Discrepancia en mampara del proveedor luego adjudicado en ese ítem
· hace 4 meses
La circular registra una diferencia entre la medida de la muestra física y la indicada en las especificaciones y solicita aclaración. Según el acta de adjudicación posterior del contexto, Grupo Chempiony fue adjudicataria del ítem 3 (mampara) por RD$1,061,882; conviene verificar cómo se resolvió la discrepancia antes de habilitar y adjudicar, sin que esta circular permita concluir que quedó sin aclarar.
“Mampara: Se solicita aclaración de la medida del bien ofertado, ya que existe discrepancia entre la muestra física que corresponde a una mampara de 1.6m x 1.8m, mientras en las especificaciones técnicas describen que la mampara es de 1.57m ”
Qué dice la ley: Ley 47-25, art. 112 · Ley 47-25, art. 125 · con ChatLeyes
Ley 47-25, artículo 112 — Subsanación y aclaración de las ofertas
Artículo 112.- Subsanación y aclaración de las ofertas. Todo documento relativos a la acreditación de los requisitos de calificación de los oferentes será subsanable, siempre y cuando los oferentes cumpliesen con el requisito al momento de presentación de la oferta. Párrafo I.- También serán subsanables otros documentos de soporte de la oferta, siempre que no conlleven la modificación de las especificaciones que fueron presentadas en esta. Párrafo II.- La institución contratante podrá solicitar en cualquier momento la aclaración de cualquier documento que, a su juicio, contenga información equívoca, confusa o aparentemente contradictoria, de manera que el oferente pueda explicar su sentido…
Ley 47-25, artículo 125 — Adjudicación del contrato
Artículo 125.- Adjudicación del contrato. La adjudicación deberá hacerse en favor del oferente calificado cuya propuesta cumpla con los requisitos establecidos en el pliego de condiciones y sea considerada como la más conveniente, de conformidad con los criterios de adjudicación aplicados.