La circular del 8 de mayo de 2026 responde 19 consultas del proceso INDOTEL-CCC-CP-2026-0010 y mantiene el cronograma del pliego. Confirma un mínimo de cuatro brigadas, permite que un gerente gestione más de un lote, admite acreditaciones profesionales extranjeras equivalentes al CODIA y comunica la corrección del documento de cubicación.
Leído a la luz de la Ley 47-25 y su reglamento, que rige el proceso por su fecha de convocatoria.
Lectura con inteligencia artificial propietaria de Notifacto (28 sept de 2026). Puede contener errores: verifica cada dato en el original.
El documento modifica el pliego y elimina o debilita requisitos que servían para verificar a los oferentes: Reduce la exigencia de disponibilidad de un gerente dedicado por lote; la circular no fija un límite de lotes por gerente.; La apostilla, que autentica la documentación extranjera, no debe estar aportada inicialmente y puede subsanarse..
Qué dice la ley: Ley 47-25, art. 104 · con ChatLeyes
Ley 47-25, artículo 104 — Adendas o enmiendas a los pliegos de condiciones
Artículo 104.- Adendas o enmiendas a los pliegos de condiciones. La institución contratante podrá realizar adendas al pliego de condiciones, cuando resulte necesario adicionar condiciones o especificaciones; o enmiendas, cuando resulte necesario modificar condiciones o especificaciones previstas. Párrafo I.- Las adendas o enmiendas del pliego de condiciones no podrán alterar sustancialmente los términos originales y el objeto del contrato. Párrafo II.- Si la adición o modificación se realiza de manera posterior al setenta y cinco por ciento (75%) del plazo para la recepción de ofertas, deberá extenderse el plazo para presentarlas de manera proporcional a la complejidad del cambio…
La circular fija un plazo de 24 horas para notificar y documentar eventos de fuerza mayor. Conviene verificar cómo se aplica ese límite ante impedimentos externos que afecten el cronograma, pues la ley contempla prórrogas por hechos de terceros debidamente documentados.
“Se aclara que los eventos de fuerza mayor deberán notificarse por escrito en un plazo máximo de veinticuatro (24) horas luego de ocurrido el suceso, con los soportes correspondientes.”
Qué dice la ley: Ley 47-25, art. 146 · con ChatLeyes
Ley 47-25, artículo 146 — Prórrogas
Artículo 146.- Prórrogas. El plazo de inicio de ejecución, prestaciones, entregas y conclusión de los contratos podrá prorrogarse de manera previa a su vencimiento, siempre que no supere el setenta por ciento (70%) del plazo originalmente convenido, se asegure el mantenimiento de su equilibrio económico-financiero y con ello no se violen normas presupuestarias ni se afecte el interés público; estas prórrogas están condicionadas a los motivos siguientes: 1) Hecho excepcional o imprevisible, ajeno a la voluntad de las partes, que altere fundamentalmente las condiciones de ejecución del contrato; 2) Interrupción de la ejecución del contrato o disminución del ritmo de trabajo en interés de la…
Fuente: Dirección General de Contrataciones Públicas y Portal Transaccional, con copia guardada por Notifacto. Las señales se detectan con inteligencia artificial propietaria de Notifacto: son motivos para mirar, no acusaciones, y pueden contener errores. La ley de cada señal, con ChatLeyes. Cómo funciona