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Abriendo la ficha…

Pliego

09. Pliego de Condiciones Auditoria y Estudios actuarial 2.pdf

[PRESENTAR OFERTA SIN ITBIS] Contratación servicio consultoría para auditoría externa y estudio cálculo actuarial del fondo pensiones, jubilaciones y pasivo laboral laboral SB por periodo dos (2) años… · Superintendencia de Bancos

Publicado el 11 may de 202657 páginas

Original en el Portal Transaccional Ver el proceso SUPBANCO-CCC-LPN-2026-0005

Lo que dice

El pliego de abril de 2026 establece las bases de una licitación pública nacional para contratar, por dos años, la auditoría externa y los estudios actuariales en dos lotes. Fija un presupuesto base total de RD$12,000,000: RD$9,600,000 para el Lote 1 y RD$2,400,000 para el Lote 2, además de requisitos de participación, evaluación y adjudicación.

Leído a la luz de la Ley 47-25 y su reglamento, que rige el proceso por su fecha de convocatoria.

Lectura con inteligencia artificial propietaria de Notifacto (28 sept de 2026). Puede contener errores: verifica cada dato en el original.

Señales de este documento (5)

A revisarHallazgo en documentosRD$1.2 millones

Solvencia bancaria calculada sobre el presupuesto de ambos lotes

Documento del 11 may 2026 · hace 5 meses

Se exige disponibilidad bancaria mínima equivalente al 10% del presupuesto total de RD$12,000,000, es decir, RD$1,200,000, sin indicar una reducción para quienes oferten solo por el Lote 2, cuyo presupuesto base es RD$2,400,000. Aplicar el mismo umbral a ese lote representa la mitad de su valor referencial y merece revisión por proporcionalidad.

““El monto disponible, por cualquiera de estas dos opciones, deberá ser equivalente como mínimo al diez por ciento (10%) del valor total del presupuesto de esta contratación.””
Qué dice la ley: Ley 47-25, art. 37 · con ChatLeyes

Ley 47-25, artículo 37 — Calificación para contratar

Artículo 37.- Calificación para contratar. La calificación es el mecanismo mediante el cual se determinará que un oferente ha demostrado su capacidad, aptitud, solvencia e idoneidad para asumir una contratación, de conformidad con lo previsto en la presente ley, sus reglamentos de aplicación y los pliegos de condiciones correspondientes; para que los potenciales oferentes sean calificados deberán cumplir con las condiciones siguientes: 1) Poseer las calificaciones profesionales, técnicas y éticas que aseguren su competencia e integridad, los recursos financieros, la fiabilidad, la experiencia y el personal necesario para ejecutar el contrato; 2) Que los fines sociales sean compatibles con…

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A revisarHallazgo en documentos

Exclusión por diligencia con causal amplia y plazo de defensa menor

Documento del 11 may 2026 · hace 5 meses

El pliego contempla promover la descalificación por un riesgo reputacional directo sin precisar parámetros verificables para esa causal y concede tres días hábiles para responder a indicios. Para las exclusiones por prácticas prohibidas, el Reglamento prevé un plazo de cinco días hábiles para presentar alegatos de defensa.

““podrá promover la descalificación de cualquier oferente partícipe en los casos de que la institución detecte elementos que pudieran constituir conflicto de interés real y directo para la institución, así como elementos que supongan un ries”
Qué dice la ley: Ley 47-25, art. 116 · Reglamento 52-26, art. 110 · con ChatLeyes

Ley 47-25, artículo 116 — Exclusión de oferentes por prácticas prohibidas

Artículo 116.- Exclusión de oferentes por prácticas prohibidas. Los oferentes, en cualquier fase del procedimiento de selección, podrán ser excluidos cuando se compruebe que han incurrido en algunas de las prácticas prohibidas siguientes: 1) Cuando el o los oferentes se encuentre en el régimen de inhabilidades previsto en la presente ley o haya intentado eludirlo a través de maniobras; 2) Cuando el o los oferentes haya desarrollado prácticas o actuaciones tendentes a influenciar a las autoridades de la institución contratante, a fin de ser beneficiado directa o indirectamente; 3) Cuando el o los oferentes hayan ejercido actos o acuerdos nominados y sancionados por la ley sobre defensa de la…

Texto oficial completoEsta ley en ChatLeyes

Reglamento 52-26, artículo 110 — Exclusión de oferentes por prácticas prohibidas

Artículo 110.- Exclusión de oferentes por prácticas prohibidas. La exclusión de oferentes por haber incurrido en alguna de las prácticas prohibidas establecidas en el artículo 116 de la Ley núm. 47-25 debe cumplir con el siguiente procedimiento: 1. El procedimiento puede iniciar de oficio o a requerimiento de cualquier parte interesada o ciudadano; 2. El inicio del procedimiento debe formalizarse mediante acto administrativo motivado y notificado al oferente correspondiente, en el que se detallen las prácticas prohibidas en las que habría incurrido y las pruebas que las sustenten; 3. A partir de la notificación del acto administrativo indicado en el numeral anterior, el oferente tiene un…

A revisarHallazgo en documentos

Penalidad diaria sin expresar el límite acumulado

Documento del 11 may 2026 · hace 5 meses

El pliego prevé una penalidad del 2% del monto total del contrato por cada día hábil de retraso en subsanar defectos, sin expresar un tope acumulado en esa cláusula. La Ley fija límites de hasta 10% por penalidad y 30% en conjunto, por lo que procede verificar cómo se aplicaría y limitaría el cobro.

““En caso de que LA ENTIDAD CONTRATADA no obtempere con el requerimiento, transcurrido este plazo adicional otorgado, LA SB aplicará una penalidad del dos por ciento (2%) del monto total del contrato por cada día hábil o fracción de día hábi”
Qué dice la ley: Ley 47-25, art. 147 · con ChatLeyes

Ley 47-25, artículo 147 — Incumplimiento parcial o cumplimiento defectuoso

Artículo 147.- Incumplimiento parcial o cumplimiento defectuoso. La institución contratante, ante incumplimiento parcial de las prestaciones fijadas en el contrato o cumplimiento defectuoso de este, podrá aplicar las penalidades que hayan sido establecidas en los pliegos de condiciones y el contrato. Párrafo.- Las penalidades impuestas deben ser proporcionales al incumplimiento y las cuantías de cada una no podrán superar el diez por ciento (10%) del precio del contrato, ni el total de ellas superar el treinta por ciento (30%) del mismo y, estas se hacen efectivas mediante la deducción de las cantidades que por concepto de pago total o parcial deban abonarse al proveedor.

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ContextoHallazgo en documentosPosible explicación normal

Plazos distintos para calificar ofertas como temerarias

Documento del 11 may 2026 · hace 5 meses

El pliego contiene dos umbrales diferentes: una cláusula contempla un precio inferior en un 15% al valor referencial y otra exige que sea inferior en más del 15%. Esta diferencia puede alterar el tratamiento de ofertas situadas exactamente en el límite.

““Si el precio de la oferta es inferior en un 15% con relación al presupuesto base o valor referencial para cada lote, se considerará no sustentable o temerario, por ser anormalmente bajo para cumplir con el objeto de la contratación y la of”

Posible explicación normal: el documento no muestra efecto en quién gana ni en cuánto se paga.

Qué dice la ley: Reglamento 52-26, art. 123 · con ChatLeyes

Reglamento 52-26, artículo 123 — Exclusiones por ofertas temerarias

Artículo 123.- Exclusiones por ofertas temerarias. Para considerar la posibilidad de una oferta temeraria o económicamente no sustentable, por presentar un precio o costo anormalmente bajo frente al objeto de la contratación, esta debe superar la diferencia porcentual a la baja prevista en el pliego de condiciones con relación al presupuesto base del procedimiento de contratación. Párrafo. La Dirección General de Contrataciones Públicas debe emitir manuales, instructivos y guías para identificar ofertas temerarias o económicamente no sustentables por presentar precios anormalmente bajos.

Texto oficial completo

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ContextoHallazgo en documentos

El pliego condiciona el perfeccionamiento a la publicación

Documento del 11 may 2026 · hace 5 meses

El documento afirma que el contrato se perfecciona al publicarse en el SECP y el portal institucional, aunque la Ley establece que se perfecciona con su formalización. La diferencia puede generar incertidumbre sobre el momento de inicio de los efectos contractuales.

““El contrato se considerará perfeccionado una vez se publique por el SECP - Sistema Electrónico de Contratación Pública y en el portal institucional de la Superintendencia de Bancos en un plazo no mayor de cinco (5) días hábiles luego de su”
Qué dice la ley: Ley 47-25, art. 132 · Reglamento 52-26, art. 179 · con ChatLeyes

Ley 47-25, artículo 132 — Perfección del contrato

Artículo 132.- Perfección del contrato. Los contratos sujetos a la aplicación de la presente ley y sus reglamentos de aplicación se perfeccionarán con su formalización.

Texto oficial completoEsta ley en ChatLeyes

Reglamento 52-26, artículo 179 — Formalización del contrato

Artículo 179.- Formalización del contrato. Todos los contratos deben constar por escrito, en soporte físico o digital, y cumplir con todos los requisitos previstos en la Ley núm. 47-25. Los contratos en formato digital deben utilizar mecanismos de firma electrónica o firma digital reconocidas, conforme a la normativa sobre comercio electrónico. Párrafo. La inclusión de cláusulas de renovación automática en los contratos administrativos celebrados entre las instituciones contratantes y los proveedores no tendrá ningún efecto ni validez jurídica.

Texto oficial completo

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Otros documentos del proceso (37)

  • 05. Lote 1 TDR- Servicio de auditoria externa de los EF.pdfPliego · 10 may de 2026 · 3 señales
  • 07. Lote 2 especificaciones tecnicas servicio actuarial.pdfPliego · 10 may de 2026 · 2 señales
  • 06. Informe estudios prevos auditoria.pdfDocumento · 10 may de 2026
  • 08. Lote 2 Informe estudios previos servicios actuarial.pdfEstudio previo · 10 may de 2026 · 1 señal
  • 09.1 Compromiso-etico-de-las-instituciones-contratantes v2 (1) (2) LPN 05.pdfDocumento · 10 may de 2026
  • 02. Solicitud de compras o contratación 2.pdfSolicitud de compra · 10 may de 2026 · 1 señal
  • 03. Certificación de apropiación presupuestaria 2.pdfCertificación de fondos · 10 may de 2026
  • 04. Convocatoria SUPBANCO-CCC-LPN-2026-0005 2.pdfDocumento · 10 may de 2026
  • 10. Acta de inicio SUPBANCO-CCC-LPN-2026-0005.pdfInforme pericial · 10 may de 2026 · 1 señal
  • 10. Acta de inicio SUPBANCO-CCC-LPN-2026-0005.pdfPliego · 10 may de 2026 · 1 señal

Sigue explorando · Dinero público

Todas las secciones →
  • PresupuestoLo aprobado, gastado y pagado por institución
  • Cifras del dineroQuién más cobra, concentración y picos de gasto
  • Resoluciones de la DGCPProcesos anulados, suspensiones e inhabilitaciones

Fuente: Dirección General de Contrataciones Públicas y Portal Transaccional, con copia guardada por Notifacto. Las señales se detectan con inteligencia artificial propietaria de Notifacto: son motivos para mirar, no acusaciones, y pueden contener errores. La ley de cada señal, con ChatLeyes. Cómo funciona

Texto oficial completo

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10. Acta de inicio SUPBANCO-CCC-LPN-2026-0005.pdf
Pliego · 10 may de 2026 · 1 señal
  • 06. Formularios.zipDocumento · 10 may de 2026
  • 12. Publicación periódico dia 1 Listín Diario 11-05-2026.pdfDocumento · 11 may de 2026
  • 13. Publicación periódico Hoy dia 11-05-2026.pdfDocumento · 11 may de 2026
  • 17. Publicación periódico Hoy dia 12-05-2026.pdfDocumento · 13 may de 2026
  • 18. Publicación periódico Listín Diario 12-05-2026.pdfDocumento · 13 may de 2026
  • Acta_de_inicio_modificada_SUPBANCO-CCC-LPN-2026-0005_VF.pdfActa · 3 jun de 2026 · 1 señal
  • Circular de Respuestas SUPBANCO-CCC-LPN-2026-0005.pdfEnmienda · 3 jun de 2026 · 1 señal
  • Enmienda Núm. 001 SUPBANCO-CCC-LPN-2026-0005.pdfEnmienda · 3 jun de 2026
  • 21. Enmienda Núm. 001 SUPBANCO-CCC-LPN-2026-0005.pdfEnmienda · 11 jun de 2026 · 1 señal
  • 20. Circular de Respuestas SUPBANCO-CCC-LPN-2026-0005.pdfCircular · 11 jun de 2026
  • 01-AENOR DOMINICANA SRL - Acta AGOA 2026.pdfActa · 8 jul de 2026
  • CARTA DE REFERENCIA Y SASTIFACION DEL SERVICIO IDOPPRIL ACTUARIAL AENOR.pdfDocumento · 8 jul de 2026
  • 0_02._Informe_Final_evaluacion_tecnica_SUPBANCO-CCC-LPN-2026-0005.pdfInforme de evaluación · 28 jul de 2026 · 1 señal
  • Acto habilitación SUPBANCO-CCC-LPN-2026-0005.pdfDocumento · 28 jul de 2026
  • 30. Informe Tecnico-Economico_SUPBANCO-CCC-LPN-2026-0005.pdfActa de adjudicación · 17 ago de 2026 · 1 señal
  • Acto_de_adjudicacion_SUPBANCO-CCC-LPN-2026-0005_VF.pdfActa de adjudicación · 17 ago de 2026 · 2 señales
  • 31. Acto_de_adjudicacion_SUPBANCO-CCC-LPN-2026-0005_VF.pdfActa de adjudicación · 17 ago de 2026 · 1 señal
  • 20. Acto notarial B LPN05.pdfDocumento · —
  • 30. Informe Tecnico-Economico_SUPBANCO-CCC-LPN-2026-0005 (1).pdfDocumento · —
  • 31. Acto_de_adjudicacion_SUPBANCO-CCC-LPN-2026-0005_VF (2).pdfActa de adjudicación · —
  • 35. Certificacion de Cuota a Comprometer LPN05.pdfDocumento · —
  • Contrato QR Soluciones Actuariales.pdfContrato · —
  • Fianza Fiel Cumplimiento QR (2).pdfDocumento · —
  • Garantia anticipo QR Soluciones Mipymes.pdfDocumento · —
  • Informe final del portalDocumento · —
  • Orden compras OC00001992 QR Soluciones.pdfDocumento · —