El documento contiene las especificaciones del estudio actuarial del fondo de pensiones, jubilaciones y pasivo laboral de la Superintendencia de Bancos para los años 2026 y 2027. Establece entregas de informes en enero de cada año, pago único del 100% tras la aceptación definitiva y una evaluación técnica de 100 puntos, con mínimo de 75. La fecha de actualización solo aparece como abril de 2026.
Leído a la luz de la Ley 47-25 y su reglamento, que rige el proceso por su fecha de convocatoria.
Lectura con inteligencia artificial propietaria de Notifacto (28 sept de 2026). Puede contener errores: verifica cada dato en el original.
Las especificaciones requieren que los informes de las valuaciones de 2026 y 2027 estén disponibles en la segunda semana de enero de esos mismos años, aunque las valuaciones corresponden al cierre del 31 de diciembre de cada año y el proceso se convocó en mayo de 2026. El plazo para el informe de 2026 resulta materialmente incompatible con el período que debe valuarse y puede afectar la comparabilidad de las propuestas y la ejecución.
“Para el caso de los servicios del estudio actuarial y determinación del pasivo correspondiente al Fondo de Pensiones y Jubilaciones y cálculo del valor presente actuarial de las reservas por Pasivo Laboral para el año 2026 y 2027, se requie”
Qué dice la ley: Ley 47-25, art. 97 · Reglamento 52-26, art. 87 · con ChatLeyes
Ley 47-25, artículo 97 — Contenido mínimo del pliego de condiciones
Artículo 97.- Contenido mínimo del pliego de condiciones. El pliego de condiciones deberá proporcionar, desde el momento de la convocatoria, toda la información necesaria relacionada con el objeto y el procedimiento de contratación para que el interesado pueda preparar su propuesta deberá incluir, como mínimo, entre otros aspectos, los siguientes: 1) Identificación de la institución contratante; 2) Las características generales y particulares del objeto de la contratación; 3) Indicación de la actividad comercial a la que corresponda el objeto de la contratación; 4) Si la contratación está cubierta por tratados internacionales de libre comercio, o cualquier otro que aplique según la presente…
Reglamento 52-26, artículo 87 — Cronograma de actividades y plazos
Artículo 87.- Cronograma de actividades y plazos. El pliego de condiciones aprobado para un procedimiento de selección de proveedores debe incluir un cronograma de actividades con los plazos y fechas límites para las distintas actuaciones, tomando en cuenta las condiciones temporales previstas por la Ley núm. 47-25 para la presentación de propuestas, aclaraciones, adendas o enmiendas, subsanación y aclaración de ofertas, entre otros aspectos.
El pliego establece un pago único del 100% una vez aceptados definitivamente los informes. La información de adjudicación aportada identifica a QR Soluciones Actuariales como adjudicataria del Lote 2 y el informe técnico-económico la identifica como MIPYME Mujer; conviene verificar que las condiciones de pago se ajusten al anticipo previsto para contrataciones con MIPYMES.
“Único pago correspondiente al 100% Con la aceptación definitiva por parte de la SB y la presentación de los informes finales a la Gerencia.”
Qué dice la ley: Ley 47-25, art. 174 · con ChatLeyes
Ley 47-25, artículo 174 — Anticipo de pago a MIPYMES
Artículo 174.- Anticipo de pago a MIPYMES. Las instituciones contratantes deberán otorgar un treinta por ciento (30%) de anticipo con la suscripción del contrato, orden de compra o de servicio correspondiente, en todas las contrataciones con Micro, Pequeñas y Medianas Empresas (MIPYMES), sin necesidad de que sea presentada factura alguna.
Fuente: Dirección General de Contrataciones Públicas y Portal Transaccional, con copia guardada por Notifacto. Las señales se detectan con inteligencia artificial propietaria de Notifacto: son motivos para mirar, no acusaciones, y pueden contener errores. La ley de cada señal, con ChatLeyes. Cómo funciona