Publicado el 21 may de 2026Fechado el 17 may de 202621 páginasEn el mensaje «RE: RE: CIRCULAR DE NOTIFICACION DE ERRORES U OMISIONES DE TIPO O NATURALEZA SUBSANABLE»
El informe preliminar, fechado el 18 de mayo de 2026, presenta la evaluación legal y técnica de ocho oferentes y recomienda pedir subsanaciones o aclaraciones a Veras Agramonte, Romfer, Bedel y Grupo Chempiony; identifica como descalificados a Corporea, Fesa, Laboratorios Rhyno y Unique. En la muestra de mampara de Grupo Chempiony, el informe registra color blanco, contrario a las especificaciones; según el portal y el acta posterior, ese oferente fue adjudicado para el ítem 3 por RD$1,061,882.
Leído a la luz de la Ley 47-25 y su reglamento, que rige el proceso por su fecha de convocatoria.
Lectura con inteligencia artificial propietaria de Notifacto (28 sept de 2026). Puede contener errores: verifica cada dato en el original.
El informe registra que la muestra de Grupo Chempiony era blanca y no correspondía a las especificaciones; el portal y el acta posterior registran a la empresa como adjudicataria del ítem 3 por RD$1,061,882. Conviene verificar si hubo una corrección o evidencia posterior de conformidad antes de adjudicar, pues la regla exige que la oferta adjudicada cumpla el pliego.
“El bien ofertado corresponde a una mampara de color blanco, por … lo que no corresponde con las especificaciones establecidas en el”
Qué dice la ley: Ley 47-25, art. 121 · Ley 47-25, art. 125 · con ChatLeyes
Ley 47-25, artículo 121 — Menor precio
Artículo 121.- Menor precio. Cuando la propuesta más conveniente deba determinarse a partir del menor precio, la institución contratante deberá evaluar en primer lugar la oferta técnica “Sobre A” bajo el criterio cumple o no cumple, y solo aquellas propuestas que cumplan con todos los criterios establecidos, serán habilitados para la apertura y evaluación de sus ofertas económicas. Párrafo I.- La oferta más conveniente será aquella que luego de haber cumplido todo lo técnico, presente el menor precio. Párrafo II.- Para el procedimiento de contratación mediante subasta inversa, siempre será considerada como propuesta más conveniente la de menor precio ofertado.
Ley 47-25, artículo 125 — Adjudicación del contrato
Artículo 125.- Adjudicación del contrato. La adjudicación deberá hacerse en favor del oferente calificado cuya propuesta cumpla con los requisitos establecidos en el pliego de condiciones y sea considerada como la más conveniente, de conformidad con los criterios de adjudicación aplicados.
En la tabla de oferentes, Unique aparece con el mismo RNC y RPE que Grupo Chempiony; otra tabla del propio informe identifica a Unique con RNC y RPE 8462. La discrepancia, posiblemente de transcripción, merece verificarse en el expediente para asegurar la trazabilidad de la evaluación por proveedor.
Artículo 23.- Expediente administrativo. Todo procedimiento de contratación generará un expediente administrativo bajo las formas, condiciones y responsabilidades previstas en la Ley sobre los Derechos de las Personas en sus Relaciones con la Administración y de Procedimiento Administrativo. Párrafo I.- Los reglamentos de aplicación de la presente ley establecerán el plazo por el cual debe mantenerse disponible este expediente administrativo. Párrafo II.- Las personas con calidad e interés jurídico en el procedimiento de contratación de que se trate, tendrán acceso al expediente administrativo respectivo, sin perjuicio de las reservas justificadas por razones de confidencialidad o interés…
Ley 47-25, artículo 40 — Creación del Registro de Proveedor del Estado
Articulo 40.- Creación del Registro de Proveedor del Estado. Se crea el Registro de Proveedor del Estado, el cual tendrá como objetivo principal administrar la base de datos de todas las personas físicas o jurídicas que estén interesadas en presentar ofertas de bienes, servicios y obras a las instituciones contratantes, así como posibilitar un control preventivo para evitar la violación al régimen de inhabilidades previsto en la presente ley.
Veras Agramonte Investments, SRLEvaluación preliminar: debe subsanar documentación legal y aclarar especificaciones técnicas de los ítems 2 y 3.
Mencionado
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Corporea RD, SRLEl informe indica que no presentó muestra física y que fue descalificado.
Descalificado
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Romfer Office Store, SRLEvaluación preliminar: debe subsanar la declaración jurada y el compromiso de cambio por desperfectos de fábrica.
Mencionado
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Fesa, SRLEl informe indica incumplimientos de las especificaciones técnicas y lo identifica como descalificado.
Descalificado
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Laboratorios Rhyno, SRLEl informe indica que no presentó muestra física y lo identifica como descalificado.
Descalificado
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Bedel Services Dominicana, SRLEvaluación preliminar: debe subsanar los estados financieros correspondientes al período fiscal 2023; la documentación técnica aparece como conforme.
Mencionado
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Unique Representaciones, SRLEl informe indica incumplimientos de las especificaciones técnicas y lo identifica como descalificado.
Descalificado
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Grupo Chempiony, SRLEvaluación preliminar: debe subsanar documentación legal y técnica y aclarar las especificaciones de la mampara. El portal registra adjudicación posterior del ítem 3 por RD$1,061,882.
Fuente: Dirección General de Contrataciones Públicas y Portal Transaccional, con copia guardada por Notifacto. Las señales se detectan con inteligencia artificial propietaria de Notifacto: son motivos para mirar, no acusaciones, y pueden contener errores. La ley de cada señal, con ChatLeyes. Cómo funciona