El acta, fechada el 8 de mayo de 2026, adjudica los tres ítems del proceso por un total estimado de RD$53,000,000: RD$20,000,000 a Gregory Ricardo Pérez Guzmán, RD$18,000,000 a Yeybi Gamalier Hernández Ramírez y RD$15,000,000 a Greibi Carrasco Santana. También consigna la no habilitación de los otros cuatro oferentes. El acta afirma basarse en el informe definitivo de evaluación, cuya fecha registrada en los antecedentes del proceso es el 12 de mayo de 2026, posterior a la adjudicación.
Leído a la luz de la Ley 47-25 y su reglamento, que rige el proceso por su fecha de convocatoria.
Lectura con inteligencia artificial propietaria de Notifacto (28 sept de 2026). Puede contener errores: verifica cada dato en el original.
El acta está fechada el 8 de mayo y declara acoger la recomendación del informe definitivo; en los antecedentes del proceso, ese informe figura fechado el 12 de mayo. La secuencia temporal merece revisión porque el acto de adjudicación precede al informe que presenta como fundamento de la selección.
“En la ciudad de Santo Domingo, D.N., capital de la República Dominicana, siendo el día ocho (08) de mayo del año dos mil veintiséis (2026) … En tal virtud, esta Dirección Administrativa y Financiera (DAF) dei INAIPI, acogiendo la recomendac”
Reglamento 52-26, artículo 125 — Acta de aprobación de informe de evaluación de ofertas y adjudicación
Artículo 125.- Acta de aprobación de informe de evaluación de ofertas y adjudicación. El Comité de Contrataciones Públicas o el responsable del procedimiento, según corresponda, aprueba, si procede, el informe de evaluación de ofertas económicas, la relación de lugares ocupados y la recomendación de adjudicación de los peritos. Posteriormente, debe emitir el acta de adjudicación correspondiente. Párrafo I. El acta de aprobación de informe de evaluación de ofertas y adjudicación debe ser publicada de forma íntegra, con todos sus soportes, en el Sistema Electrónico de Contrataciones Públicas y notificarse directamente a todos los oferentes participantes. Párrafo II. Cuando se trate de un…
Ley 47-25, artículo 124 — Informes de los peritos evaluadores
Artículo 124.- Informes de los peritos evaluadores. Los peritos responsables del análisis y evaluación de las ofertas presentadas, tanto en la primera como en la segunda etapa de evaluación, deberán presentar informes motivados en donde se justifiquen los resultados a los que arriben. Párrafo I.- Los informes de los peritos evaluadores deberán contar con una evaluación de los aspectos legales, técnicos y económicos de las propuestas y, en adición, deberán presentarse las recomendaciones para que la autoridad competente, según lo establecido en el artículo 68 de la presente ley, tome una decisión sobre la habilitación, adjudicación, declaratoria de desierto o cancelación del procedimiento de…
Ley 47-25, artículo 125 — Adjudicación del contrato
Artículo 125.- Adjudicación del contrato. La adjudicación deberá hacerse en favor del oferente calificado cuya propuesta cumpla con los requisitos establecidos en el pliego de condiciones y sea considerada como la más conveniente, de conformidad con los criterios de adjudicación aplicados.
Greibi Carrasco SantanaCumple con la documentación técnica y económica; obtuvo 94/100 puntos. Adjudicado al ítem 3.
Adjudicado
Ítem 3
RD$15,000,000
L&L Design, SRLEl acta consigna domicilio registrado en el Distrito Nacional, falta de correspondencia del personal de plantilla con el diagrama de Gantt y falta de respuesta a la solicitud de subsanación.
No habilitado
—
RD$53,000,000
CAECOM, SRLEl acta consigna domicilio registrado en el Distrito Nacional, declaraciones juradas sin legalizar, falta de correspondencia del personal de plantilla con el diagrama de Gantt, falta de cotizaciones y compromiso de alquiler de equipos, y falta de respuesta a la solicitud de subsanación.
Fuente: Dirección General de Contrataciones Públicas y Portal Transaccional, con copia guardada por Notifacto. Las señales se detectan con inteligencia artificial propietaria de Notifacto: son motivos para mirar, no acusaciones, y pueden contener errores. La ley de cada señal, con ChatLeyes. Cómo funciona