El informe preliminar de evaluación técnica y económica, fechado el 13 de mayo de 2026, analiza 13 ofertas para el remozamiento de la extensión Barahona del ITLA. Los peritos consideran que Arquitectura Moderna e Ingeniería Corniel Veras cumple los requisitos evaluados, recomiendan solicitar subsanación a Rudabel Hernández Valdez y desestimar las otras 11 ofertas por incumplimientos que califican como no subsanables.
Leído a la luz de la Ley 47-25 y su reglamento, que rige el proceso por su fecha de convocatoria.
Lectura con inteligencia artificial propietaria de Notifacto (28 sept de 2026). Puede contener errores: verifica cada dato en el original.
En la evaluación de Env Innovaprojects, S.A.S. el informe describe el registro como de «Persona Física»; hace lo mismo en la evaluación de Conamar, SRL. Los datos registrales aportados identifican ambas como sociedades comerciales; la discrepancia merece verificar qué perfil y documentación se consultaron para evaluar identidad y calificación, sin que el informe establezca que haya alterado el resultado.
“El oferente cuenta con Registro de Proveedores del Estado de Persona Física, activo, y con la actividad comercial referente a Servicios de mantenimiento y reparaciones de construcciones e instalaciones”
Qué dice la ley: Ley 47-25, art. 37 · Ley 47-25, art. 41 · con ChatLeyes
Ley 47-25, artículo 37 — Calificación para contratar
Artículo 37.- Calificación para contratar. La calificación es el mecanismo mediante el cual se determinará que un oferente ha demostrado su capacidad, aptitud, solvencia e idoneidad para asumir una contratación, de conformidad con lo previsto en la presente ley, sus reglamentos de aplicación y los pliegos de condiciones correspondientes; para que los potenciales oferentes sean calificados deberán cumplir con las condiciones siguientes: 1) Poseer las calificaciones profesionales, técnicas y éticas que aseguren su competencia e integridad, los recursos financieros, la fiabilidad, la experiencia y el personal necesario para ejecutar el contrato; 2) Que los fines sociales sean compatibles con…
Ley 47-25, artículo 41 — Deberes de los interesados en participar como oferentes
Artículo 41.- Deberes de los interesados en participar como oferentes. Las personas físicas o jurídicas interesadas en participar como oferentes en los procedimientos de contratación previstos en la presente ley deberán estar inscritas en el Registro de Proveedor del Estado, administrado y operado por la Dirección General de Contrataciones Públicas. Párrafo I.- Los reglamentos de aplicación de la presente ley determinarán los requisitos y el procedimiento de inscripción como proveedor del Estado, indicando la documentación requerida para acreditar la capacidad jurídica, la actividad económica del interesado, el cumplimiento de las obligaciones fiscales, laborales y de la seguridad social,…
La evaluación individual registra RD$15,700,000.00 para Toralco, mientras que el cuadro comparativo del mismo informe indica RD$15,750,000.00, cifra que también aparece en los datos del portal. Toralco fue objeto de recomendación de desestimación técnica, por lo que la diferencia no consta como determinante de la adjudicación; conviene verificar el formulario económico original y el monto utilizado en la comparación.
“El oferente presentó el Formulario SNCC.F.033 de fecha 07 de mayo de 2026, sellado y firmado, por un monto de RD$15,700,000.00 cuyos detalles se establecen en imagen de mas abajo. … Oferente 12: Toralco, SRL RD$15,750,000.00”
Posible explicación normal: el documento no muestra efecto en quién gana ni en cuánto se paga.
Qué dice la ley: Ley 47-25, art. 124 · Reglamento 52-26, art. 118 · con ChatLeyes
Ley 47-25, artículo 124 — Informes de los peritos evaluadores
Artículo 124.- Informes de los peritos evaluadores. Los peritos responsables del análisis y evaluación de las ofertas presentadas, tanto en la primera como en la segunda etapa de evaluación, deberán presentar informes motivados en donde se justifiquen los resultados a los que arriben. Párrafo I.- Los informes de los peritos evaluadores deberán contar con una evaluación de los aspectos legales, técnicos y económicos de las propuestas y, en adición, deberán presentarse las recomendaciones para que la autoridad competente, según lo establecido en el artículo 68 de la presente ley, tome una decisión sobre la habilitación, adjudicación, declaratoria de desierto o cancelación del procedimiento de…
Constructora Rabiel, SRLEl informe preliminar recomienda desestimar la oferta; entre los incumplimientos técnicos consigna un plazo de ejecución y un cronograma que no se ajustan a las bases.
No habilitado
Único
RD$15,750,000
Luamci Company, SRLEl informe preliminar recomienda desestimar la oferta por incumplimientos técnicos que considera no subsanables.
No habilitado
Único
RD$12,000,012
Meregildo De Jesús Martínez VargasEl informe preliminar recomienda desestimar la oferta por incumplimientos técnicos; también indica que debía subsanar documentación legal.
No habilitado
Único
RD$14,985,977
Env Innovaprojects, S.A.S.El informe preliminar recomienda desestimar la oferta por incumplimientos técnicos; además, registra documentos legales y profesionales pendientes de subsanación.
No habilitado
Único
RD$16,450,543
Rudabel Hernández ValdezEl informe recomienda solicitar subsanación de documentación legal y profesional; su evaluación técnica y económica individual figura como cumplida. La subsanación seguía pendiente en este informe preliminar.
Fuente: Dirección General de Contrataciones Públicas y Portal Transaccional, con copia guardada por Notifacto. Las señales se detectan con inteligencia artificial propietaria de Notifacto: son motivos para mirar, no acusaciones, y pueden contener errores. La ley de cada señal, con ChatLeyes. Cómo funciona
Artículo 118.- Reglas generales para los informes de evaluación. Los informes elaborados por los peritos evaluadores deben presentarse por escrito, firmados y fechados, y contener al menos los siguientes elementos: 1. Identificación del procedimiento de contratación, número de referencia y objeto del contrato; 2. Nombre y cargo de los peritos participantes; 3. Descripción de la metodología aplicada para la evaluación de las ofertas, asegurando el apego irrestricto a los criterios de evaluación y reglas de valoración establecidos en el pliego de condiciones; 4. Resumen de los aspectos legales, técnicos y económicos analizados; 5. Cuadros comparativos de las puntuaciones asignadas y la…
Conamar, SRLEl informe preliminar recomienda desestimar la oferta por diferencias entre materiales y equipos ofertados y las especificaciones técnicas; registra documentos legales pendientes de subsanación.
No habilitado
Único
RD$13,743,343
Progescon, SRLEl informe preliminar recomienda desestimar la oferta por incumplimientos técnicos y económicos, entre ellos falta de ficha técnica, listado de partidas y garantía de seriedad.
No habilitado
Único
RD$15,854,244
Grupo Asogespro, SRLEl informe preliminar recomienda desestimar la oferta por no especificar el fluxómetro y las válvulas con descarga automática requeridos.
No habilitado
Único
RD$15,785,353
Toralco, SRLEl informe preliminar recomienda desestimar la oferta por incumplimientos técnicos, incluida la falta de ficha técnica y un plan de MIPYMES que no se ajusta a las bases.
No habilitado
Único
RD$15,700,000
Constructora Fega, SRLEl informe preliminar recomienda desestimar la oferta por incumplimientos legales y técnicos, entre ellos falta de especificaciones técnicas y un plan de subcontratación no ajustado a las bases.