El 13 de mayo de 2026, la Vicerrectoría Administrativa y Financiera del ITLA aprobó el informe preliminar del proceso ITLA-DAF-CM-2026-0015. Aprobó solicitar subsanación a Rudabel Hernández Valdez y la recomendación de desestimar otras 11 ofertas por incumplimientos técnicos que el informe considera no subsanables; ordenó publicar el informe y el acta. El documento no consigna montos de oferta ni número de acta.
Leído a la luz de la Ley 47-25 y su reglamento, que rige el proceso por su fecha de convocatoria.
Lectura con inteligencia artificial propietaria de Notifacto (28 sept de 2026). Puede contener errores: verifica cada dato en el original.
El portal registra una oferta de Servicios Generales de Construcción Núñez Campusano (SERGECONS), SRL por RD$11,392,919 con estado «Aprobada», pero el acta consigna 13 oferentes y no la incluye. La lista oficial de ofertas del proceso publicada en el portal también contiene 13 ofertas sin SERGECONS, al igual que el informe preliminar, el definitivo y la adjudicación. Conviene verificar si esa oferta fue efectivamente presentada en este proceso o si el registro corresponde a otra gestión.
“Que, de acuerdo con el acta simple de apertura de las ofertas se recibieron propuestas técnicas y económicas, con relación al proceso de Contratación Menor de Obras, , de los siguientes oferentes:”
Qué dice la ley: Ley 47-25, art. 114 · Reglamento 52-26, art. 118 · con ChatLeyes
Ley 47-25, artículo 114 — Objeto de evaluación
Artículo 114.- Objeto de evaluación. Serán objeto de evaluación de las propuestas los aspectos siguientes: 1) Los requisitos de calificación; 2) La calidad y condiciones técnicas de la oferta; y 3) La economía de la oferta. Párrafo I.- El incumplimiento de los requisitos de calificación que persista, no obstante haberse agotado la fase de subsanación de ofertas, conllevará la exclusión del oferente de manera previa a la apertura de la oferta económica. Párrafo II.- El incumplimiento de los requisitos o del puntaje mínimo establecido con relación a la calidad o condiciones técnicas de la oferta, a fin de ser habilitado para la apertura del sobre económico, conllevará la exclusión del…
Reglamento 52-26, artículo 118 — Reglas generales para los informes de evaluación
Artículo 118.- Reglas generales para los informes de evaluación. Los informes elaborados por los peritos evaluadores deben presentarse por escrito, firmados y fechados, y contener al menos los siguientes elementos: 1. Identificación del procedimiento de contratación, número de referencia y objeto del contrato; 2. Nombre y cargo de los peritos participantes; 3. Descripción de la metodología aplicada para la evaluación de las ofertas, asegurando el apego irrestricto a los criterios de evaluación y reglas de valoración establecidos en el pliego de condiciones; 4. Resumen de los aspectos legales, técnicos y económicos analizados; 5. Cuadros comparativos de las puntuaciones asignadas y la…
Fuente: Dirección General de Contrataciones Públicas y Portal Transaccional, con copia guardada por Notifacto. Las señales se detectan con inteligencia artificial propietaria de Notifacto: son motivos para mirar, no acusaciones, y pueden contener errores. La ley de cada señal, con ChatLeyes. Cómo funciona
Único
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Progescon, SRLSe aprobó la recomendación de desestimar su oferta por incumplimientos técnicos considerados no subsanables.
No habilitado
Único
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Grupo Asogespro, SRLSe aprobó la recomendación de desestimar su oferta por incumplimientos técnicos considerados no subsanables.
No habilitado
Único
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Toralco, SRLSe aprobó la recomendación de desestimar su oferta por incumplimientos técnicos considerados no subsanables.
No habilitado
Único
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Constructora Fega, SRLSe aprobó la recomendación de desestimar su oferta por incumplimientos técnicos considerados no subsanables.