El acta notarial núm. 152-2026, de fecha 2026-04-28, deja constancia de la apertura de las ofertas económicas de tres oferentes habilitados: Teqtoplan para ambos lotes por RD$11,986,297.21 y RD$9,834,366.48; Avi Constructora para el lote 1 por RD$11,250,000.00; y Solucid para el lote 2 por RD$10,086,203.66. Registra un presupuesto estimado total de RD$23,009,366.54 y remite las ofertas a los peritos para evaluación, sin adjudicar ni aceptar las propuestas.
Leído a la luz de la Ley 47-25 y su reglamento, que rige el proceso por su fecha de convocatoria.
Lectura con inteligencia artificial propietaria de Notifacto (28 sept de 2026). Puede contener errores: verifica cada dato en el original.
Para Solucid, el monto numérico consta como RD$10,086,203.66, pero el acta transcribe en letras «tres millones de pesos» después de los millones, en vez de expresar los centavos, y deja el punto para análisis pericial. La regla reglamentaria dispone que, si hay discrepancia entre letras y números, prevalece el monto en letras; debe precisarse cómo se resolvió antes de comparar económicamente las ofertas.
“presenta una PROPUESTA ECONÓMICA, por un monto total de Diez millones ochenta y seis mil doscientos tres pesos dominicanos con 66/100 (RD$10,086,203. 66)”
Qué dice la ley: Reglamento 52-26, art. 122 · con ChatLeyes
Reglamento 52-26, artículo 122 — Correcciones aritméticas y materiales
Artículo 122.- Correcciones aritméticas y materiales. La corrección de errores aritméticos o materiales puede ser aplicada por los peritos cumpliendo con los siguientes criterios: 1. Si existiere una discrepancia entre una cantidad parcial y la cantidad total obtenida multiplicando las cantidades parciales, debe prevalecer la cantidad parcial y el total debe ser corregido. 2. Si la discrepancia resulta de un error de suma o resta, debe procederse de igual manera, esto es, prevaleciendo las cantidades parciales y corrigiendo los totales. 3. Si existiere una discrepancia entre letras y números, prevalece el monto expresado en letras. 4. Debe prevalecer la propuesta escrita, en cuyo caso debe…
El acta declara que el comité está integrado por cuatro cargos y no identifica a la máxima autoridad administrativa ni a su representante como presidente. La composición legal comprende cinco miembros, y el reglamento exige la presencia del presidente para deliberar; conviene verificar la integración y el quórum documentados para esta actuación.
“debidamente representada por medio del COMITÉ DE COMPRAS Y CONTRATACIONES DEL CEIZTUR, integrado por, KARLA INES BALCACER LORA”
Qué dice la ley: Ley 47-25, art. 19 · Reglamento 52-26, art. 18 · con ChatLeyes
Ley 47-25, artículo 19 — Integración
Artículo 19.- Integración. Cada Comité de Contrataciones Públicas estará integrado por los cinco (5) miembros siguientes: 1) La máxima autoridad administrativa de la institución contratante, o la persona que designe como su representante, quien lo presidirá; 2) El titular del área administrativa financiera o su equivalente; 3) El titular del área jurídica de mayor jerarquía o su equivalente; 4) El titular del área de Planificación y Desarrollo Institucional o su equivalente; 5) El responsable de la Oficina de Libre Acceso a la Información Pública o su equivalente en materia de libre acceso a la información. Párrafo I.- El presidente de la República tendrá la facultad de designar un máximo…
Reglamento 52-26, artículo 18 — Funcionamiento interno y condiciones de deliberación
Artículo 18.- Funcionamiento interno y condiciones de deliberación. Los Comités de Contrataciones Públicas se rigen por las siguientes reglas de funcionamiento interno y condiciones de deliberación: 1. Las convocatorias a reuniones de los Comités de Contrataciones Públicas deben ser realizadas por el presidente, con la asistencia de la Unidad Operativa de Contrataciones Públicas. 2. El personal de la Unidad Operativa de Contrataciones Públicas debe fungir como secretario, con la responsabilidad de elaborar las actas de las reuniones y asistir en la coordinación de los encuentros. 3. El quórum mínimo para iniciar las reuniones y deliberar es de al menos tres (3) miembros, siendo siempre…
El acta sitúa el inicio de la apertura económica a las 10:30 a. m.; el cronograma del pliego fija la apertura de la oferta económica para el 28/04/2026 a las 10:00. La diferencia de 30 minutos amerita verificar cuándo se abrió efectivamente la oferta y cómo se comunicó el cambio, aunque el documento no indica que afectara la participación.
“Que siendo exactamente las diez y treinta minutos [10:30 a.m.) horas de la mañana del mismo día, se procedió a dar la bienvenida y ofrecer las gracias a las entidades oferentes, explicando, que se trata del procedimiento de COMPROBACIÓN Y A”
Qué dice la ley: Ley 47-25, art. 113 · Reglamento 52-26, art. 107 · con ChatLeyes
Ley 47-25, artículo 113 — Apertura de ofertas
Artículo 113.- Apertura de ofertas. Las ofertas deberán abrirse en la fecha y hora indicadas en el pliego de condiciones o en sus alcances sobre prórrogas, en el lugar y con las formalidades que se hayan indicado; debiendo ser agotado el procedimiento siguiente: 1) Una vez agotado el horario de recepción de las ofertas, deberán abrirse las ofertas técnicas o “Sobres A” en la fecha y hora indicadas en el pliego de condiciones; 2) El acto de apertura se llevará a cabo por el Comité de Contrataciones Públicas debidamente conformado o por el responsable del procedimiento, según corresponda, y en presencia de notario público, quien se limitará a certificarlo. El acto será público para todo aquel…
Reglamento 52-26, artículo 107 — Convocatoria y lugar de apertura de ofertas
Artículo 107.- Convocatoria y lugar de apertura de ofertas. El acto de apertura de ofertas, sea del sobre A o del sobre B, debe celebrarse en la fecha, hora y lugar establecidos en el pliego de condiciones o en sus alcances sobre prórrogas, siguiendo el procedimiento previsto en el artículo 113 de la Ley núm. 47-25 y las reglas complementarias previstas en los siguientes artículos.
Avi Constructora, SRLHabilitada para la apertura de la oferta económica del lote 1; el acta remite la oferta a evaluación pericial.
Habilitado
Lote 1
RD$11,250,000
Solucid Diseño y Construcciones, SRLHabilitada para la apertura de la oferta económica del lote 2; el acta señala que la discordancia en el monto escrito en letras queda para análisis y validación de los peritos.
Fuente: Dirección General de Contrataciones Públicas y Portal Transaccional, con copia guardada por Notifacto. Las señales se detectan con inteligencia artificial propietaria de Notifacto: son motivos para mirar, no acusaciones, y pueden contener errores. La ley de cada señal, con ChatLeyes. Cómo funciona