El Acta núm. 133-2026, de 2026-05-01, aprueba la primera enmienda al pliego de la licitación INABIE-CCC-LPN-2026-0005, convocada el 2026-03-31 para servicios lácteos durante los períodos escolares 2026-2027 y 2027-2028. Entre otros cambios, sustituye parte de la evaluación de capacidad instalada por un sistema de puntuación, reduce de 100 a 70 km el radio indicado para productos pasteurizados y modifica el protocolo de inspección de plantas. El texto enmendado contiene una contradicción entre el puntaje máximo de BPM de 50 y el mínimo de 80 que simultáneamente exige para habilitar una planta.
Leído a la luz de la Ley 47-25 y su reglamento, que rige el proceso por su fecha de convocatoria.
Lectura con inteligencia artificial propietaria de Notifacto (28 sept de 2026). Puede contener errores: verifica cada dato en el original.
El cuadro asigna 50 puntos a BPM, pero el criterio de habilitación exige un mínimo de 80 puntos en esa misma evaluación. Esa contradicción hace imposible cumplir literalmente el umbral de BPM y puede afectar quién pasa a la evaluación económica; el acta no aclara cuál regla prevalece.
“La suma de estos aspectos conforma la Puntuación de Capacidad Instalada e Inspección Técnica (50 + 50 = 100 puntos) para que una planta se considere "HABILITADA", debe alcanzar una puntuación mínima de 80 puntos en la evaluación técnica. … ”
Qué dice la ley: Reglamento 52-26, art. 101 · Reglamento 52-26, art. 116 · con ChatLeyes
Reglamento 52-26, artículo 101 — Coherencia entre especificaciones técnicas, criterios de evaluación y criterios de adjudicación
Artículo 101.- Coherencia entre especificaciones técnicas, criterios de evaluación y criterios de adjudicación. El pliego de condiciones debe asegurar la coherencia entre las especificaciones técnicas o términos de referencia, los requisitos de calificación, los criterios de evaluación y los criterios de adjudicación previstos para el procedimiento de contratación. Párrafo I. Las especificaciones técnicas y los términos de referencia no pueden contener requisitos que no guarden relación directa con el objeto contractual o con su correcta ejecución, ni establecer condiciones que contradigan los criterios de evaluación o adjudicación. Párrafo II. Los criterios de evaluación y adjudicación…
Reglamento 52-26, artículo 116 — Reglas de valoración o ponderación
Artículo 116.- Reglas de valoración o ponderación. Las instituciones contratantes deben cumplir con las siguientes reglas de valoración o ponderación: 1. El pliego de condiciones debe establecer claramente los aspectos de la propuesta que son valorables bajo el sistema cumple/no cumple. 2. Con relación a los aspectos de la propuesta cuya valoración deba hacerse por puntaje, el pliego de condiciones debe establecer la ponderación porcentual asignada a cada criterio, así como las reglas de valoración o fórmulas matemáticas que deban aplicarse. 3. Ningún criterio puede ser incorporado o modificado durante el proceso de evaluación. 4. Cuando existan criterios de naturaleza con cierto grado de…
El pliego dispone descalificar las ofertas que compartan domicilio social y unidad productiva, sin que el texto citado condicione la descalificación a acreditar además que las unidades no son diferenciadas o que existe multiplicidad de participación de una misma persona. La regla puede excluir a personas jurídicas distintas que compartan instalaciones, por lo que conviene verificar su aplicación y su proporcionalidad en un proceso no reservado a MIPYMES.
“Serán descalificadas las ofertas que presenten el mismo domicilio social y la misma unidad productiva, en cumplimientode lo indicadoen el Decreto 164-13,que instruyea las Instituciones públicas a que las compras y contrataciones se”
Qué dice la ley: Ley 47-25, art. 4 · Ley 47-25, art. 97 · con ChatLeyes
Ley 47-25, artículo 4 — Principios
Artículo 4.- Principios. Las contrataciones públicas sujetas a la aplicación de la presente ley se regirán por los principios siguientes: 1) Principio de economía y flexibilidad. Las normas establecerán reglas claras y objetivas para asegurar la selección de la propuesta evaluada más conveniente técnica y económicamente; además, se contemplarán regulaciones que contribuyan a una mayor economía en la preparación de las propuestas y de los contratos. 2) Principio de eficiencia: Se seleccionará la oferta que más convenga a la satisfacción del interés general y el cumplimiento de los fines y cometidos de la administración, tomando en cuenta criterios de inclusión y desarrollo sostenible. Las…
Ley 47-25, artículo 97 — Contenido mínimo del pliego de condiciones
Artículo 97.- Contenido mínimo del pliego de condiciones. El pliego de condiciones deberá proporcionar, desde el momento de la convocatoria, toda la información necesaria relacionada con el objeto y el procedimiento de contratación para que el interesado pueda preparar su propuesta deberá incluir, como mínimo, entre otros aspectos, los siguientes: 1) Identificación de la institución contratante; 2) Las características generales y particulares del objeto de la contratación; 3) Indicación de la actividad comercial a la que corresponda el objeto de la contratación; 4) Si la contratación está cubierta por tratados internacionales de libre comercio, o cualquier otro que aplique según la presente…
El documento modifica el pliego y elimina o debilita requisitos que servían para verificar a los oferentes: La capacidad instalada deja de ser exclusivamente una condición de cumple/no cumple y pasa a integrar una puntuación; así se debilita su función de umbral verificable de capacidad real.; Se debilita el control de inspección no anunciada, que permitía comprobar las condiciones operativas de la planta sin preparación previa..
Qué dice la ley: Ley 47-25, art. 104 · con ChatLeyes
Ley 47-25, artículo 104 — Adendas o enmiendas a los pliegos de condiciones
Artículo 104.- Adendas o enmiendas a los pliegos de condiciones. La institución contratante podrá realizar adendas al pliego de condiciones, cuando resulte necesario adicionar condiciones o especificaciones; o enmiendas, cuando resulte necesario modificar condiciones o especificaciones previstas. Párrafo I.- Las adendas o enmiendas del pliego de condiciones no podrán alterar sustancialmente los términos originales y el objeto del contrato. Párrafo II.- Si la adición o modificación se realiza de manera posterior al setenta y cinco por ciento (75%) del plazo para la recepción de ofertas, deberá extenderse el plazo para presentarlas de manera proporcional a la complejidad del cambio…
I, numeral 6 — Tiempo de ejecución del servicioInicio del plazo para adjudicatarios MIPYMES
Los 24 meses se cuentan desde la certificación del contrato por la Contraloría General de la República.
Para el adjudicatario certificado como MIPYME, los 24 meses se cuentan a partir del pago del anticipo.
Neutral
I, numerales 9.1 y 9.2 — Presentación de ofertasCanal de presentación y soporte físico
Se describían propuestas por SECP y una modalidad en soporte físico digital mediante memoria USB; si había oferta electrónica y física, se consideraba la electrónica.
Se dispone la recepción exclusiva por SECP y se elimina el numeral sobre ofertas físicas en formato digital; en otra cláusula se conserva una excepción para ofertas en papel.
Aclara
I, numeral 12.1.4 — Evaluación e inspección de plantasPonderación de capacidad instalada y BPM
La capacidad instalada se verificaba bajo cumple/no cumple y la BPM se evaluaba sobre 100 puntos, con mínimo de 70.
La capacidad instalada y la BPM pasan a puntuarse, con 50 puntos para cada componente y mínimo de 80 puntos en la evaluación técnica; además, se indica mínimo de 80 para BPM.
RelajaQuita un control: La capacidad instalada deja de ser exclusivamente una condición de cumple/no cumple y pasa a integrar una puntuación; así se debilita su función de umbral verificable de capacidad real.
I, numerales 12.1.4 y 12.1.6 — Habilitación por BPMUmbral mínimo de BPM
La BPM tenía un máximo de 100 puntos y el mínimo indicado era 70.
La BPM tiene un máximo de 50 puntos, pero la cláusula de habilitación exige alcanzar al menos 80 puntos en BPM.
Endurece
I — Criterios de adjudicación de productos pasteurizadosRadio y distribución de raciones
Se contemplaba distribuir centros educativos situados hasta 100 km de la planta, considerando oferta y capacidad instalada.
Se establece un radio de 70 km, una cantidad mínima de 40,000 raciones diarias y la distribución inicial de raciones mínimas por grupos referenciales; se permite ampliar el radio excepcionalmente.
Endurece
I, notas de inspección de plantasAviso previo de inspecciones
Las inspecciones se describían como sorpresivas y grabadas.
Se dispone que los peritos se comuniquen con el representante autorizado horas antes para coordinar la visita; se mantiene que la visita será grabada.
Fuente: Dirección General de Contrataciones Públicas y Portal Transaccional, con copia guardada por Notifacto. Las señales se detectan con inteligencia artificial propietaria de Notifacto: son motivos para mirar, no acusaciones, y pueden contener errores. La ley de cada señal, con ChatLeyes. Cómo funciona
RelajaQuita un control: Se debilita el control de inspección no anunciada, que permitía comprobar las condiciones operativas de la planta sin preparación previa.
II, numeral 4 — Debida diligenciaSupuestos de desestimación por antecedentes
Se contemplaba desestimar sin más trámite por antecedentes de incumplimiento y por procesos de instrucción de sanción administrativa.
El texto revisado mantiene la debida diligencia y la posibilidad de descalificar tras notificar indicios y dar oportunidad de explicarlos, pero no reproduce ese supuesto específico basado en antecedentes o procesos de instrucción.
Relaja
II, numeral 4 — Debida diligenciaReferencia legal sobre indicios de prácticas anticompetitivas
La cláusula de descalificación por al menos tres indicios citaba la Ley núm. 340-06 y su reglamento.
La cláusula revisada cita la Ley núm. 47-25 y su reglamento de aplicación.
Aclara
II — Apertura y evaluación de ofertas económicasGarantía de seriedad de la oferta
Se indicaba que las ofertas económicas se entregarían a los peritos junto a la garantía de seriedad de la oferta.
Se añade «(si aplica)» a la referencia a la garantía de seriedad.
Aclara
III, numeral 17 — PenalidadesNormativa aplicable a las sanciones contractuales
Se remitía a la Ley núm. 340-06 y sus modificaciones.
Se remite a la Ley núm. 47-25 y su reglamento de aplicación.