeto del contrato. Párrafo II.- Si la adición o modificación se realiza de manera posterior al setenta y cinco por ciento (75%) del plazo para la recepción de ofertas, deberá extenderse el plazo para presentarlas de manera proporcional a la complejidad del cambio…
Participación de oferentes extranjerosInscripción provisional en el RPE
La consulta pregunta si pueden participar proveedores extranjeros; la circular no transcribe una regla previa que los excluya.
Confirma que pueden participar y que las personas jurídicas extranjeras sin domicilio legal en el país pueden ofertar con inscripción provisional en el RPE; si resultan adjudicadas, deben obtener inscripción definitiva antes del contrato u orden.
Aclara
Garantía de seriedad de la ofertaForma de constitución y excepción para MIPYMES
La consulta pregunta si debía presentarse póliza de fianza y garantía bancaria conjuntamente o solo una; el pliego citado exige garantía de 1% y la circular indica que se coloca en el Sobre B.
Aclara que se elige una de las dos formas de garantía, por 1% del valor total de la oferta; no se requiere para MIPYMES certificadas.
Aclara
Garantía de fiel cumplimientoPorcentaje y plazo para presentarla
La consulta refiere el requisito del pliego de una garantía de 4% y pregunta si aplica una o ambas formas y desde cuándo corre el plazo de cinco días hábiles.
Aclara que el adjudicatario elige entre póliza de fianza o garantía bancaria; el monto es 1% para MIPYMES y 4% para las demás empresas, y el plazo de cinco días hábiles corre desde la notificación de adjudicación.
RelajaQuita un control: Reduce del 4% al 1% la cobertura de la garantía de fiel cumplimiento exigida a MIPYMES; se mantiene una garantía como control financiero.
Fuente: Dirección General de Contrataciones Públicas y Portal Transaccional, con copia guardada por Notifacto. Las señales se detectan con inteligencia artificial propietaria de Notifacto: son motivos para mirar, no acusaciones, y pueden contener errores. La ley de cada señal, con ChatLeyes. Cómo funciona